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 Diego de Lepe. 
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Ubicación: A la vista del Mar Mediterráneo. De guardia en el Alcázar y vigilando la escala Real.
Nuevo mensaje Diego de Lepe.
Biografía de don Diego de Lepe.



Descubridor español del siglo XVI.



Nacido en Palos, provincia de Huelva.



En el año de 1500, se hizo a la vela al mando de dos vasos, llevaba como pilotos a don Bartolomé Roldán y a don García Galdín, quienes ya habían desarrollado esta labor, acompañando a don Cristóbal Colón en su tercer viaje.



Después de cruzar la línea ecuatorial , recaló en el cabo de San Agustín en el Brasil, al que por haberlo salido un mes antes y haberlo descubierto don Vicente Yánez Pinzón, le había dado el nombre de Santa María de la Consolación.



Se puso a recorrer aquellas costas, cruzando las Guayanas, la desembocadura del río Amazonas y la del río Orinoco, cuando llegó a Paria, se encontró con Pinzón.



A continuación decidió regresar a España.



El día quince de noviembre del mismo año, consiguió se le autorizase a una nueva expedición, la cual emprendió con tres carabelas.



Realizó otros viajes.



No se tienen más noticias de él, exceptuando la suposición de que fue hecho prisionero por los portugueses, siendo ahorcado en la capital, Lisboa.






Citar:
Bibliografía:

Enciclopedia General del Mar. Garriga. 1957. sin iniciales de identificación del autor.

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Si ignoras lo que pasó antes de que nacieras, siempre serás un niño. Marco Tulio Cicerón.


Hay criterios cerrados, de ásperas molleras, con los cuales es inútil argumentar. Miguel de Cervantes Saavedra.


Cuando soplan vientos de cambio, unos construyen muros, otros, molinos.

Sorpresa y Concentración.


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30 Jul 2006 10:36
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Nuevo mensaje Re: Diego de Lepe.
De acuerdo a las fuentes que cito al final, estos podrían ser los datos para complementar los ya aportados:

Nació en Palos, Huelva, en 1460; se supone que murió ahorcado en Portugal, quizás en 1515.

A pesar de carecer de experiencia náutica, realizó un viaje de exploración que el llevó a las costas del Brasil, entre diciembre de 1499 y julio de 1500 (según la mayor parte de las fuentes), en 1500 (según algunas) o con un viaje previo en 1499, que terminó en fracaso y otro posterior exitoso en 1500 (según alguna otra fuente).

Fue el obispo Rodríguez de Fonseca quien, en nombre de los Reyes Católicos, le otorgó licencia para ir a descubrir nuevas tierras por las cercanías del golfo de Paria. Diego de Lepe armó dos vasos para hacerse a la mar desde el Arenal de Sevilla. Llevaba de pilotos a dos vecinos suyos, expertos marinos: Bartolomé Roldán y Pedro Sánchez del Castillo (según otras fuentes, don García Galdín en lugar del último). La tripulación la formaban ribereños del río Tinto.

Cruzó el Atlántico tras una breve escala en la isla de Fuego (en Cabo Verde), siguiendo la estela que acababa de trazar su conciudadano Vicente Yánez Pinzón (según algunos historiadores, primo suyo), que había partido de España mes y medio antes que él. No se sabe a ciencia cierta a que lugar de la costa brasileña arribó: unos testigos dicen que recaló en el cabo de San Agustín (que don Vicente Yánez Pinzón había bautizado como Santa María de la Consolación) y otros, que a la altura del río San Julián. En uno u otro caso, más al Sur de lo que habían llegado navegantes anteriores (excepto Vicente Yánez Pinzón). Según algunos historiadores, esto habría ocurrido en febrero de 1500. En su visita a Brasil, se habría adelantado, por tanto, a la expedición de Pedro Álvares Cabral (abril de 1500). Pero le habría precedido Vicente Yañéz Pinzón, y, quizás (aunque con serias dudas), también el portugués Duarte Pacheco Pereira.

