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 Islas Malvinas. Combates e Historia. 
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Descubrimiento y exploración


Los europeos comenzaron a frecuentar las islas conocidas ahora como Malvinas ó Falkland a finales del siglo XVI y el siglo XVII. El primer avistamiento fue realizado probablemente por John Davis en el Desire en 1592, que pertenecía a los buques de la segunda expedición de Thomas Cavendish. Dos años más tarde Sir Richard Hawkins llamó a las islas Hawkins Maydenlande. Ninguno de los dos navegantes desembarcó en las islas. El 24 de enero de 1600 redescubrió el archipiélago el navegante holandés Sebald de Weert bautizándolas como islas Sebaldas. Pertenecía a la expedición de Jacob Mahu. La primera vez que los ingleses desembarcaron estas islas fue en 1690 cuando el capitán John Strong navegó con el buque Welfare por el estrecho de San Carlos, al que llamó Falkland Sound, nombre con el que después se designaría a todas las islas.


Infinidad de escritores británicos mencionan estos hechos que acabo de relatar como los primeros datos históricos de las islas, seguramente siguiendo y copiando a la prestigiosa Enciclopedia Británica que adjudica el descubrimiento a John Davis en 1592. Otros incluyen de pasada sin dar demasiada importancia, incluso negándolos, descubrimientos anteriores conocidos por cualquier historiador como son los viajes de Américo Vespucci y Fernando de Magallanes. Los mapas de Schooner (1515) y Waldseemüller (1520) demuestran que Vespucci vio las islas en sus viajes. Un manuscrito que se conserva en la Biblioteca Nacional de Madrid prueba que la escuadra de Magallanes avistó las islas que se encuentran “al Oriente del puerto de Sant Julián por diez y ocho leguas que pusieron de nombre Islas de Sansón y Patos…”. Existe una carta marina que se conoce como mapa de Reinel que prueba que desde principios del siglo XVI ya se conocían las islas. Se trata de una carta marina trazada por el cartógrafo Pedro Reinel en Sevilla con los datos sacados de Esteban Gómes, que pasó por las Malvinas con el San Antonio al desertar de la flota de Magallanes, a su regreso a España en 1521 y los del astrónomo de la flota don Andrés de San Martín. Posteriormente las islas fueron redescubiertas por Loaysa en 1526, Alcazaba en 1534 y Francisco de Camargo en 1539, donde uno de sus buques encontró refugio en las islas tras una tormenta. Lo cierto es que estos descubrimientos situaban las islas Malvinas dentro de la zona en que España era propiedad de cualquier hallazgo según el Tratado de Tordesillas de 1494.


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09 Nov 2008 23:00
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Algunos escritores llevan la controversia al absurdo. Sabedores que navegantes portugueses al servicio de la Corona española fueron los primeros descubridores tratan de buscar la participación inglesa en esas primeras navegaciones del siglo XVI. Se basan en las alianzas anglo-portuguesas de comercio alentadas por Enrique VII y continuadas por Enrique VIII, además de recordarnos que Enrique VIII no reconoció la bula del papa Alejandro VI. Pero dejaré que los historiadores británicos sigan divagando y me centraré en los hechos.


Demostrado que las llamadas islas Malvinas aparecen en mapas y documentos desde principios del siglo XVI, no existen datos ingleses anteriores a 1592 y son bien conocidos los viajes de Francis Drake y Tomas Cavendish y su paso por el cabo de Hornos en 1577 y 1586. En los itinerarios de sus viajes no aparecen las islas Malvinas, totalmente desconocidas para ellos. Los relatos de John Davis para demostrar su visita a las islas en 1592 resultan demasiado imaginativos. Hawkins publicó su relato en 1622 y sus datos geográficos son erróneos al decir que en aquellas islas encontró habitantes y ganado, y por otros datos parece ser que las islas descritas no eran las Malvinas, y es muy probable que ni tan siquiera fueran islas. Además resulta sospechoso cuando en su publicación ya se conocían los relatos publicados anteriormente por holandeses.


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09 Nov 2008 23:05
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Ocupación francesa


Desde finales del siglo XVII las islas Malvinas eran conocidas por los navegantes franceses de Saint-Maló, por eso las llamaron Malouines. Al terminar la guerra de los Siete Años los franceses habían perdido sus colonias en Norteamérica. La política de Luis XV y su ministro de Marina Choiseul era establecer nuevas colonias para los expulsados franceses de las colonias de Nueva Escocia, en Canadá. Estableciéndose en las islas Malvinas se conseguían otros objetivos, como establecer puertos de auxilio y refugio a los buques franceses que comerciaban en el Pacífico. Louis-Antoine de Bougainville propuso a Choiseul la expedición colonial a las Malvinas, construyendo dos embarcaciones y armándolas por su cuenta en Saint Maló.


El 15 de septiembre de 1763 zarpa de Saint Maló el marino Bougainville para establecer las colonias. La expedición contaba con la fragata Aigle, armada con 20 cañones y 100 tripulantes, al mando del capitán de brulote Duclós Guyot, y la corbeta Sphinx, armada con 8 cañones y 8 pedreros, al mando del teniente de fragata Chenard Gyraudois. El 3 de febrero de 1764 Bougainville fundó una colonia en la isla de Soledad, tomando posesión del archipiélago en nombre del rey de Francia, Luis XV. Unas pocas edificaciones y 53 personas formaron la colonia de Port Louis. Bougainville zarpó de regreso a Francia a primeros de abril dejando al frente de la colonia al capitán de infantería G. Nerville. El 6 de octubre del mismo año zarpó de nuevo Bougainville con la fragata Aigle de Saint Maló con nuevos colonos, llegando a Port Louis el 5 de enero de 1765. Un mes más tarde partió rumbo al estrecho de Magallanes en busca de madera, regresando a las Malvinas. En mayo de 1765 dejó la colonia con unas 100 personas y puso rumbo a Francia.


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09 Nov 2008 23:08
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A finales de 1765 zarpa de nuevo Bougainville de Saint Maló con la fragata Aigle y el mercante Etoile. Llegan a Malvinas el 15 de febrero de 1766 el Etoile y el día 23 la fragata. Después de abastecer la colonia francesa parten hacia Tierra de Fuego para abastecerse de madera, regresando de nuevo a puerto francés.


El gobierno de España reclamó a Francia, pues entendía que las islas dependían del continente de la América Meridional. Por el clima de concordia entre las dos naciones por el tercer Pacto de Familia, los franceses desistieron en sus pretensiones.


Las islas fueron cedidas de nuevo a España en 1767 y le correspondió hacerlo al propio Bougainville que se hizo cargo de la fragata Boudeuse (26 cañones) a primeros de noviembre de 1766 con la que zarpó ese mismo mes y llegó a Montevideo la mañana del 31 de enero de 1767. En puerto estaban desde hacía un mes las fragatas españolas Liebre y Esmeralda, que al mando del capitán de navío don Felipe Ruiz Puente se haría cargo de la toma de posesión de las islas. Estas dos fragatas, mandadas respectivamente por los capitanes de fragata don Manuel Cornejo y don Mateo Collado, habían zarpado de La Coruña el 17 de octubre de 1766, acompañadas por las urcas Peregrina y Bizarra y las saetías Santo Cristo del Calvario y Nuestra Señora de los Remedios. Entraron en Montevideo el 24 de diciembre de 1766.


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09 Nov 2008 23:13
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Bougainville y don Felipe Ruiz fueron a Buenos Aires para concertar con el gobernador y capitán general de Buenos Aires don Francisco Bucarelli y Ursua la cesión de la colonia. La ceremonia correspondiente se efectuó el 1º de abril de 1767. Se enarboló la enseña española y los buques la saludaron con veintiún cañonazos. Don Felipe Ruiz Puente había sido nombrado gobernador. Bougainville leyó una carta de su rey a los colonos franceses en las que se les permitía quedarse en las Malvinas. Varias familias se embarcaron en las dos fragatas españolas, las cuales levaron anclas para Montevideo la mañana del 27 de abril. Mientras tanto Bougainville se quedó en las Malvinas a la espera de la llegada del transporte L’Etoile con el que efectuaría una posterior vuelta al mundo. Las dos fragatas españolas partieron a explorar la costa patagónica hasta Tierra de Fuego según había ordenado el gobernador Bucarelli. Bougainville sería indemnizado por los gastos que le había ocasionado el establecimiento de la colonia y hubo otros acuerdos, como la venta de la fragata Aigle a España, que se llamaría Águila.


Al año siguiente la colonia, ahora española, cambió de nombre por el de Puerto Soledad. La población sería abastecida cada verano con fragatas, corbetas o bergantines salidos de Montevideo y algunos transportes cargados de ganado, víveres y pertrechos. El gobernador Ruiz Puente mandó a la fragata Santa Rosa y al chambequín Andaluz a reconocer las islas, levantar planos y patrullar sus aguas.


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09 Nov 2008 23:14
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Ocupación británica


Mientras sucedían estos acontecimientos reseñados, los británicos actuaban por su cuenta. Una expedición al mando del comodoro John Byron con la fragata Dolphin y la corbeta Tamar zarpó de Plymouth el 3 de julio de 1764. La fragata estaba armada con 24 cañones y tripulada por 190 hombres y la corbeta de 16 cañones y unos 90 hombres. Después de explorar la costa de la Patagonia llegó en enero de 1765 a las islas Malvinas estableciendo un puesto llamado Port Egmont, en honor del primer lord del Almirantazgo lord Egmont, proclamando el derecho de propiedad del archipiélago para el rey británico George III, cumpliendo con la “orden secreta” que le había dado lord Egmont. No dejó ningún colono. A su regresó a Gran Bretaña en 1766 se proclamó descubridor de las islas Malvinas, cuando los franceses habían establecido una colonia un año antes. Con sus dos naves llegó el 6 de febrero de 1765 a Puerto Deseado, donde se le unió el buque Florida cargado de víveres. Pocos días después avistaron a la entrada del estrecho de Magallanes a la fragata de Bougainville, pasando después al Pacífico para seguir su viaje. Llegaron a puerto británico de Dunes el 9 de mayo de 1766.


