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 R. D. del 18/VIII/1895 clasificando los buque de la Armada 
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Real decreto del 18 de agosto de 1895 clasificando los buques de la Real Armada Española.



Exposición:



Señora: El moderno material flotante se compone de diversidad de tipos, desde el poderoso acorazado hasta el más pequeño torpedero, cuya misión en la guerra es de la más alta importancia, y esto, unido á la rápida y constante transformación que experimenta, ocasiona gran confusión en la nomenclatura técnica de los buques, que impide la sencilla y fácil comprensión del poder ofensivo y defensivo que cada uno representa.


Conviene á veces con la denominación de acorazado, crucero, cañonero, etc., buques de muy diversas clases dentro de cada uno de los tipos; y como éstos no se hallan bien deslindados, es frecuente observar que un mismo buque se clasifica con dos ó más de aquellas denominaciones, según el distinto criterio de quien los designa.


Conviene, pues, al servicio y á la claridad y fijeza que deben existir en una nomenclatura técnica, hacer desaparecer tal estado de cosas, y determinar de modo preciso cuál sea la denominación que deba darse á cada clase de buques, según sus condiciones de ofensa y defensa, velocidad, desplazamiento y otras, que en conjunto constituyen el carácter distintivo del buque.


En tal necesidad está inspirado el decreto adjunto, en el cual se procura detallar, con la mayor claridad posible, los diversos nombres que deben darse á os tipos de buques existentes en nuestra escuadra, por si V. M., apreciando las razones expuestas, estima darle su alta aprobación. ― Madrid 18 de agosto de 1895 ― Señora: A. L. R. P. de V. M. ― José M. de Beránger.
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Si ignoras lo que pasó antes de que nacieras, siempre serás un niño. Marco Tulio Cicerón.


Hay criterios cerrados, de ásperas molleras, con los cuales es inútil argumentar. Miguel de Cervantes Saavedra.


Cuando soplan vientos de cambio, unos construyen muros, otros, molinos.

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02 Ago 2015 08:07
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Real Decreto



En atención á lo expuesto por el Ministro de Marina y de conformidad con el Consejo de Ministros;


En nombre de mi Augusto hijo el Rey D. Alfonso XIII, y como Reina Regente del reino.


Vengo en decretar lo siguiente:


Articulo 1º Se aprueba el adjunto estado de nueva clasificación de buques de la Armada.


Articulo 2º Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan al presente decreto.


Dado en San Sebastián á diez y ocho de Agosto de mil ochocientos noventa y cinco. ― María Cristina ― El Ministro de Marina, José M. de Beránger.


Buques protegidos



Acorazados de primera



Los buques de combate que desplacen más de 9.000 toneladas.



Acorazados de segunda



Los buques de combate comprendidos entre 9.000 y 6.000 toneladas.



Cruceros protegidos de primera



Los comprendidos entre 6.000 y 2.000 toneladas.



Cruceros protegidos de segunda



Los comprendidos entre 2.000 y 800 toneladas.

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Buques no protegidos


Cruceros de primera clase


Los comprendidos entre 6.000 y 2.000 toneladas.


Cruceros de segunda


Los comprendidos entre 2.000 y 800 toneladas.


Cruceros de tercera


Los comprendidos entre 800 y 500 toneladas.


Cañoneros de primera


Los comprendidos entre 500 y 300 toneladas.


Cañoneros de segunda


Los comprendidos entre 300 y 100 toneladas.


Cañoneros de tercera


Los comprendidos entre 100 y 20 toneladas.


Cañoneros torpederos


Los cañoneros rápidos dotados con torpedos comprendidos entre 800 y 300 toneladas.


Torpederos de primera clase


Los de alta mar comprendidos entre 500 y 100 toneladas.


Torpederos de segunda


Los de costa y puerto inferiores á 100 toneladas.


Lanchas


Las embarcaciones sin cubierta ó cuyo desplazamiento sea inferior á 20 toneladas.



Madrid 18 de Agosto de 1895. ― El Ministro de marina, José María de Beránger.



Citar:
Bibliografía:

Estado General de la Armada para el año 1897. Páginas 343 á 345.

Transcrito por Todoavante ©

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Nuevo mensaje Re: R. D. del 18/VIII/1895 clasificando los buque de la Arma
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Ahora se entiende ante esta parca clasificación el porque los Vizcaya eran denominados acorazados de segunda.


Lo que no dice si para pertenecer a cualquiera de estas categorías, hacia falta llevar cañones y que dispararan, de ahí la aceptación del Colón y etc. etc. etc.


Es un gran ejemplo de no decir nada en un Real Decreto, pero que nadie se queje, porque el documento si existía y firmado por la Reina Gobernadora. Lo triste, que sea un marino quien lo redactara. Lo que habla por sí solo de. . .porque fue Ministro en cinco ocasiones.


El papel es muy sufrido, lo aguanta todo, más que la mar. Que ya es decir.


Un saludo.
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02 Ago 2015 08:32
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Nuevo mensaje Re: R. D. del 18/VIII/1895 clasificando los buque de la Arma
Es una clasificación como cualquier otra, y tiene la bondad de ser sencilla. Ahora bien, estas clasificaciones generales ni mucho menos comprenden en sus apartados barcos exactamente comparables y homogéneos, ni siquiera entre sí, ni mucho menos con otros barcos de clasificaciones de otras marinas.

Pero eso es algo que no tiene la menor importancia, siempre que el asunto lo manejen los profesionales y expertos, y me temo que gran parte del problema histórico viene de que en su momento se utilizó tendenciosamente la clasificación desde un punto de vista político, periodístico y popular y se repitió posteriormente por autores que sólo se fijaron en las denominaciones de origen y no en la verdadera calidad de los vinos, ya que de eso no entendían.

Sorprende ver que muchos análisis “modernos” de aquellos episodios parecen sacados de un juego de rol, con cartas sobre una mesa en las que suman o restan aritméticamente factores como calibres, blindajes, velocidades, etc. y vaticinan el resultado que debió haber sido según el signo final de la operación. Si este es diferente al resultado real histórico, entonces es que el marino lo debió hacer mal, sin duda alguna.

¡Qué fáciles son estos análisis de la historia bélica!

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Secretario General del Foro.
Capitán de la Nao: Victoria por R.O. del 26 de octubre de 2007.
Primus Circumdedisteti me


"Me faltó valor para rendirme y decidí que se continuara la defensa"


02 Ago 2015 13:10
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Nuevo mensaje Re: R. D. del 18/VIII/1895 clasificando los buque de la Arma
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Como los ríos, siempre vamos a morir al mismo sitio.


La política. Que a pesar de los años de su práctica sigue sin cambiar. Todos mejoran con el tiempo algo, ellos. . .ni se mueven desde hace 2.000.000 de años.


Lo que hay que aguantar.


Un saludo.
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02 Ago 2015 16:43
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Nuevo mensaje Re: R. D. del 18/VIII/1895 clasificando los buque de la Arma
Bueno sirve para confundir al enemigo... (bueno a lo mejor también a los propios), pero confundir confunde.

Saludos

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03 Ago 2015 23:12
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Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com