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 1660 - Orden de preferencia en las escuadras de Galeras 
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Intendente General
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1660 - Orden de preferencia en las escuadras de Galeras



«El Rey. — Por cuanto el Marqués de Bayona, mi Capitan General de las galeras de Nápoles, con ocasión de su llegada á las costas de estos Reinos, escribió pidiendo se le declarase la forma en que se habia de gobernar en la Capitana de mi escuadra de España, caso de concurrir juntas, y sobre el punto de lugares escribieron también el año de 1658 el Duque de Tursi, Capitan General de la escuadra de Génova, y D. Melchor de la Cueva y Enriquez, á cuyo cargo está el gobierno de la de España, asistiendo ambos en Barcelona, habiéndome dado cuenta de ellos por el mi Consejo de Estado, y Guerra y Pleno, y de lo que en la materia se ofrecia, y ejemplares de concurrir la Capitana de España, con Gobernador, con las de Nápoles, Sicilia y Génova, estando en ellas los Generales propietarios, he resuelto declarar, como en virtud de la presente declaro, que en cualquier concurso de escuadras de galeras, que ahora y en lo de adelante se ofrezca, donde se halláre la Capitana de España, ha de tener ésta el primer lugar por la representación del Estandarte Real de estos Reinos que en ella se arbola, aunque en las otras se halle embarcado General propietario, y no le haya en las de España, sino Gobernador ú otro cualquier Cabo, si bien ha de gobernar el general cuanto á las órdenes; pero las faenas han de empezar en virtud de ella por la Capitana de España, que debe y ha de tener, como va dicho, el primer lugar. Por tanto, en virtud de la presente, mando que así se ejecute por todos los Capitanes Generales de la escuadra de Italia y Gobernador o Cabo de las España, sin dar lugar á controversias, por lo cual se tomará razón de la presente en los libros de Veeduría y Contaduría de las dichas galeras de España, que harán notoria esta declaracion en los casos que convenga, y por lo que toca á las otras galeras de Italia, he mandado que por vía de Estado se den las órdenes convenientes para que tengan ejecucion lo resuelto en lo que va referido. — Dado en Madrid á 15 de Noviembre de 1660. Yo El Rey. — Por mandato del Rey nuestro seños, D. Diego de la Torre y Arana.» (1)


Para terminar de aclarar el orden entre las escuadras de Galeras, transcribimos parte de un documento que dice: «La Reina Gobernadora. — Por cuanto por cédula de 18 de Febrero de 1647, expedida sobre la consulta del Consejo de Guerra pleno, mandó declarar el Rey mi señor (que santa gloria haya) que las graduacion y preferencia de las escuadras de galeras hay de ser y se entienda desde entónces para adelante, subordinándose la de Nápoles á la de España, la de Sicilia á la de Nápoles, la de Cerdeña á la de Sicilia, la de Génova á la de Cerdeña, y que cuando concurriesen en los puertos acaso para otros fines, se hubiese de seguir la costumbre en cuanto á salvas y estandartes…Dada en Madrid á 20 de Enero de 1666. — Yo La Reina. — Por mandato de S. M., D. Pedro de Medrano.» (2)





(1) Fernández Duro, Cesáreo.: Disquisiciones Náuticas. Tomo III, páginas 65 y 66.

(2) Fernández Duro, Cesáreo.: Disquisiciones Náuticas. Tomo III, páginas 83 y 84.

Transcrito por Todoavante.
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Si ignoras lo que pasó antes de que nacieras, siempre serás un niño. Marco Tulio Cicerón.


Hay criterios cerrados, de ásperas molleras, con los cuales es inútil argumentar. Miguel de Cervantes Saavedra.


Cuando soplan vientos de cambio, unos construyen muros, otros, molinos.

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Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com