Un año después llegó a Port Egmont la fragata Jason del capitán John MacBride con el bergantín Carcass y el transporte Experiment para establecer una colonia en dicho puerto en enero de 1766. MacBride abandonó las islas en enero de 1767, quedando al mando el capitán Anthony Hunt. Fue el primer establecimiento británico en las islas Malvinas, en enero de 1766.


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09 Nov 2008 23:21
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Expulsión de los británicos


El gobernador y capitán general de Buenos Aires había pedido a Madrid que le enviaran tropas veteranas para las guarniciones del Río de la Plata. Desde Ferrol zarpan en enero de 1765 los navíos Gallardo, Diligente y cuatro transportes llevando a bordo dos batallones del Regimiento de Mallorca, un batallón del Regimiento de África y otro del de la Corona. A finales de 1768 zarparon de Cádiz la escuadra del capitán de navío don Juan Ignacio de Madariaga y llegaron a Montevideo el 3 de enero de 1769. Durante más de un año tuvo tiempo para reparar las naves tras la travesía del Atlántico y aprestar las tropas que pronto serían necesarias para enfrentarse a los británicos.


Con más buques España destinó recursos en varias expediciones de reconocimiento. El 23 de diciembre de 1768 zarpó el chambequín Andaluz de Montevideo al mando del capitán de fragata don Domingo Perler. El mismo mes zarpó la fragata Santa Rosa desde Buenos Aires para realizar las navegaciones que ya he mencionado. El 6 de enero de 1770 zarpó otra embarcación al mando del piloto don José Goicoechea rumbo a Puerto Deseado. Allí se unió a la fragata Santa Catalina y al chambequín Andaluz y confirmaron, como ya veremos, la presencia británica en las Malvinas.


A primeros de diciembre de 1769 el piloto español Ángel Santos avistó desde la goleta española San Felipe en el estrecho de San Carlos a la fragata Tamar que había salido de Port Egmont. Después de invitar a Santos a subir a bordo de su fragata le tuvo arrestado durante un día. Al enterarse el gobernador Ruiz Puente de lo ocurrido envió al capitán Mario Plata para que entregara una carta al comandante Anthony Hunt donde le decía que debía abandonaran las islas. La contestación del británico no tiene desperdicio: le dijo al gobernador español que las islas Falkland pertenecían a Su Majestad Británica por derecho de descubrimiento y primera ocupación, intimando a su vez al español a que abandonara las islas en un plazo de seis meses. Nuevas misivas se enviaron con el mismo resultado.


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09 Nov 2008 23:30
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Nuevo mensaje Re: Islas Malvinas
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La negativa del capitán Hunt llegó a conocimiento del gobernador de Buenos Aires Bucarelli. Al mando del capitán don Fernando de Rubalcava envió a la fragata Santa Catalina y a otros dos buques a Puerto Soledad. Con dos de sus naves llegó a Port Egmont el 17 de febrero de 1770. Rubalcava pudo observar que se encontraba en inferioridad, limitándose a enviar el 20 de febrero una protesta a Hunt. Decía lo siguiente: "Habiendo entrado por casualidad en este puerto he quedado admirado de encontrar en él una especie de establecimiento bajo bandera inglesa puesta en tierra y auxiliada de las embarcaciones de S. M. B., ocupando Vm en una y otra parte, el empleo de comandante en jefe. Siendo estos dominios de S. M. Católica, este proceder en contra del espíritu de los tratados de paz que privan introducirse en dominio ajeno, contra todo derecho, por lo que es de notar que los vasallos de S. M. B. se atrevan a quebrantar el sagrado de una paz, últimamente establecida, en cuya observancia S. M. Católica quita toda queja obligando a sus vasallos a la más sincera armonía tan conforme a su real intención; en cuya inteligencia a Vm. Protesto de palabra y por escrito se separe de la usurpación de este puerto y costas, dejando al rey, mi amo, libre sus dominios, conteniéndome a proceder de otro modo hasta dar parte a S. M. y recibir órdenes”.


El comandante británico Hunt respondió con otra carta: “Hago saber a Vm que estas islas pertenecen a S. M. B. por derecho de descubrimiento y con especial complacencia suya estoy aquí, con instrucciones de protegerlas con todo mi poder y para manifestarlo contra los vasallos de otras potencias haciendo un establecimiento en cualquiera de dichas islas. Por lo que en su nombre aviso y exhorto a Vm. Y a todo lo que esté bajo su mando, que las evacue”.


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09 Nov 2008 23:32
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Nuevo mensaje Re: Islas Malvinas
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Una vez que Rubalcava se hubiese marchado a Buenos Aires, el capitán Hunt se izo a la vela rumbo a Inglaterra a bordo de la fragata Tamar para conseguir refuerzos, dejando al mando de la colonia al capitán George Farmer con la corbeta de 16 cañones Favourite al mando del capitán William Maltby y a la goleta Swift, que naufragó poco después cerca de la costa, salvándose la tripulación.


Bucarelli organizó una expedición para expulsar a los británicos, esta vez con mayores fuerzas. Mandadas por el capitán de navío don Juan Ignacio de Madariaga zarparon de Montevideo el 17 de mayo de 1770 con las fragatas Industria, Santa Bárbara, Santa Catalina, Santa Rosa, el chambequín Andaluz y dos bergantines, llevando a bordo un total de 1.400 hombres. El componente terrestre estaba al mando del coronel don Antonio Gutiérrez del Regimiento de Mallorca, compuesto por dos compañías de granaderos y una de fusileros, una compañía del batallón de Buenos Aires y veinte artilleros, siete cañones, dos obuses y todo lo necesario para un asedio. El 31 de mayo llegó la escuadra española frente a Port Egmont, pero un temporal dispersó la escuadra. El 6 de junio, reunida de nuevo la escuadra, entraron en la bahía, enviando los españoles una carta para que se rindieran y abandonaran las posesiones españolas.


Los capitanes Farmer y Maltby se negaron a cumplir la orden de evacuación que le había transmitido Madariaga, aunque sabía que no podría resistir el ataque de los españoles. A las 10 de la mañana del 10 de junio abrieron fuego las fragatas españolas sobre la fragata inglesa y el fuerte, desembarcaron las tropas y los cañones y después de unos pocos disparos las tropas británicas se rindieron. Su única defensa consistía en doce cañones y una guarnición de 150 hombres. El único herido leve fue el jefe de la artillería, el teniente coronel don Vicente de Reina Vázquez. Los británicos fueron embarcados en la corbeta Favourite y se hizo inventario de todos los enseres de la colonia. Madariaga zarpó a España con la fragata Santa Catalina para informar del desalojo, mientras la fragata Santa Rosa salía rumbo a Buenos Aires para informar a Bucarelli.


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09 Nov 2008 23:35
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Desenlace


El 3 de junio de 1770 llegó a Plymouth el capitán Hunt e informó al Almirantazgo que las islas fueron reclamadas en el mes de diciembre por los españoles. Más noticias llegarían a los británicos durante la segunda mitad del año, algunas poco esclarecedoras de lo que realmente ocurría, quedando la expulsión británica confirmada en el mes de octubre con la llegada a Inglaterra del capitán Maltby. La consternación en el Parlamento y en el pueblo fue absoluta. Se pedía la guerra para resolver el agravio cometido por los españoles. Se armaron 16 navíos que se pusieron al mando del almirante Augustus Keppel, pero no se hacían más preparativos y el pueblo se mostraba impaciente. Lo cierto es que la Marina no se encontraba en el mejor momento para la guerra, los navíos, astilleros y almacenes se encontraban en mal estado, mientras la corte británica amenazaba con la guerra. A pesar de la alianza con los franceses por el tercer Pacto de Familia, nuestros vecinos no apoyaron a la Corte española. Luis XV no quería la guerra y Carlos III tuvo que devolver las islas a los británicos al no poder afrontar en solitario una guerra.


El 20 de enero de 1771 se firmó un acuerdo entre el príncipe Masserano, embajador de España en Londres, y Lord conde de Rochefort, secretario de Estado por dimisión de Lord Weymonth. Según lo firmado la corte española desaprobaba la actuación del gobernador de Buenos Aires Bucarelli y restituía a los británicos la colonia en el estado en que se hallaba antes de la expulsión. Al mismo tiempo la corte británica admitía los derechos de soberanía española sobre las islas en disputa. Muchos miembros del parlamento sospecharon que hubo negociaciones secretas, y así fue. Se había convenido de forma secreta la cesión absoluta de las Malvinas a España. Las órdenes se dieron y Port Egmont fue evacuado en 1774. Lord Weymonth había dimitido por esta razón, por no ser participe de esta cesión “indecorosa”.


Como consecuencia del acuerdo zarparon la fragata Juno, una corbeta y un transporte, haciendo entrega en Port Egmont de la soberanía el 16 de septiembre de 1771 el teniente de artillería don Francisco de Orduña. Los españoles mantuvieron su presencia en Puerto Soledad para cruzar con una pequeña escuadrilla entre las Malvinas y la costa patagónica, hasta que el fuerte inglés sería desalojado en 1774 para ahorrar el gasto de mantener una guarnición, según declaró en la Cámara el primer ministro Lord North, aunque ya sabemos que la razón era otra, y secreta.


