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De la Armada y de Infantería de Marina. II -27
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ewok
Suboficial Mayor
Registrado: 08 Feb 2011 10:56 Mensajes: 94 Ubicación: Castillo de Galeras
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 De la Armada y de Infantería de Marina. II -27
DIA 27 DE FEBRERO
REAL DECRETO
Nº 1888/1978, de 10 de julio, por el que ratifica la antigüedad del Cuerpo de Infantería de Marina. (B.O.D. núm. 191/78).
EL CUERPO DE INFANTERIA DE MARINA tiene su origen en la disposición de la Secretaría de Guerra de Felipe II por la que se vinculaba permanentemente a la Real Armada algunos Tercios de Infantería Española que con el nombre genérico de Infantería de Armada, combatieron por tierra y mar basados en las Escuadras de Galeras y Galeones.
Su antigüedad corresponde a la del más antiguo de los citados Tercios, EL TERCIO NUEVO DE LA MAR DE NAPOLES, QUE SE REMONTA AL AÑO MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE.
En mil setecientos diecisiete, su Majestad Felipe V reorganizó y asignó de forma definitiva las antigüedades de las diferentes Unidades del Ejército y la Armada concediendo la de mil quinientos treinta y siete a la Infantería de Marina por Real Orden de catorce de febrero de mil setecientos veintidós. Con posterioridad, y pos sucesivas Reales Ordenes y Ordenanzas de mil setecientos cuarenta y seis, mil setecientos cuarenta y ocho, mil setecientos cuarenta y nueve, mil setecientos sesenta y mil ochocientos setenta y uno, fue reiterada dicha antigüedad.
No obstante, a lo largo de los años, el Cuerpo de Infantería de Marina ha experimentado diversas vicisitudes en su estructura, por lo que, en alguna ocasión, su antigüedad se ha visto temporalmente discutida e incluso modificada hasta llegar a la situación actual.
Por tanto, considerando suficientemente acreditada la primitiva antigüedad del Cuerpo y que este hecho constituye un legítimo orgullo nacional, por haber sido España la primera en tomar la decisión orgánica de crear una Infantería de Marina, a propuesta del Ministro de Defensa, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día ocho de julio de mil novecientos setenta y ocho.
DISPONGO
Artículo único.- SE FIJA EL AÑO MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE COMO ANTIGÜEDAD DEL CUERPO DE INFANTERIA DE MARINA.
Dado en Madrid a diez de Julio de mil novecientos setenta y ocho.
JUAN CARLOS.
_________________ Segundo de Seguridad Interior del crucero: Emperador Carlos V R. O. del 21 de febrero de 2011.
"....Infantería valiente que si en guerra ha de morir, preferible es estar muerto que ser cobarde y vivir."
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28 Feb 2011 15:46 |
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