Sabiendo que se encontraba en zona adjudicada a Portugal por el tratado de Tordesillas, y que la licencia que le fue concedida por el prelado español le prohibía expresamente navegar por esas aguas, se dirigió al Norte. Navegando de día siempre cerca de la costa, recorrió algo más de 1.000 millas de litoral, hasta encontrarse con la desembocadura de un gran río, de enorme anchura, que él llamó Marañón.

No está claro qué río era aquél Marañón. Unos historiadores opinan que el Pará, otros, que el Amazonas, y alguno, que el Orinoco. Parece lógico pensar que se trataba del primero, puesto que, navegando por la costa, no podría haber ignorado este gran estuario, el primero de esta envergadura que tuvo que encontrar navegando hacia el Norte. A esta opinión contribuye también Juan de la Cosa, primer cosmógrafo que dibuja la costa oriental americana, quien sitúa el Marañón de Diego de Lepe en el Pará.
Una vez dentro de su corriente, se decidieron a desembarcar, pero «recybieron mucha afrenta de los yndios, según este testigo oyó decir a los del dicho Diego de Lepe... e allí le mataron once hombres al dicho Diego de Lepe, descubridor».

Después de este incidente trágico, continuó su navegación costera hacia el Norte, y llegó a otra desembocadura aún de mayor anchura que la primera. Se trata de la del río Amazonas, pero esta vez no desembarcó, suponiendo un desenlace similar al anterior. Siguió hacia el Norte, y a menos de 1.000 millas del amazonas, llegó a otro gran delta, el del Orinoco, río al que llamó Santa Catalina, y que años más tarde fue conocido por los españoles como Río Dulce. Realizó una breve incursión por sus aguas y de nuevo regresó a la mar.

Desembarcó en la isla Trinidad, y al entrar en el golfo de Paria se topó con la armadilla de Vicente Yánez Pinzón. Ambos decidieron continuar navegando juntos, dejando por estribor Trinidad, Tobago y Guadalupe. Descansaron en Puerto Rico, y al recalar en la punta más oriental de la Española, Diego de Lepe decidió regresar a Andalucía, mientras que Pinzón continuó hacia la Isabela.

Un año después de su regreso a España, en 1501, los Reyes le demostraron su reconocimiento y agradecimiento, concediéndole nueva licencia para descubrimientos en las Indias. No se conocen testimonios sobre si Diego de Lepe llegó a realizar, o no, esta nueva expedición (algunas fuentes dicen que sí la realizó, con tres carabelas).

Fuentes:

- Enciclopedia: https://www.enciclonet.com/documento/via ... o+de+lepe/

- Artículo "Diego de Lepe, descubridor de las costas de Brasil y Venezuela", por Ignacio Fernández Vial, y Guadalupe Fernández Morente (ABC, 24-1-2009):
https://www.abcdesevilla.es/20090124/and ... 90124.html

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Insignia en el Navío Rayo R. O. del 9 de enero de 2009

A mí me parece, Señor, que no tengo otra cosa buena sino ser español (Catalina de Erauso, "la Monja Alférez", a un Cardenal)

15 Sep 2009 18:53
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Nuevo mensaje Re: Diego de Lepe.
Capitulación de Diego de Lepe, Granada, 14 de septiembre de 1501

(Por ella, los Reyes Católicos le otorgan licencia para un nuevo viaje)

“El asiento que se tomó por nuestro mandado con vos, Diego de Lepe, vecino de la villa de Palos, para yr a descobrir por el mar Océano es lo siguiente:

Primeramente, damos liçençia a vos el dicho Diego de Lepe para que vays a vuestra costa e misión por el dicho mar Océano con quatro navíos a descobrir e descobrays en el mar Oçéano islas e tierra firme, a las partes de las Indias donde la otra ves fuiste, a ver la tierra que descobristes e vinistes de nuevo, con tanto que no sean las yslas e tierra firme que son descobiertas por el almirante e por otras personas, salvo sy no fuere por caso fortuyto, que entonces podáys tomar los bastimentos e proveymientos para vuestra gente e armada e podays calafatear e adobar vuestros navíos e no otra cosa alguna, con tanto que lo que asy descubierto no sea de las islas e tierra firme que pertenescen al serenísimo Rey de Portugal, nuestro mui caro e muy amado fijo, para que de todas las yslas e tierra firme en este capítulo contenidas no podáis haver ningun ynterese, salvo las cosas que, como dicho es, para vuestro mantenimiento e provisión e de vuestra gente e navíos ovierdes menester, e no otra cosa alguna.