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09 Nov 2008 23:39
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Nuevo mensaje Re: Islas Malvinas
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El 8 de junio de 1811 España abandona definitivamente las islas Malvinas a causa de las guerras por la independencia de las colonias. El 9 de julio de 1816 Argentina declara la independencia y Daniel Jewitt, comandante de la fragata Heroína toma posesión de las islas en nombre del gobierno argentino el 6 de noviembre de 1820. El 2 de enero de 1833 el capitán británico John James Onslow con el buque de guerra Clio obliga a José María Pinedo, comandante del Sarandi a abandonar las islas.


El 8 de junio de 1834, un año después de que el escuadrón del capitán Onslow ocupara las Malvinas y expulsara a los argentinos, Lord Palmerston, ministro de exteriores británico, respondió a las protestas argentinas dando los mismos argumentos que el capitán Hunt había dado a don Felipe Ruiz Puente, primer gobernador de las islas, el derecho a la soberanía británica estaba fundado por haberlas descubierto y ocupado antes que ninguna otra nación. La realidad es que los británicos necesitaban un puerto en aquellas latitudes y los argentinos no tenían medios para enfrentarse a la mayor potencia naval en ese momento, cogiendo lo que les interesaba por la única razón de la fuerza.


El resto de la historia es bastante más conocida que desembocó en una guerra en 1982, pero esta es otra historia.



Bibliografía

Destéfani, Laurio Hedelvio, Las Malvinas en la época hispana (1600-1811), Ediciones Corregidor, Buenos Aires 1981, página 84.

Domínguez, Luis L., Historia Argentina, Buenos Aires, 1862, página 137.

Fernández Duro, Cesáreo, Armada española, desde la unión de los reinos de Castilla y de Aragón, Tomo VII, Museo Naval, Madrid, 1973, página 136.

Grimblot, P, Islas Falkland ó Malvinas, Traducido por Braulio Costa, 1851, página 23 y siguientes.

Gustafson, Lowell S., The Sovereignty Dispute Over the Flakland (Malvinas) Islands, Oxford University Press, 1988, páginas 5 y 6.

Laver, Roberto C., The Falkland/Malvinas Case, Martines Nijhoff Publisher, 2001, página 34.

Luzuriaga, Juan Carlos, Las Campañas de Cevallos. Defensa del Atlántico Sur, 1762-1777, Ediciones Almena, Madrid, 2008.

Palacios, Alfredo, Las Islas Malvinas, archipiélago argentino, Editorial Claridad, Buenos Aires, 1934.

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09 Nov 2008 23:43
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Nuevo mensaje Re: Islas Malvinas
Gracias.

Muy ameno e instructivo.

un saludo

Antonio

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"Si vis pacem, para bellum"


10 Nov 2008 01:27
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Nuevo mensaje Re: Islas Malvinas. Combates y Historia.
Excelente como siempre el trabajo del amigo Blas de Lezo.
Sólo voy a realizar dos observaciones.

La primera es señalar que la fragata "Heroína" que tomó posesión de las islas Malvinas para la Argentina, era una nave corsaria reconocida como nave de Estado (lo cual no era habitual, pero sucedió en algunos casos).

La segunda es corregir un error que de ningún modo es imputable al amigo sino a sus fuentes. La HMS "Swift" perdida en la Patagonia era un sloop of war. Por un error de traducción, muchas fuentes la consideran una simple balandra ("sloop"; evidentemente, alguna la clasifica como "goleta", como hace el amigo Blas). En realidad, era una nave de potencia bastante similar a la HMS "Favourite", con lo que su pérdida fue sumamente relevante para los ingleses (que de cualquier manera habrían sido ampliamente superados por la escuadra española). Una de las pocas fuentes que indican adecuadamente sus características es una monografía bastante reciente, donde se analiza la historia de la nave, cnetrada muy especialmente en su pérdida y los restos hallados en el lugar. Recientemente se recuperaron los restos de uno de los pocos marinos fallecidos en el naufragio de la HMS
"Swift".

Saludos
Rioplatense

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16 Nov 2008 21:53
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Nuevo mensaje Re: Islas Malvinas. Combates y Historia.
Interesante información de la Swift en esta dirección:

https://www.histarmar.com.ar/SubArch/HMS ... t-Base.htm

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17 Nov 2008 01:13
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Nuevo mensaje Re: Islas Malvinas. Combates y Historia.
El artículo que Espaldar menciona tiene esencialmente el mismo material del libro. Desconocía que este artículo estaba en internet (se trata de una excelente página, con enormes cantidades de material sobre naves del siglo XX y XXI pero con algunos interesantes trabajos sobre embarcaciones más antiguas).
Ahí puede verse que la HMS "Swift" era un "sloop of war" de tres mástiles (en otras palabras, en la Real Armada habría sido una corbeta, o bien una pequeña fragata con piezas de bajo calibre).
Saludos
Rioplatense

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17 Nov 2008 02:22
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Grumete
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Nuevo mensaje Re: Islas Malvinas. Combates e Historia.
Una de las cosas que más me apasiona es poder leer textos antiguos, y sin lugar a duda uno encuentra en el google libro una fuente infinita de información, notas curiosas e interesantes de bibliografías que fueron impresos no solo en los siglos XX y XIX sino que hasta algunos impresos en el siglo XVII.

En esa biblioteca virtual, hace tiempo encontré una serie de libros con el título “Revista de Buenos Aires”, los que contiene una colección de un periódico mensual con el mismo nombre que aparecieron a partir del año 1863 en la actual capital Argentina.

En ella uno encuentra muchos relatos históricos escritos por, lo que en esos tiempos eran periodistas y luego se convirtieron en reconocidos historiadores argentinos.

Entre las numerosas notas que aparecen encontré un extenso trabajo sobre las Islas Malvinas que me sorprendió, primero por la nacionalidad de quienes los escribieron, estos no eran ni argentinos, ni británicos, ni españoles, ni siquiera franceses para nombrar a las cuatros naciones que tuvieron en su momento colonias en esos archipiélagos, sino por norte americanos.

La segunda sorpresa fue para quienes se realizo, no era para ningún libro, periódico o universidad, sino para el congreso de los Estados Unidos.
Y… la sorpresa final fue el ¿Para qué?, para usar como herramienta de referencia ante un posible reclamo de soberanía de los Estados Unidos sobre las Islas Malvinas.

Estas series de notas aparecen en los tomos XII y XIII de dichos libros impresos en el año de 1867. Escrita para el Merchantz Magazine por Roberto Greenhow, autor de una memoria histórica y política, sobre la costa Nordeste de Norte América, publicada por orden del senado de los Estados Unidos en 1840.

El informe abarca una introducción referente a la geografía y fauna de la Isla y luego un detallado desarrollo histórico de la misma, como el tema del foro es la historia naval y como todos saben en estas islas ocurrieron hechos en la cual estuvo involucrado la marina de guerra Española, es por esta razón que pensé subirla, pero no completa, solo la parte histórica.

Aclaro solo se puede tomar como una referencia, y me gustaría que cuando involucre a eventos ocurridos en España, algunos de ustedes verifiquen la veracidad de los mismos.

Lo pueden encontrar en forma completa en los siguientes link, el libro XII en la dirección web
https://books.google.es/books?id=EvsvAAA ... q=&f=false

Existe otra versión en esta dirección web
https://books.google.es/books?id=rF5FAAA ... q=&f=false

Libro XIII se encuentra en
https://books.google.es/books?pg=PA357&i ... q=&f=false

Espero que le sea interesantes y desde ya un saludos.

Islas Malvinas memoria descriptiva, histórica y política


Esta Memoria sobre las islas Malvinas escrita en inglés, fue enviada por el general Alvear de los Estados Unidos al general Guido, ministro de la Confederación (1) en Rio Janeiro, quien la hizo traducir por el Secretario de la Legación Argentina, don José Tomás Guido, y la remitió con una nota diplomática al Ministro de Relaciones Exteriores en Buenos Aires, que á su vez la transmitió al Enviado de la República en Inglaterra doctor don Manuel Moreno.

Esa traducción es la que hoy publicamos.

(1)Quiero aclarar para los amigos Españoles que el nombre Confederación Argentina se utiliza para referirse al período comprendido entre 1835 y 1852.

Sabido es que este compatriota sostuvo con ilustración ante diversos gabinetes, y especialmente en su hábil protesta ante lord Palinerston, los derechos de su patria á la posesión de las Malvinas
En la ítévuedes DeuxmonJts correspondiente al 10 de setiembre de 1843, se publicó un artículo bajo el titulo Islas Falkland ó Malvinas, escrito por Guirnbolt ó Guirublot, el cual fue traducido por un argentino y dado á luz en 1851 en el Diario de Avisos, en la sección biblioteca, formando un volumen en 8° de 96 pág.

Últimamente don Isaac P. Areco ha publicado un volumen en 4° de 159 páginas que presentó como tesis para obtener el grado de doctor, en el cual trata detenidamente sobre el derecho del gobierno argentino á las referidas islas. Este libro tiene un apéndice de documentos justificativos, publicados anteriormente en los folletos de Angelis, Vélez Sarsfield y por el ministro argentino don Manuel Moreno, en Londres, en 1841.

Descubrimiento de las islas Malvinas.

El mérito de descubrir estas islas ha sido por los portugueses, los españoles, los holandeses, y los franceses. Américo Vespucio, en el diario de su viaje, por el Océano Atlántico del Sud, hecho en 1502, mientras estaba en el servido de Portugal, dice que vio una tierra inculta y árida mas de los 52 grados de latitud sud; pero bajo que meridiano, es imposible saber. Los españoles aseguran que las islas fueron encontradas por sus mas tempranos navegantes en aquellas mares, quienes las llamaron Islas de Leones; no se ha aducido prueba directa de esta aserción, pero apenas parece posible que hubiesen permanecido sin ser vistas por naturales de aquella nación, durante un siglo entero en que tantas de sus escuadras se ocupaban en explorar los mares y costas adyacentes.

