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 Sobre que banderas han de llevar las embarcaciones 
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Registrado: 22 Oct 2008 05:35
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Nuevo mensaje Sobre que banderas han de llevar las embarcaciones
¿Me podeis ilustrar sobre que banderas han de llevar las embarcaciones?. En una primera tanda, me basta con las de pesca y recreo.

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Director del: Real Observatorio de Marina de San Fernando. R. O. del 30 de diciembre de 2011.


15 Sep 2009 17:15
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Registrado: 28 Dic 2006 13:42
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Nuevo mensaje Re: Sobre que banderas han de llevar las embarcaciones
https://books.google.es/books?id=pxQmR0f ... q=&f=false

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¡Izad la señal nº5!: "A los que por su actual posición no combate, tomar una que los lleve rápidamente al fuego"


15 Sep 2009 17:31
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Registrado: 22 Oct 2008 05:35
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Nuevo mensaje Re: Sobre que banderas han de llevar las embarcaciones
Muchas gracias Eusebio.

Pues justo es lo que no se hace en Castro- Hasta el extremo vienen veleros extranjeros, principalmente franceses, y llevan un trapo del PNV.

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Director del: Real Observatorio de Marina de San Fernando. R. O. del 30 de diciembre de 2011.


17 Sep 2009 23:26
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Registrado: 14 Nov 2009 16:42
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Nuevo mensaje Re: Sobre que banderas han de llevar las embarcaciones
Pesca, bandera nacional como la mercante, esto es, sin escudo.
Deportiva, bandera nacional con corona real en medio del color gualda.
Si ostentan únicamente el pabellón de Vascongadas, es sancionable, ya qué no esta reconocido internacionalmente como abanderamiento de buques, lo normal si se ostenta bandera autonómica , a de estar acompañada por encima de ella de la bandera nacional española.
Un saludo Sotacómitre.

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Secretario Justicia del Foro.
Insignia en el crucero acorazado: Emperador Carlos V R. O. del 21 de febrero de 2015.
Nunc Mínerva, postea palas (Primero la sabiduría, después la guerra),
Lema del Arma de Ingenieros del ET Español


20 Nov 2009 16:10
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Registrado: 23 Feb 2010 20:40
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Ubicación: DE PROFVNDIS DOMVN MEAN FECIT
Nuevo mensaje Re: Sobre que banderas han de llevar las embarcaciones
https://es.wikipedia.org/wiki/Bandera_de_Espa%C3%B1a

Ban-era

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Los enemigos de España son tres: La Religión, Los Moros ... y El Inglés.


01 Mar 2010 20:39
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Grumete
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Nuevo mensaje Re: Sobre que banderas han de llevar las embarcaciones
Sotacomitre escribió:
Si ostentan únicamente el pabellón de Vascongadas, es sancionable, ya qué no esta reconocido internacionalmente como abanderamiento de buques,


Esta es una pregunta que muchas veces me he hecho y no tengo la respuesta.
Cuando se dice "sancionable" ¿Qué tipo de infracción constituye ese hecho? ¿Cuál es la sanción? ¿Quién ha de imponerla?. Eso estando en puerto.

¿Y en altamar?
Tengo entendido que un buque que navegue sin bandera (llevar una bandera no reconocida internacionalmente es como no llevar ninguna) puede ser abordado e identificado por cualquier buque de guerra de cualquier país del mundo. Pero ¿Y sanciones? ¿Alguien puede sancionarlo? ¿Con qué sanción?


02 Mar 2010 07:31
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Registrado: 22 Oct 2008 05:35
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Ubicación: Valladolid
Nuevo mensaje Re: Sobre que banderas han de llevar las embarcaciones
Cayetano (no serás madrileño, pero ... me encanta ese nombre), esa es mi pregunta. Y me interesa saber como y donde puedo denunciar esos hechos.

Asi que ruego a los foreros que pongan la Instancia correspondiente para presentarla en el momento procesal oportunao (jo, si casi casi parezco un picapleítos) y así´poder proceder de acuerdo a Derecho.

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Director del: Real Observatorio de Marina de San Fernando. R. O. del 30 de diciembre de 2011.