Otrosí, que podays en las yslas e tierra firme, que nuevamente en el viaje descubrierdes, rescatar e aver oro e plata e cobre e estanno e que otro cualquier metal de qualquier calidad que sea, e aljofar e perlas e joyas e piedras preciosas e mostruos e serpientes e otros qualesquier animales de qualquier calidad que sean, e pescados e aves e espeçieria e droguería e otras cualesquier cosas de qualquier nombre e calidad que sean, aunque sean de mayor valor que lo susodicho, con tanto que no podays traer esclavos e que del Brasil no podays traer allende de dos quintales.

Yten, que de todo lo que rescatardes e ovierdes en qualquier manera en las islas e tierra firme que hasta aquí aveys descubierto, sacando primeramente las cosas de armazón e fletes, e sueldo e gente nos deys la mytad; e de todo lo que ovierdes en qualquier manera de las yslas e tierra firme que más descubrierdes, de aquí adelante este primero viaje, sacando primeramente las dichas costas e armasón e fletes de navíos e sueldo de gente que en el viaje e armada hisierdes, de los que quedare Nos ayamos la sesta parte de todo ello, e las otras çinco partes sean libremente para vos el dicho Diego de Lepe para que podays haser dellos lo que quisierdes e por bien tovierdes, como cosa vuestra propia e libre e quita e desembargada, sin pagar de la primera venta alcabala ni almoxarifadgo, ni aduana, ni otra ymposiçión, ni derechos algunos, ni tributos, salvo que todo sea libre e franco de todas e qualesquier cosas, asy como cosa propia nuestra e de nuestro patrimonio real, con tanto que en cada uno de los navíos que asy llevaredes vaya un onbre puesto e señalado por Nos para que escriva e asiente lo que asy fallardes e truxerdes; e vengan debaxo dos llaves, la una tenga la persona que por nuestra parte allí fuere, e la otra quien vos quisierdes; e las otras cosas que no fueren de poner debaxo de llave, que venga por escripto de mano de la persona que por Nos fuere en cada uno de los dichos navíos, porque no se pueda haser fraude en ello.

Yten, que vos el dicho Diego de Lepe, ni otra persona ni persona algunas de las que con vos fueren en la dicha armada, no podays rescatar ni comprar ni aver cosa alguna de las susodichas sin ser presente a ello las dichas persona o personas que por nuestro mandado fue ren en cada uno de los dichos navíos.

Yten, que tales persona o personas que en cada uno de los dichos navíos por nuestro mandado fueren ganen soldada e parte como las otras personas que en el dicho navío fueren.

Yten que todo lo susodicho que asy se oviere e rescatare e qualquier manera, sin diminyçión ni falta alguna, se trayan a la cibdad e puerto de Sevilla e de Cáliz e se presenten ante nuestro oficial que ally residiere, para que allí se tome la dicha mitad e sesmo que dello ovieramos de aver.

Yten, que con los quatro navios con que aveys de yr a descobrir e con la gente dellos vos vays a presentar a la dicha cibdad de Sevilla o de Cális, antes que comencéis el dicho viaje, ante Gonçalo Gómes de Cervantes, nuestro corregidor de la cibdad de Xeres, e ante Ximeno de Birbiesca, nuestro oficial, para que vean los dichos navío e gentes e asienten la relación dello en los nuestros libros e fagan las otras diligencias que sean neçesarias.

Para lo qual fasemos nuestro capitán de los dichos navíos e gentes qie en ellos fueren a vos el dicho Diego de Lepe; e vos damos poder complido e jurediçión çevil e creminal con todas sus inçidencias e dependencias e emergencias e anexidades e conexidades; e mandamos a las personas qie en los dichos navíos fueren e a cada uno dellos que como a tal nuestro capitán vos obdescan e vos consientan usar en la dicha jurediçión, con tanto que no podays matar persona alguna ni le cortar miembros.