La primera noticia de la existencia de las islas que puedo considerarse como clara, está contenida en la relación del viaje de Juan Davis, comandante de uno de los buques de la escuadra inglesa enviada al Pacifico bajo Cavendish en 1591, escrita por Juan Lane, uno de la tripulación, y publicada en Londres por Hakluyt en 1600. El escritor allí dice, que después de intentar en vano entrar al Estrecho de Magallanes, fueron el 14 de agosto de 1592, arrojados entre ciertas islas nunca antes descubiertas por ninguna relación conocida, situadas cincuenta leguas ó mas de de la orilla, al este y norte de los estrechos. «Esta descripción, aunque corta, es suficiente para establecer el hecho, de que Davis en 1592, vio alguna de las mas al nordeste de las Islas Malvinas; y sobre la prueba así presentada, la Gran Bretaña funda su reclamo » la soberanía de todo el archipiélago.

Las mismas islas fueron también vistas sin duda por el celebrado Sir Ricardo Hawkins; en la narrativa de cuyo viaje por Juan Ellis, se dice, que, el 2 de febrero 1593 á 1594, tocamos con la Tierra Auslralis, en 50 grados, 55 leguas frente al Estrecho de Magallanes, al este nordeste del estrecho.» Sir Ricardo, creyendo el mismo ser el primero que había visto este territorio le dio el nombre de Tierra virgen de Hawkins; porque, como el dice, ”fue descubierta en el reinado de la Reyna Isabel, mi Soberana Señora, y reina virgen, ya mi costa, en perpetua memoria de su castidad y de mis esfuerzos.” Este nombre, sin embargo no tuvo curso general; y las islas no fueron destinadas á servir como monumentos que recordasen la castidad de la Reyna Isabel ó la perseverancia y liberalidad del denodado pirata.

El último navegante, por quien se supuso haber sido hecho el descubrimiento de estas islas, fue Sebaldus ó Sibhald Vanwerdt, comandante de uno de los cinco buques holandeses enviado al Pacífico desde Rotterdam en 1599, al mando de Jacob Malu. Habiendo sido frustrada su tentativa de pasar el Estrecho de Magallanes, Van Weerdt resolvió regresar a Europa; y á su vuelta, dos días después de dejar aquel paso, dio con tres islas pequeñas, en la latitud de 50 grados, 40 minutos, distantes sesenta leguas del continente sud-americano, que fueron, con toda probabilidad, las mismas vistas por Davis y Hawkins. Los holandeses, en consecuencia, dieron el nombre de Islas Sebaldinas á todo el archipiélago; que es así llamado en muchos mapas ingleses, publicados en el último siglo, mientras en otros aparecen como las Islas de Sible Wards.

Los errores de latitud en las narraciones ya mencionadas, subiendo en algunas a un grado y medio, no son extraordinarios, considerando la imperfección de los instrumentos usados entonces, para determinar las alturas de los cuerpos celestes, y la falta de tablas propias y métodos de cálculo.

En el curso de los siguientes ciento y cincuenta años, estas islas fueron vistas por mochos navegantes de muchas naciones: una de ellas era probablemente la misma, á que Cowley, el pirata, dio el nombre de Isla de Pepy, en 1684, aunque la colocó en la latitud de 47 grados 40 minutos, donde fue frecuentemente buscada en vano. En 1690, Strong, un inglés comandante del Welfare, navegó por entre el paso que separa las dos islas más grandes, y lo llamó Canal de Falkland, en memoria del bien conocido realista, Lucios Car y Lord Falkland, muerto en la batalla de Newbury, en 1643. El Diario de Strong es conservado en el museo británico manuscrito. Por cortos extractos contenidos en la narrativa de Fitzroy, sabemos que Strong vio la tierra el 27 de enero, cerca del paralelo 51, y envió un bote a tierra para obtener penguines y seals como alimento para su tripulación; el 28, entró al mar por el norte; y el 31 salió de él por su abertura al sud, habiendo desembarcado una ó dos veces en las orillas al pasar. Esta es la mas temprana visita á las islas de que se encuentra noticia alguna; y como forma uno de los fundamentos de los derechos británicos á la posesión de ellas, no es poco extraño que el diario nunca haya sido publicado.

El nombre de Islas Falkland no parece haber sido dado al grupo antes de 1745. A principios del último siglo, fueron también vistas y visitadas por buques franceses de San Malo en Britanny, ocupados en la pesca, y en el tráfico de contrabando con las costas españolas del Pacífico: y así obtuvieron el nombre de Islas Malouinas, que los españoles adoptaron con un ligero cambio, llamándolas Islas Malvinas. Los otros nombres fueron con el tiempo gradualmente abandonándose, y en los últimos cien unos han sido siempre llamadas por los Ingleses Islas Falkland; por los Franceses Islas Malouinas, y por los Españoles Islas Malvinas.

Primeros establecimientos en las Islas Malvinas.

Se ha mencionado ya que las Islas Malvinas no fueron con toda probabilidad nunca habitadas hasta 1764; y no parece que llamaron seriamente la atención de los poderes dominantes de ninguna nación civilizada antes de aquel año, excepto en una ocasión.

En 1748, en consecuencia de las representaciones hechas por el Comodoro Anson á su regreso del Pacifico, el gobierno británico resolvió establecer una colonia y puesto militar en algún punto cerca del Estrecho de Magallanes, para proporcionarlos medios de refugio, refresco y reparaciones á buques que se dirigiesen ó procediesen del Pacifico; y se equiparon dos buques á fin de reconocer las Islas Malvinas, que ofrecían al parecer grandes ventajas pura el proyectado establecimiento. La Corte de Madrid sin embargo llegó á informarse del plan, y representó tan fuertemente contra él que se dio contra orden sobre la expedición, y los seáls y penguines en las Malvinas quedaron en paz por diez y seis años mas.

Seria de observarse aquí, que todo el continente americano y las islas adyacentes, (con excepción del Brasil) así como la parte occidental del Océano Atlántico y toda la del Pacifico, fueron originalmente reclamados por los monarcas españoles como su exclusiva propiedad, en virtud de la concesión que les fue hecha por el papa Alejandro Sexto, en su famosa Bula de Partición expedida en 1493, el año después del descubrimiento del nuevo mundo por Colon. Sobre todas estas tierras y mares los soberanos de España insistieron en ejercer absoluto dominio, y los individuos de otras naciones fueron prohibidos, bajo pena de muerte, de tocar las orillas ó navegar la costa. Cuando, sin embargo, en el progreso del tiempo, otras naciones, rehusando reconocer la validez de esta concesión, ó someterse á estas prohibiciones, fundaron y resolvieron mantener establecimientos en América, el gobierno español se esforzó en fortificar su titulo, avanzando nuevos reclamos sobre el titulo de primer descubrimiento, que eran apenas menos extravagantes que los derivados de la Bula Papal. Los descubrimientos de los españoles en el nuevo mundo, eran ciertamente extensos é importantes; pero desgraciadamente para España, el conocimiento así adquirido, fue generalmente tenido secreto por su gobierno, con el objeto de asegurar todas las ventajas que de él podrían resultar; mientras los ingleses, los franceses y los holandeses, por el contrario, publicaban relaciones de las exploraciones inmediatamente que las hacían. La consecuencia fue, que cuando se suscitaron las diputas entre España y uno de los ya mencionados poderes respecto al derecho de soberanía sobre territorios en América, el gobierno español solo pudo presentar, en prueba de prioridad de descubrimiento por sus súbditos, estériles aserciones, ó diarios manuscritos y cartas de autenticidad cuestionable, contra las pruebas indudables presentadas por 1a otra parte, por obras, que habían sido impresas y franqueadas á todos, aun desde el periodo en que ocurrieron los hechos establecidos en ellas.

Pero aún cuando las pruebas de primer descubrimiento estuviesen claramente en favor de España, ninguna otra poderosa nación se sometería á ser excluida para siempre de un vasto desocupado territorio, solo porque un punto sobre la costa, pudo haber sido visto primero por un español; y de consiguiente durante el siglo XVII, los ingleses, franceses y holandeses, plantaron colonias en la parte Atlántica de Norte-América, y en las islas de la india Occidental, desde la cual enjambres de traficantes libres, y filibusteros indirectamente animados por los gobiernos, fueron enviados á infestar las rostas hispano-americanas.