03 Mar 2010 00:24
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Registrado: 23 Feb 2010 20:40
Mensajes: 763
Ubicación: DE PROFVNDIS DOMVN MEAN FECIT
Nuevo mensaje Re: Sobre que banderas han de llevar las embarcaciones
La competencia sancionadora a más del Estado la tiene la Casta de la Comunidad, si es una comunidad que tiene transferidas las competencias del amigo Pepín, que hablando de Derecho no se si lo ha terminado ya, pues las tiene la Consejería conselleria o como se llame, la misma que tiene competencias sobre exámenes de Recreo.

Casi todas las regiones o comunidades tienen pasadas las competencias, salvo las del interior o sin litoral marítimo, en las cuales tienes que ir a examinarte a Madrid o va de Madrid un tribunal de Fomento.

Por ejemplo Cataluña, tiene o tenía una página en catalán e inglés y un proyecto para hispano parlantes desde hace años, en la cual viene en la sección de Naútica déscarbajo y la antigua consejería o como se llame de Ramadería y pesca o algo así. Allí tienes las competencias de ellos. Por cierto, a la hora de los exámenes de recreo son muy serios y competentes, todo hay que decirlo.

En Vascongadas la cuestión de exámenes es menos seria, lo que me indica que su consejería también lo es, y a la hora de aplicar lo de las banderas es como el Araclana .........

Así las cosas y perdón si me enrollo, pero en las Españas, es una vergüenza lo que hay en materia náutica y tienes que hacer papeles con las diferentes Castas políticas, y dar mas vueltas que un tonto para lograr autorizaciones de cualquier tipo. Los extranjeros evitan nuestros puertos so pena de salir tarumbas haciendo gestiones ante todo tipo de administraciones. Algo así como Nigeria pero en un país que dice ser una gran prepotencia y tal.

Yo pienso que la Administración es ÚNICA y responsable, y que si no quiere ser responsable pues denuncia en los juzgados. Estas cosas creo que las lleva la GC del Mar o alguna de las muchas policías regionales que tenemos o lo peor, puede que lo lleven dos de estas. En Vascongadas me da que será la Autonómica y habrá que ponerles a ellos la denuncia, con la correspondiente pérdida de tiempo en comisaría y tal cual que en ello no cambiamos, en eso, en eso se nota que somos españoles.

Así a vote pronto, el Derecho Internacional en vigor es el relativo a la Convención de Ginebra 24.04.59 y Ley 10/97. El mar territorial son 12 millas. (Vamos a dejar, las zonas contiguas y económicas para no liarlo mas) A partir de eso, un buque en alta mar depende jurisdiccionalmente de la Autoridad del Estado cuyo pabellón arbola legalmente.

Fomento y Marina Mercante tienen las Capitanías Marítimas para ejecutr la política marítima desde los muelles a la linea marina donde ejerce su jurisdicción

Estas Capitanías, dependan de Fomento o de la Comunidad, tienen que efectuar el despacho de buques, su registro, imposición de la legalidad y tramitación de sanciones por infracciones en seguridad marítima, ordenación de tráfico o contaminación., inspecciones, investigaciones, retención, etc ...

La Administración (Fomento) da el Abanderamiento o la Patente o la licencia de Navegación, autorizándolo a navegar bajo pabellón español. Eso es un acto administrativo al igual que el despacho que a su vez es un procedimiento administrativo conforme la Capitanía comprueba que está todo en regla de

Yo entiendo que:

En alta mar cualquier nave o aeronave de la Administración de un Estado soberano puede detener a un buque y efectuar una visita y registro (ojo no dice buque de guerra) Todo ello en previsión de la piratería y creo recordar que hay algo sobre el tema, Habrá que buscar, pues escribo de memoria y sin San Google.

Entiendo que una vez aclarada la cosa, del incidente se debe hacer cargo el Estado que da el abanderamiento. Evidentemente si el incidente se produce en aguas territoriales la cosa cambia, procediendo el apresamiento per se.

Entiendo que no es obligatorio lucir el pabellón en alta mar, pero todo buque que se cruce con uno de la Administración (no se si aquí decía de guerra) debe izarlo y efectuar el saludo correspondiente en las reglas y costumbres de la mar. También a solicitud de la nave o aeronave del Estado en cualesquiera circunstancia.

Los buques de pabellón extranjero, en puerto llevarán izada en una verga y lugar preferente el pabellón del país ribereño (me parece que no decía nada de otra bandera, por lo que el “y ...” sobra)

Y en fin, de momento eso. Espero haber ayudado algo

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03 Mar 2010 13:39
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Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com