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 Incautación Buques Transmediterránea, 7 de octubre de 1936. 
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Nuevo mensaje Incautación Buques Transmediterránea, 7 de octubre de 1936.
Incautación Buques Transmediterránea, 7 de octubre de 1936.


Buscando historiales de algunos buques de la “Transme”, he dado con este decreto, y al considerarlo interesante en nuestra historia Naval, se lo “cuelgo”


Por Decreto de la Jefatura del Estado de 7 de octubre de 1936 y Orden del Estado Mayor de 30 del mismo mes, se procedió a la incautación de nueve buques de la Compañía Trasmediterránea para ser convertidos en cruceros auxiliares.


La primera disposición promulgada en la zona nacional, relativa a los buques de la Compañía Trasmediterránea, fue el Decreto nº 50 del Gobierno de Salamanca, de 27 de octubre de 1936, en el que se expresaba:


"La necesidad de perseguir el continuo contrabando, obliga, dada la escasez de buques de guerra, a habilitar como cruceros auxiliares algunos buques rápidos de la Marina Mercante, los cuales serán convenientemente armados y equipados en los arsenales del Estado, y, por ello dispongo:


1.- Se incauta el Estado de los buques que se citan en Orden de esta misma fecha del Estado Mayor de la Armada, que serán artillados y dotados por el Estado.


2.- Las dotaciones de las compañías propietarias, armadoras del buque incautado, podrán seguir prestando sus servicios en el mismo y sus sueldos y manutención correrán a cargo del Estado, quedando desde dicho momento militarizados, con las asimilaciones correspondientes al personal de la Armada.


3.- Desde que estos buques empiecen su armamento se considerarán buques de guerra.


4.- El Estado Mayor de la Armada dictará las disposiciones complementarias, para la composición de las dotaciones de dichos buques".

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20 May 2020 12:34
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Nuevo mensaje Re: Incautación Buques Transmediterránea, 7 de octubre de 19
En aplicación de este Decreto y de la Orden conjunta del Estado Mayor de la Armada, quedaron convertidos en buques auxiliares de la Armada, con todas las prerrogativas de buques de guerra, con las mismas señales distintivas, las unidades de la Compañía Trasmediterránea: Ciudad de Alicante, Ciudad de Valencia, Ciudad de Palma, Dómine, Mallorca, Rey Jaime I, V. Puchol, A. Lázaro y Ciudad de Mahón.


La Orden de 31 de octubre del mismo año, relacionada también con la incautación de la Compañía Trasmediterránea disponía:


"Los buques de la Compañía Trasmediterránea que prestan el servicio de comunicaciones marítimas de soberanía, son, según los términos de su contrato con el Estado, unidades auxiliares de la Marina de Guerra.


La Compañía, además, ha puesto su flota y cuantos medios y elementos dispone al servicio de las necesidades militares y de transporte del Movimiento Nacional.


La índole especial de los servicios que en momentos actuales prestan los buques en cuestión, hace indispensable que en todos ellos, estén o no armados, se militaricen sus tripulaciones mientras dure la campaña.

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20 May 2020 12:36
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Nuevo mensaje Re: Incautación Buques Transmediterránea, 7 de octubre de 19
Por lo expuesto.

DISPONGO:


Primero.- Los buques de Trasmediterránea que designe el Estado Mayor de la Marina para utilizarlos como cruceros auxiliares y otros servicios, quedarán totalmente a las órdenes de dicho organismo, sin que la Compañía tenga en ellos más intervención que las incidencias del personal y la de prestar los auxilios que le solicite el Estado Mayor de la Armada.


Esta incautación tendrá lugar con arreglo a lo dispuesto sobre el caso en el contrato celebrado entre el Estado y la Compañía de ocho de abril de 1931.


Segundo.- Los buques no requisados para servicios militares prestarán los que se dispongan por el Gobierno, bajo las normas que este trace y a las órdenes de la Compañía, pero llevando a bordo el personal de la Marina Militar que se designe, cuyos haberes y manutención correrán a cargo del Estado.


Tercero.- El Director de la Compañía Trasmediterránea quedará a las órdenes del Estado Mayor de la Marina para efecto de los buques movilizados y servicios especiales, que se encomienden a los que estén dedicados al tráfico.


Cuarto.- Todo el personal de la Compañía Trasmediterránea, tanto de los buques incautados, cuando de los de tráfico y servicio de las oficinas de tierra, queda desde esta fecha movilizado y sujeto al Código Penal de la Marina de Guerra.


Para las relaciones militares de este personal entre sí y con los demás Cuerpos Armados, el Estado Mayor dispondrá de equiparaciones militares que han de señalárseles.


Quinto.- Por la Comisión de Hacienda de la Junta Técnica del Estado y a propuesta del Estado Mayor de la Marina, se librarán los créditos necesarios para las atenciones del personal y material de los buques incautados por dicho organismo".


Esta orden determinó, con toda claridad, la clasificación de los buques de la Compañía Trasmediterránea, que se encontraban en la zona nacional con su específica situación jurídica.


Unos tuvieron, a todos los efectos, la consideración de cruceros auxiliares y de transportes de guerra, equiparados a los buques de la Armada.


Las demás unidades no fijadas en esta consideración, quedaban igualmente militarizadas para la prestación de servicios civiles, bajo la gerencia de la Compañía, aún cuando llevaran a bordo un comandante y una dotación militar de acompañamiento o escolta.


La zona republicana no tuvo una organización como la zona nacional, para la prestación de los servicios de comunicaciones regulares, en calidad de correos marítimos.


Varias unidades de la Compañía Trasmediterránea prestaron sus servicios entre los puertos de Levante hasta Málaga -que constituyó una base naval cuyos puertos extremos de esta ruta fueron Barcelona y Málaga, entre cuales se encontraban los intermedios del recorrido: Tarragona, Castellón, Valencia, Alicante, Cartagena y Almería.



Fuente: "TRASMEDITERRÁNEA. 1917-2017", de Juan Carlos Díaz Lorenzo, Francisco Font Betanzos y Laureano García Fuentes. // transmeships // Todo Avante 75 aniversario de Transmediterránea de Marino Gómez Santos // La Marina Mercante y el tráfico marítimo en la guerra civil" de Rafael González Echegaray // vidamaritima de V. Sanhauja.

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20 May 2020 12:40
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Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com