De estos despreciadores de las pretensiones y prohibición de los monarcas católicos, los mas perseverantes, resueltos y afortunados fueron los ingleses, que oportunamente se mostraron no menos rapaces que los españoles, porque á mediados del siglo XVII, reclamaron en virtud de unos pocos establecimientos pequeños cerca del Atlántico, toda la costa de Norte-América sobre aquel Océano, desde la Florida al Canadá, y todo el continente que desde allí se extiende al Occidente de la parte del Pacifico. El gobierno español rehusó constantemente admitir su titulo á ningún paraje en el nuevo mundo hasta 1670, cuando se concluyó un tratado entre los dos poderes, en el cual se convenía que el rey de la Gran Bretaña y sus sucesores, tendrían y gozarían con plenario derecho de soberanía y propiedad, lodos los territorios entonces poseídos por él ó sus súbditos en las Indias Occidentales ó en alguna parte de América. Este convenio fue renovado y confirmado por el tratado de Utrecht, en 1715, en que también se estipuló, que los antiguos limites de las Indias Españolas Occidentales, y el ejercicio de la navegación y comercio allí, serían arreglados y permanecerían como estaban en 1700, al tiempo de la muerte del rey Carlos II de España. Los términos de estas convenciones eran sin embargo tan vagos, que más bien parecían aumentar que atenuar las causas de disputa. El significado de la expresión Indias Españolas Occidentales nunca pudo fijarse ó definirse á satisfacción de ambas partes; era imposible para ellas aun averiguar cuales eran los limites de sus respectivas posesiones, el estado de la navegación y comercio en aquella parte del mundo, en el tiempo del rey Carlos II, ó en cualquiera otro; y durante los cortos intervalos de paz entre las dos naciones, se levantaban diariamente controversias, sobre si cierto establecimiento británico estaba situado ó nave inglesa había sido tomada, dentro ó fuera de los limites determinados en el tratado de Utrecht,
Cuestiones de esta naturaleza han ocasionado casi todas las guerras entre España y la Gran Bretaña desde el descubrimiento de América; y disputas por semejantes causas se levantaron entre España y Francia, y entre esta última potencia y la Gran Bretaña. Al fin, en 1763, se concluyeron tratados en París, que prometían asegurar la continuación do la paz entre estas naciones. La Francia cedió la Luisiana á la España, y á la Gran Bretaña el resto de sus posesiones en Norte América, y el rio Mississippi (excepto la parte mas al Sud) vino á ser el limite que separó los dominios de España de los de la Gran Bretaña en aquel continente. Esta última potencia adquirió gran fuerza adicional por estos arreglos; pero por otra parte, Francia y España fueron, ó se supuso que lo fueron firmemente ligadas entre si, no solo por esta remoción de causas de disputa, sino también por el famoso tratado de alianza entre sus soberanos, llamado el Pacto de Familia.

En este tratado que había sido concebido y llevado á efecto por el enérgico duque da Choiseul, entonces único director de los negocias de la Francia, los dos gobiernos se obligaban á considerar como su común enemigo todo poder que viniere á ser el enemigo de, uno de los dos, y se garantieron uno á otro todas sus posesiones, en todas las partes del mundo. Sin embargo, inmediatamente después de este restablecimiento de paz cutre la Gran Bretaña España y Francia, cada una de estas potencias se empeñó en cometer actos calculados para ofenderse é irritarse. Así, en 1764, los franceses expulsaron de la Isla del Turco, un bajío pequeño inhabitado sobre el mar cerca de la costa norte de Santo Domingo un número de ingleses, que estaban allí ocupados en recoger sal; los españoles se esforzaron de igual manera, en confinar á los cortadores ingleses de caoba sobre las costas de Yuca tan dentro de mas estrechos límites que aquellos á que habían estado largo tiempo acostumbrados; y las Islas Malvinas vinieron á ser, por el mismo tiempo, el campo de transgresiones por los ingleses y los franceses contra los establecidos derechos de la España.

Después de la trasferencia de Acadia, ó Nueva Escocia, por los franceses á los ingleses en 1763, un número de los habitantes de aquel país, no queriendo permanecer allí, fueron llevados á Francia, donde el gobierno se vio obligado á contribuir á su sostén; y para proveer á su subsistencia, Mr. de Bougainville, caballero de rango y fortuna, que había servido con distinción en el ejército en Canadá, propuso transportar á los que quisieran ir, a las Islas Malvinas, y establecerlos en algún punto conveniente para buques ocupados en el comercio del Pacifico. El ministro Choiseul prontamente entró en el proyecto; y en setiembre del mismo año Bougainvílle salió do San Malo con dos buques, llevando algunas familias acadias como emigradas á las islas. Los buques pararon en Santa Catalina, en el Brasil, y en la boca del Rio de la Plata, donde tomaron á bordo ganado y otros artículos para la colonia, y después de examinar varios lugares en las islas, el 5 de febrero de 1764, anclaron en la segura y espaciosa bahía al costado nordeste de la Malvinas Oriental, que llamaron Bahía do Acarron, ahora generalmente llamada Sonda de Berckeley. Allí desembarcaron y tomaron posesión del país por el rey de Francia, enterrando en varios lugares medallas, con el mote en el anverso «Tibí serviat ultima Thule»—y en el reverso una inscripción conmemorativa de esta apropiación del territorio.

Antes que los franceses hubiesen estado largo tiempo en la isla, estuvieron ya sujetos á muchas dificultades, y encontraron muchas causas de descontento. Se les escapó el ganado; y solo un poco de el pudo recobrarse.

Habían traído solo corta cantidad de provisiones, esperando conseguir caza en abundancia; pero después que mataron algunos pájaros de mar, los otros se tornaron muy asustadizos, y los fundadores se vieron obligados á vivir de lobos. La completa falta de árboles parecía también presentar una dificultad insuperable á su permanencia; descubrieron sin embargo la turba, que vino a ser un excelente combustible; su jefe hizo viajes las costas sud-americanas, de donde traía madera para sus casas; y con la asistencia de los marineros, pronto edificaron una pequeña ciudad y fuerte, en la extremidad occidental de la bahía, á que dieron el nombre de Puerto Luis. Bougainville habiendo así plantado su colonia, dio á la vela para Francia en junio, con un cargamento de píeles de lobo. El año siguiente volvió á Puerto Luis trayendo otros colonos; después de lo cual zarpó otra vez para Europa, dejando el establecimiento, que contenía setenta y nueve habitantes, al cargo de M. de Nerville.

Estos procedimientos de los franceses no dejaron excitar los celos del gobierno británico, y revivió el proyecto de formar un establecimiento sobre las islas ó en su vecindad. El capitán Byron, (abuelo del poeta) que salió de Inglaterra en junio de Í764, á un viaje de descubrimiento en e1 Pacífico, recibió instrucciones para buscar algún paraje propio para aquel fin; y «aunque» dice el preámbulo á sus instrucciones, «las islas de Su Majestad, llamados islas de Pepy, é Islas de Falkland, situadas dentro de dicho camino, á pesar de haber sido primero descubiertas y visitadas por navegantes ingleses, nunca han sido tan suficientemente reconocidas, que pueda formarse un juicio exacto de sus costas y productos; Su Majestad, tomando estas premisas en consideración, y considerando que ninguna coyuntura es tan propia para una empresa de esta naturaleza como un periodo de profunda paz, que su reino al presente felizmente goza, ha creído propio que sea ejecutada.

El derecho á la posesión de las islas, así sentado, pudo solo haber descansado sobre su supuesto primer descubrimiento por Davis ó Hawkins, y la visita hecha a ellas por Strong, cuyo diario estuvo entonces, y aun está, inédito. La justicia de tal asunción de soberanía sobre tales motivos puede ciertamente cuestionarse. Que una nación, cuyos súbditos han descubierto un país, cuya existencia era antes desconocida, derivasen de tal descubrimiento el derecho á ocuparlo, y después de la ocupación, á ejercer soberanía sobre el país, puede admitirse como una regla general; pero esta regla general está sujeta á muchas dificultades y excepciones en su aplicación, y el derecho así derivado no puede seguramente ser considerado como subsistente para siempre con exclusión de todas las otras naciones. No es siempre fácil decidir cuan nuevo y completo, debe haber sido un descubrimiento, como para dar justo derecho de ocupación; ó á que extensión de país un titulo de soberanía puede haberse adquirido por un establecimiento. La historia muestra que estas, como casi todas las otras cuestiones de ley nacional, han sido en cada caso determinadas por la común según los intereses del partido más fuerte, sin atención a precedentes; y no es probable que mi solo principio sobre la materia fuese universalmente establecido mientras alguna parte dé la tierra quede sin pertenecer á ninguna nación civilizada.

Para exhibir las miras del gobierno ingles sobre estos puntos, como oficialmente asentadas en 1826, se citará aquí un pasaje de la Memoria presentada por los señores Huskisson y Addington, comisionados de aquel gobierno, á Mr. Gallatin, plenipotenciario dé los Estados Unidos en Londres, durante la negociación entre ambas partes, relativa á las costas nordeste de Norte América. «Sobre la cuestión hasta donde la prioridad de descubrimiento constituye un derecho legal a la soberanía, la ley de las naciones es algo vaga é indefinida. Está sin embargo admitido por los mas graves escritores—que el mero descubrimiento accidental, no acompañado por exploración, ni tomando formalmente posesión a nombre del soberano del descubridor, —por ocupación y establecimiento mas o menos permanente—por compra del territorio, ó recibiendo dé los naturales la soberanía—constituye el título de mas inferior grado, y solo á medida que el primer descubrimiento sea seguido por uno ó todos de aquellos actos, tal título se robustece y se confirma.» Tal era la opinión del gobierno británico en 1826; y ya se han ofrecido medios para averiguar cual seria la fuerza sobre estos principios del título del gobierno británico a las Islas Malvinas en 1763.
Conforme á sus instrucciones, el capitán Byron examinó las Islas Malvinas, y encontró en ellas varios puertos, á uno de los cuales, situado al lado norte de la Falkland occidental, dio el nombre de Puerto Egmont, en honor del conde que estaba entonces á la cabeza del almirantazgo; había, sin embargo, sido visitada en el año precedente por Bougainville, que lo llamó Puerto de la Cruzada—El 23 de enero de 1765, Byron desembarcó en este puerto; y «tomó posesión de él y de todas las islas circunvecinas, por Su Majestad el rey Jorge III de la Gran Bretaña; después de lo cual prosiguió su viaje al Pacífico, dejando al capitán Macbride en una corbeta de guerra, con órdenes de explorar el archipiélago, y después llevar á Inglaterra los resultados. Macbride de consiguiente circunnavegó el grupo, en el curso del cual descubrió el establecimiento francés en la Bahía de Accarron, llamada por él Berkeley Sound; y habiendo intimado á los colonos que saliesen de los territorios de Su Majestad Británica, regresó á Inglaterra en la última parte del año.