Yten, que vos el dicho Diego de Lepe, e las otras personas quie en los dichos navíos fueren, fagays e complays e guardeys todo lo contenido en esta capitulación e cada cosa e parte dello, so pena que qualquier persona que lo contrario fisyere, por el mismo feho, aya perdido e pierda lo que asy se rescatare e oviere e todo el interese e provecho que de dicho viaje podría aver, e sea aplicado e desde agora lo aplicamos a nuestra cámara e fisco, e el cuerpo sea a la nuestra merçed.

(cont)

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Insignia en el Navío Rayo R. O. del 9 de enero de 2009

A mí me parece, Señor, que no tengo otra cosa buena sino ser español (Catalina de Erauso, "la Monja Alférez", a un Cardenal)

15 Sep 2009 18:57
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Nuevo mensaje Re: Diego de Lepe.
(cont)
Yten, porque algunas veses acaece que los navíos se van a descargar donde bien les está e Nos tenemos mandando que ninguno pueda syno de la vaya de Cális, e allí sea obligado a descargar a la buelta sin tocar a otra tierra alguna, salvo si no fuere por tiempo de fortuna e por fuerça del tiempo, que vos el dicho Dego de lepe e los que con vos fueren obligueys de venir allí sin toca ni descargar en otra parte cosa alguna de la que asy truxerdes, e dedes cuenta en la çibdad de Cáliz a la persona o personas que por nuestra mandado para ello allí estovieren puestos, e pagades lo que a Nos perteneciere del dicho viaje, so pena que si otra cosa hiçierdes vos o otra persona o armador de los que con vos se juntaren, o encobrierdes qualquier cosa de que a Nos perteneciere aver las partes susodichas, como dicho es, que por el mismo fecho, demás e allende de otras penas, ayays perdido e perdays qualquier mercadería e otra qualquier cosa que en el dicho viaje vos perteneciere e pertenezca, e sea para la nuestra cámara e fisco, en el caso que forçado del tiempo que fuerdes a tocar a otros puerto no podays descargar ni dexar salir ninguna persona a tierra, ni entre ser en ninguno de los dichos navíos syn que por ante escribano sean catados antes que dende salgan e ayan de salir como no lleve cosa alguna del tal navío afuera, e si lo contrario fisieredes, vos como captán ayays perdido todo lo que truxeredes, e todas las otras personas que asy fisieren.

Yten, que vos el dicho Diego de Lepe por vos e en nombre de los que con vos se juntaren e fueren en la dicha armada vos obligueys e deys fianças de tener e guardar e complir todo lo susodicho en la manera segund e con las condiçones segund dicho es.

Yten, que Nos vos mandaremos dar todas las provisiones e otras escripturas que ovieredes menester para seguridad e guarda de lo susodicho.

Por ende, Nos, por la presente, vos seguramos e prometemos por nuestra fee e palabra real que vos será guardado e complido todo lo susodicho e cada cosa dello,e que en ello no vos será puesto impedimento alguno agora ni en algún tiempo, compliendo e guardando vos lo que dicho es.

De lo qual vos mandamos dar la presente firmada de nuestros nombres.

Fecha de Granada a catorse de setiembre de mil e quinientos e un años; lo qual susodicho en esta capitulación contenido, e cada cosa e parte dello, es nuestra merced e voluntad que asy se guarde e compla, con tanto que vos el dicho diego de lepe comencéis el dicho viaje de aquí todo el mes de noviembre primero que verná deste dicho año de quinientos e un años.

Yo el rey Yo la Reyna
Por mandado del rey e de la Reyna,
Gaspar de Gricio”


Fuente: libro "La fundación de Brasil: testimonios 1500-1700", de Darcy Ribeiro, Carlos de Araújo Moreira Neto, y Gisele Jacon de A. Moreira
https://books.google.com/books?id=UM6PMF ... 22&f=false
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A mí me parece, Señor, que no tengo otra cosa buena sino ser español (Catalina de Erauso, "la Monja Alférez", a un Cardenal)

15 Sep 2009 18:57
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Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com