Continuara


14 May 2011 12:08
Grumete
Grumete
Nuevo mensaje Re: Islas Malvinas. Combates e Historia.
Esta nota se encuentra en “La Revista de Buenos Aires”
Año IV; Número 50
Fecha de edición junio 1867
Tengo dos versiones de ese libro la primera esta entre las paginas 517 a la 525 la dirección web
https://books.google.es/books?id=EvsvAAA ... q=&f=false
La otra versión esta entre las paginas 448 a la 454 la dirección web es
https://books.google.es/books?id=rF5FAAA ... q=&f=false

Parte II

En esta parte relata como los españoles desalojaron a los franceses e ingleses de las Islas
(Continuación)

España hace valer su soberanía

Por las representaciones de Byron en favor de la situación de Puerto Egmont, y la facilidad de obtener alimentos allí, los ministros ingleses determinaron fundar un establecimiento en aquel paraje; y Macbride fue inmediatamente enviado para el efecto, con cerca de cien personas, en la fragata Jasan, que llegó al puerto en enero de 1766. Los ingleses, con grandes esfuerzos, pudieron tener preparadas sus primera habitaciones antes del invierno; estaban sin embargo tan poco gustosos con su nueva morada, como los franceses lo habían estado con Berkeley Sound; y las descripciones de Macbride, referidas por Jhonson, nada menos eran que halagüeñas. (1)

Disputa entre la Gran Bretaña y España respecto á las Islas Malvinas

Así á principios de 1766, un establecimiento francés y otro ingles existirán en las Malvinas, cuya población reunida ascendía a dos cientos; el mayor número de personas que antes ó después de aquel año han habitado en tiempo alguno el archipiélago. El derecho de cada una de estas naciones á formar tales establecimientos sobre las islas en el Océano, no habitadas y muy distantes de las posesiones de ningún otro poder civilizado, apenas se cuestionarán actualmente; aunque los Franceses habrían citado precedentes en favor de su anterior ocupación. El gobierno de España, sin embargo, apegado á sus antiguas pretensiones, y recelando la invasión del Pacifico por sus rivales, determinó resistir sus tentativas á apropiarse estas islas á la entrada de aquel mar, y en consecuencia, el primer ministro Grimaldi representó á las cortes de Versalles y S. .James, contra la continuación de los establecimientos hechos por sus respectivos súbditos sobre los territorios de Su Majestad Católica.

El duque de Choiseul, por parte de la Francia, estuvo al principio determinado á no ceder á este requerimiento; y una irritante correspondencia se siguió entre los dos ministros, que al fin empezaron á hacer preparativos de guerra. Luis XV rey de Francia, se informó entretanto de lo que pasaba; y ansioso de pasar quieto el resto de su vida, prohibió á su ministro proceder mas adelante en la disputa, y escribió él mismo á su primo, Carlos III de España, declarando su disposición a apartar á sus súbditos de las Malvinas, con tal que recibiesen de España indemnización por sus perjuicios. A esto accedió prontamente el monarca español; y de consiguiente á la llegada de Bougainville á Francia, en el verano de. 1766, él mismo fue despachado por su soberano á Madrid, donde el 4 dé octubre siguiente, firmó un convenio para entregar Puerto Luis á España, recibiendo una suma igual á cerca de ciento y veinte mil pesos, siendo el monto de los gastos que desembolsó la compañía de San Malo, enfundar sus establecimientos intrusos en las Islas Malvinas pertenecientes a Su Majestad Católica.» En ejecución de este convenio enviándose buques á Puerto Luis, en que los colonos fueron llevados á Francia: los Españoles entonces tomaron posesión del puerto, cambiando su nombré con debida solemnidad en el de Soledad; se fijó allí una guarnición, y el establecimiento fue mantenido bajo la autoridad del gobernador de Bueenos Aires hasta 1808. Supón ése generalmente que Bougainville y sus colonos estuvieron contentos con este arreglo, pues había venido á ser evidente que la colonia no podía sostenerse, ó por agricultura, ó por tráfico, ó proveyendo víveres á los buques, ni de otro modo.

Los esfuerzos de la corte de Madrid para arrancar del gobierno británico el que separase sus súbditos de las Islas Malvinas no tuvieron buen éxito. De las discusiones entre ambas partes sobre la materia, nada está públicamente conocido, sino que tales discusiones tenían ciertamente lugar, aunque mas de un historiador británico ha declarado lo contrario. Hay sin embargo razón para creer que las representaciones del gobierno español eran tratadas con alta indiferencia, sino con desprecio, por el ministerio británico; y que España quedó en consecuencia reducida á la alternativa de ceder á la Gran Bretaña derechos que ella había negado ala Francia, ó de emplear la fuerza para vindicarlos. Al fin, cuando hubieron pasado tres años sin ningún prospecto de una conclusión pacífica de la dificultad, de un modo satisfactorio paira España, se determinó en Madrid que los Ingleses fuesen removidos de las Islas Malvinas á todo trance; y operaciones con aquel objeto fueron, en 1769, empezadas por don Francisco Bucareli, gobernador de Buenos Aires, dentro de cuya jurisdicción se supuso que las islas estaban situadas. Los sucesos que siguieron á esta determinación serán ahora presentados del modo que ocurrieron.

En noviembre 1769, el capitán Hunt, de la fragata inglesa Tamar, surta á la sazón en Puerto Egmont, observó una goleta ocupada en reconocer la entrada de aquel puerto, y la mandó salir. Pocos días después reapareció la misma goleaa, trayendo un pequeño presente de refrescos del gobernador de Soledad, (el puerto español sobre el Souud Berkeley) al capitán Hunt, con una carta, en que el gobernador expresaba su sorpresa, de que un buque perteneciente á Su Majestad Católica hubiese recibido orden de salir de un mar español, y que súbditos de una nación amiga se hubiesen establecido en una isla española; concluyendo con intimaciones á los Ingleses, en lenguaje civil aunque positivo, de evacuar el punto. E1 capitán Hunt replicó en el mismo tono y modo; defendiendo el derecho de su propio soberano, fundado sobre descubrimiento y establecimiento, á la posesión de las islas, de que él intimó á los Españoles salir dentro de seis meses. Otras cartas al mismo efecto pasaron entre los dos oficiales, por medio de la goleta española; y al fin, en febrero de 1770, dos fragatas españolas aparecieron en Puerto Egmont, cuyo comandante repitió las intimaciones á los Ingleses, y recibió las mismas contestaciones que habina sido dadas al gobernador de Soledad.

A la partida de estos buques, el capitán Hunt salió para Inglaterra, donde llegó el 3 de Junio, y comunicó lo que había ocurrido al Ministerio. En el curso del siguiente verano, se recibió también información de Mr. Harris, encargado de negocios ingles en Madrid, de que una actividad extraordinaria reinaba en los arsenales navales de España; y después como el 12 de setiembre se averiguó claramente y se admitió como cierto por el embajador español en Londres que había sido despachada de Buenos Aires una escuadra con el fin de desalojar á los establecidos en Puerto Egmont. Todas estas circunstancias se mantuvieron secretas por el ministerio británico: sin embargo rumores de la existencia de dificultades, y de prospecto de guerra con España, vinieron á ser corrientes por el reino, y miembros eminentes de ambas casas del parlamento, entre quienes estaba Lord Ghatbam, abiertamente expresaron su creencia, que iba á descargarse un golpe por España contra los ingleses en alguna parte del mundo.

Volvamos A las Islas Malvinas.

El 4 de junio de 1770, la fragata española Industria, mandada por don Juan Ignacio Madariaga, general de marina, entró en Puerto Egmont. y dos días después, otros cuatro buques de la misma clase y nación anclaron en el puerto delante de la pequeña ciudad. El único buque británico surto allí, era la corbeta de guerra Favorite, de diez y seis cañones, mandada por el capitán Malby, y las únicas fortificaciones en tierra eran un reducto y una batería de tapial, montando juntas cuatro cañones de á doce. El número de personas pertenecientes al establecimiento era como ciento veinte; la Favorite, sin embargo tenia á su bordo, en adición á su propia tripulación, la de la corbeta de guerra Swift que había naufragado poco antes sobre la costa Sud Americana; de modo que los ingleses habrían podido pasar revista á cuatrocientos ó quinientos hombres.

Luego que los buques españoles últimamente llegados hubieron anclado, el capitán Farmer. Gobernador en jefe de la colonia ordenó al capitán de la Favorite tomar posesión mas cerca de tierra, para la defensa de la ciudad, pero cuando éste intentó obedecer esta orden, se dispararon sobre él dos tiros de las fragatas y se vio por consiguiente obligado á estar quieto. Los capitanes ingleses escribieron entonces al comodoro español, pidiéndole partir después que tomase los refrescos necesarios; en contestación á lo cual recibieron una carta de Madariaga, informándolos,—que él había venido con una fuerza muy considerable, comprendiendo mil cuatrocientos hombres, además de la tripulación de sus buques, y con un amplio suplemento de artillería y municiones con orden de su gobierno para expeler á los ingleses de las islas y que á menos que se dispusiesen inmediatamente á partir, él los obligaría á hacerlo así; y ellos mismos serian responsables de las consecuencias. A estas intimaciones Farmer rehusó acceder, y continuó sus preparativos de defensa; al ver lo cual, Madariaga dirigió otra carta el 9, declarando que si dentro de quince minutos después de su recibo no daba prueba de abandonar las islas se comenzaría sobre él un ataque por mar y tierra. Los ingleses sin embargo, persistieron en su determinación de no ceder, hasta que los españoles; hubieron desembarcado y rompieron el fuego; cuando considerando vanas todas las tentativas de resistencia, Farmer propuso términos de capitulación á que el comodoro asintió; y el puerto fue de consiguiente ocupado por los españoles el 10 de junio. Los colonos se embarcaron á bordo de la Farorite, permitiéndoseles tomar consigo la propiedad que quisiesen llevar, dejando el resto bajo inventario en el almacén de aquel punto y concluido este asunto la corbeta de guerra zarpó para Inglaterra el 14 de julio.

Los historiadores ingleses han prodigado el ridículo sobre los Españoles por enviar tan amplio armamento contra una fuerza tan corla como la de Puerto Egment. Pero en primer lugar, los Españoles debieron razonablemente esperar encontrar una escuadra inglesa en el puerto; y sin embargo, era sustancial el evitar resistencia de parte de los colonos porque si se hubiese derramado sangre en esa ocasión, se habría inevitablemente seguido la guerra entre las dos naciones.

La Favorite, trayendo los colonos y las noticias de su expulsión de las islas Falkland, llegó á Inglaterra el 22 de Septiembre de 1770, y todo el pueblo de aquel reino cayó en una fiebre de indignación contra los españoles. El secretario de estado, Lord Weymouth, dirigió á la corte de Madrid demandas para la restauración instantánea de los colonos á Puerto Egmont, y reparación del insulto cometido contra la dignidad de la corona británica, por haber sido removidos de aquel lugar por la fuerza. A estas demandas la corte española dio al principio contestaciones evasivas esforzándose en cambiar la cuestión pendiente en otra relativa al derecho de soberanía sobre las islas. Lord Weymouth, sin embargo rehusó positivamente aquella ó ninguna otra cosa, hasta que se hubiese hecho la restitución y satisfacción que pedía, y los preparativos de guerra que habían ya comenzado, fueron proseguidos con vigor. Después de alguna ulterior correspondencia, el Príncipe de Masserano, embajador español en Londres, se declaró autorizado para decir en nombre de su soberano, que no se habían dado órdenes particulares al gobernador de Buenos Aires en aquella ocasión, aunque aquel oficial había obrado de acuerdo con sus instrucciones generales y juramento como gobernador, y con las leyes generales de Indias, en expulsar á los extranjeros dé los dominios españoles; y que estaba pronto á empeñarse por la restauración de los ingrésese á Puerto Egnont, sin ceder sin embargo ninguna una parte del derecho de S. M. Católica á las islas Malvinas; con tal que el rey de Inglaterra reprobase á su vez la conducta del Capitán Hunt en mandar salir á los Españoles de Soledad, lo cual, aseguraba él, había convenido á las medidas tomadas por Bucarelli. A esto el ministro inglés replicó sencillamente que su soberano no podía recibir, por una convención, y bajo condiciones la satisfacción á que se consideraba con justos títulos, por el ataque contra sus derechos y dignidad por parte de España, y después de esta contestación, quedó poca esperanza por una y otra parte de un acomodamiento de las dificultades.

(1)Encontró lo que él llama una masa de islas y tierras quebradas cuyo suelo no era sino un pantano con no mejor prospecto que el de estériles montañas batidas por tormentas casi perpetuas. Sin embargo este, dice él, es verano; y si los vientos de invierno guardan su proporción natural, los que están nada mas que á dos cables de dinstancia de la costa deben pasar semanas sin ninguna comunicación con ella. La abundancia que regaló á Mr. Dyron, y que podía haber sostenido no solo ejército, sino enjambres de Patagones, ya no se encontraba. Los gamos eran demasiado prudentes para permanecer cuando los hombres violaban sus guaridas: y la tripulación de Mr. Macbdde solo pudo matar uno que otro gamo cuando el tiempo lo permitía. Todos los cuadrúpedos que encontré allí eran zorras, que él suponía haber sido traídas por el hielo: pero de animales inútiles, como animales marinos y penguines, el número era increíble.
(Pensamientos sobre las islas Falkland, por el Dr. Samuel Jhonson Publicados en 1771)


22 May 2011 11:30
Grumete
Grumete
Nuevo mensaje Re: Islas Malvinas. Combates e Historia.
Esta nota se encuentra en “La Revista de Buenos Aires”
Año V; Número 48
Fecha de edición abril 1867
El texto esta entre las páginas 170 a la 186 la dirección web

https://books.google.es/books?pg=PA190&i ... q=&f=false

Esta es la 3º de 5 notas con respecto a una vista americana de la historia de las Islas Malvinas.

Parte III

Comienza la diplomacia


(Continuación)
Al principiar la siguiente sesión del parlamento el 13 de noviembre, el rey en su discurso declaró—que por el acto del gobernador de Buenos Aires, en apoderarse por la fuerza de una de sus posesiones, el honor de su corona, y la seguridad de los derechos de su pueblo, habían sido profundamente afectados; pero que él no había dejado de hacer una inmediata demanda de satisfacción, tal cual tenia derecho á esperarla de la corte de España, y de dirigir los preparativos necesarios para ponerlo en aptitud de hacerse á si mismo justicia, en caso que su requisición no la obtuviese de aquella potencia. En los debates sobre el voto de gracias en contestación á este discurso, parece haberse admitido como cierto, que los ministros habían aceptado ó aceptarían, la denegación por el rey de España de los actos del gobernador de Buenos Aires, como suficiente satisfacción del insulto á la corona de la Gran Bretaña: y la oposición sobre estos fundamentos comenzó un violento ataque contra el partido que estaba en el mando. Seria dificultoso producir una serie de invectivas mas amargas que las que componen la arenara de Lord Chatham sobre este asunto, pronunciada en la Cámara de Pares el 22 de noviembre. El ministerio, "dice su señoría" sin declararse explícitamente; se ha esforzado en poseer al público de la opinión, de que la corte española ha reprobado constantemente los procedimientos de su gobernador; y algunas personas han sido bastante desvergonzadas y atrevidas para aconsejar á Su Majestad el sostener y apoyar tal opinión, en el discurso del trono. Ciertamente nunca se pretendió imponer con más odiosa é infame falsedad á una gran nación. Ella degrada el honor del rey: es un insulto al parlamento. Repito que la tal denegación de la corte de España del acto de su gobernador, es una falsedad absoluta y palpable. El rey de España niega el robo, mientras lo deja impune, y aprovecha de él"—En seguida, el orador acusó al ministerio de incompetencia y traición, y vilipendió á toda la nación española como baja, hipócrita y desleal. No se tomó sin embargo ninguna resolución en la legislatura, calculada para ligar á los ministros, ó prescribir el curso que debiesen seguir.
Entretanto, el rey de España, después de la repulsa de la proposición hecha por su embajador, había apelado á su primo de Francia por auxilio, en virtud del Pacto de Familia, resistiendo las tentativas de los ingleses para privarle do un territorio que había sido previamente admitido por la Francia, pertenecerle. Como Luis XV intervenía solo raras veces en los negocios de su reino, esta comunicación fue transmitida al Duque de Choiseul, que abrió una comunicación confidencial con el ministro de estado inglés y se esforzó en prevalecer sobre él para ceder el punto en cuestión con España, del mismo modo que la Francia, en 1776. Sin embargo. Lord Weymouth positivamente lo rehusó, en virtud de lo cual, Choiseul se aventuró á declarar á la corte de Madrid, que la Francia, si fuese necesario, sostendría á la España, en una guerra con la Gran Bretaña. El rey Carlos IV, al recibir esta declaración, reunió un consejo de ministros el 27 de diciembre; y se determinó entonces, que la oferta ya hecha á la corte de Londres por el príncipe Masserano, fuese repetida, y que si este ultimátum era rechazado, se declararía inmediatamente la guerra.
Antes de aquel día, sin embargo, importantes cambios habían tenido lugar en la composición de los gabinetes de Londres y Versalles.
El 21 de diciembre Lord Weymouth. Después de esforzarse en vano en inducir á sus colegas en el ministerio á adoptar un giro decisivo para con España, resignó su puesto, y le sucedió Lord Rochford, que era inclinado á hacer sacrificios por conservar la paz. El mismo día, el Rey Luis XV habiendo sido completamente informado por las representaciones de su favorita Madame Dubarry, y los otros enemigos de Choiseul en Versalles, de que iba á sumirse en una guerra con Inglaterra, repentinamente dimitió y desterró á su ministro; y el 24 de aquel mes, despachó una carta autógrafa al rey de España, declarando su resolución de mantener relaciones pacíficas con las otras potencias, si posible fuese. El recibo de esta carta destruyó por supuesto toda idea de guerra de parte de S. M. Católica, que inmediatamente escribió al rey Luis, pidiéndole tomar toda la materia en sus propias manos, y obrar como si fuese en caso propio; “recordando solamente que tenia á su cargo el honor del monarca español.”
Estando así, el rey Luis completamente autorizado, renovó la negociación secreta con el gobierno británico: que fue conducida por M. Francois secretario de la embajada francesa en Londres, por parte de la Francia,(1) y por Mr. Stuart Mackenzie por la otra parte; y después que numerosas dificultades, sobre puntos de etiqueta diplomática, como sobre otros mas importantes, fueron removidas, el asunto quedó terminado el día de la reunión del parlamento en Londres.
Aquel día, el embajador español presentó al secretario de estado británico una declaración, á efecto de que, -Su .Majestad Católica, considerando el deseo de que se halla animado por la paz, y por el mantenimiento de la buena harmonía con su Majestad Británica, y reflexionando que la violencia cometida el 10 de junio anterior en obligar al comandante y súbditos de Su Majestad Británica á evacuar á Puerto Egmont, en las Islas Falkland ó Malvinas, podía interrumpir esta paz y buena harmonía,- ha visto con pesar la expedición que tendía así á turbarlas, y reprueba la dicha violenta empresa; y Su Majestad Católica se obliga á hacer que las cosas fuesen restauradas en Puerto Egmont al estado en que se hallaban antes del dicho 10 de Junio, y entregar aquel puerto y fuerte, con toda la propiedad tomada en él á la persona autorizada por Su Majestad Británica para recibirlos. El embajador sin embargo, al mismo tiempo, declara en nombre de su rey, que este compromiso de restaurar Puerto Egmont, no puede, ni debe de ninguna manera afectar la cuestión del derecho anterior de soberanía de las Islas Malvinas. Lord Rochford, al mismo tiempo, presentó al Príncipe Masserano una contra declaración, en que, -sin mencionar de ningún modo la reserva respecto á la soberanía de las Islas Falkland, contenida en el otro documento, recapitula simplemente los otros puntos tocados en él, y termina declarando en nombre de Su Majestad Británica, que mirará dicha declaración del Príncipe de Masserano, junto con el completo cumplimiento de dicho empeño, como una satisfacción por la injuria hecha á la corona de la Gran Bretaña."
Estos dos documentos, aunque cada uno iba firmado por una parte solamente, no pueden ser separados al razonar sobre su contenido; sino que deben ser considerados en efecto como una convención admitida por ambas partes. Por que no es de suponerse, que el embajador español entregase su declaración sin entero conocimiento de la contestación que iba á recibir; ó que uno y otro papel fuese firmado hasta que no hubiese sido completamente aprobado por las partes á quienes debía entregarse. Si se permitiese esta aserción, y el peso de la prueba de lo contrario debe ciertamente gravitar sobre los que se oponen á ello. -el silencio del ministro británico sobre la reserva hecha por los españoles, importa al menos un directo reconocimiento de que el hecho de la restitución de Puerto Egmont no era de considerarse como un abandono por la España, de su derecho de soberanía sobre las Malvinas, cuyo derecho debía permanecer el mismo que había sido antes de aquella restitución. Se mostrará mas adelante, que este designio del arreglo era cierta, aunque indirectamente sostenido por los ministros que lo concluyeron; mientras sus opositores consideraban que el derecho de la Gran Bretaña á cualquiera parte de las islas había sido virtualmente abandonado.
La declaración y contra declaración fueron comunicadas por los ministros ingleses al Parlamento el 25 de enero 1771; y debe aquí mencionarse, que fueron las únicas partes de la correspondencia entre las dos naciones sobre este objeto, que se han publicado alguna vez. Mientras disipaban los temores mantenidos por una gran masa del pueblo que estaba ansioso de la paz, se reprobaba por otra parte severamente á los ministros el arreglo, por muchas personas, tanto dentro como fuera del parlamento, que eran, ó preferían aparecer, excesivamente celosas del honor nacional. En la cámara de Pares, Lord Chatham declaró que toda la transacción "era un compromiso ignominioso, que no aseguraba ni satisfacción, ni reparación; "insistiendo en que:" el derecho no era seguro, y que aun la restitución era incompleta, pues Puerto Egmont solo era restaurado, y no las Isla Malvinas. Su Señoría sin embargo hizo moción, para que los jueces fuesen requeridos á declarar, si en su opinión la corona británica podía tener ningunas posesiones ó territorios de otro modo que por soberanía; y si la declaración del Rey Católico seria aceptada y ejecutada, sin derogar de la dignidad inherente y esencial de aquella corona. En la casa de Comunes, los S. S. Dowdeswell, y Pownal primeramente gobernador en sucesión de Nueva Jersey, Massachusett y Carolina del Sud, introdujeron resoluciones censurando á los ministros por su conducta, en todo este negocio; y las medidas del gobierno fueron examinadas y criticadas con aspereza por aquellos caballeros, como también por Burke y otros miembros de la oposición. Los ministros sin embargo por medio de gran mayoría en ambas cámaras, desconcertaron estas y todas las otras tentativas de sus opositores para embarazarles, é hicieron pasar una representación al rey, aprobando el arreglo, aunque una larga protesta contra él fue firmada por diez y nueve Pares.
Entre los ataques dirigidos contra los ministros con motivo de su arreglo con España, de fuera de las puertas del parlamento, el mas severo y celebrado, fue el contenido en una carta de Junius, datada el 30 de enero, de 1771. El Gran Incógnito puso en ella los resultados de la transacción en contraste con las determinaciones expresadas por los ministros en su principio, en los discursos del rey, y sobre los bancos de las cámaras legislativas; y el acusa á Lord North y sus colegas de traición, por no haber sacado ventaja, como pudieron, de la confusión de los negocios en Francia, y de la aversión del Rey Luis á la guerra, para acarrear la disolución de la unión entre aquella potencia y la España. Lord Rochford es desapiadadamente ridiculizado por el bárbaro francés en que la contra declaración está escrita; y se citan tres líneas de aquel documento, en que hay siete ejemplos de faltas gramaticales.
Por otra parte, el doctor Samuel Johnson publicó su panfleto, titulado Pensamientos sobre las últimas transacciones respecto á las Islas Malvinas; fue compuesto bajo la dirección de Lord North, con materiales suministrados por los ministros, y puso estas islas en conocimiento de millares de personas que de otro modo habrían ignorado su existencia: La obra contiene una descripción general de las islas, una narración casi correcta de los principales sucesos ligados con su descubrimiento y establecimiento, y una breve relación de la negociación recién concluida respecto á ellas, interpolada de reflexiones sobre las miserias ocasionadas por la guerra, y también con picantes invectivas contra los corifeos de la oposición, y su desconocido campeón Junius. El escritor se esfuerza en demostrar que las islas no eran de ningún valor para la Gran Bretaña, y que su derecho á ellas no era de ningún modo indisputable; que la satisfacción recibida de España era suficiente, y que habría sida injusto insistir sobre un compromiso directo, de parte de aquella nación para abandonar su título al territorio, lo cual vendría á ser un precedente para mas importantes espoliaciones por otros. El razonamiento no es siempre concluyente: y el tono general de aquel escrito es mas bien expositivo que argumentativo: y calculado mas para dejar contento al lector con lo que habían hecho los ministros, que para convencerle que habían hecho todo lo que podían ó debían. Está hermosamente escrito; y puede leerse con ventaja por todos. En los pasajes filipicos las preocupaciones del autor contra los enemigos de las prerrogativas monárquicas aparecen; pero cada línea del resto presenta los efectos de aquel espíritu de filantropía universal por el cual sus miras sobre todos los objetos eran principalmente dirigidas.
Como la obra arriba mencionada puede considerarse como un anuncio semioficial de las opiniones de los ministros que concluyeron el arreglo con España, algunos extractos de ella pueden ser introducidos con propiedad.
Después de recapitular la sustancia de la declaración y contra declaración. Johnson dice: -''Esto es todo lo que se pedía originariamente. La expedición se desaprueba y la isla es restituida. Los españoles han estipulado que la concesión de posesión no condonará la cuestión de prioridad de derecho; cuestión que probablemente no tendremos prisa en discutir; y derecho del cual nunca se requirió una formal renuncia. Esta reserva ha dado materia á mucho clamor, y quizá el ministerio inglés se habría complacido mas, si la declaración hubiese estado sin ella, Pero cuando hemos obtenido todo lo que se pedía, ¿porque nos quejaríamos de que no tenemos mas? cuando la posesión es concedida, ¿donde está el mal de que el derecho que aquella concesión supone ser meramente hipotético, sea referido á las calendas Griegas para su futura dilucidación?
"Llevar las ventajas demasiado lejos, no es ni generoso ni justo: si hubiésemos insistido sobre una concesión de derecho anterior no nos deja de convenir, como moralistas ó políticos, considerar lo que Grimaldi (el ministro Español) habría respondido. Hemos ya, podría él decir, concedidos todo el electo del derecho, y no os hemos negado el nombre. No liemos dicho que el derecho era nuestro antes de esta concesión, sino solamente que aquel derecho que teniarnos no es perdido por esta concesión.
"Que los ministros no podían equitativamente haber pedido mas, no es de cuestionarse. La mayor ostentación de derecho es siempre odiosa; y cuando los derechos no son fácilmente determinables, es siempre peligrosa. Pedimos todo lo que era necesario, y persistimos en nuestros primeros reclamos, sin bajo retroceso y sin desacordada tenacidad.
"La cuestión acerca del derecho era inexplicable y sin término. Los ministros la dejaron como estaba. Ser restaurados á actual posesión era fácilmente practicable: esta restitución ellos la requirieron y obtuvieron."
Estos pasajes, y muchos otros al mismo efecto pueden encontrarse en el panfleto de Jhonson -muestran concluyentemente que los ministros ingleses no negaron en 1771 que habían admitido la reserva del derecho hecha por los españoles en su declaración.
En ejecución de los compromisos contraídos en la declaración española se expidió una orden por la corte de Madrid, el 7 de febrero de 1771, para la inmediata restitución de Puerto Egmont, con toda la propiedad que había sido tomada allí en el año anterior, á las personas nombradas por el gobierno inglés para recibirlas, y de acuerdo con esta órden, la plaza fue formalmente entregada, el 16 de setiembre siguiente, por el comandante español Orduña, al capitán Stott de la fragata inglesa Juno, que había sido enviada con tres buques de guerra para reasumir la posesión.
Un rumor había entretanto llegado á ser corriente, y generalmente creído, de que á la conclusión del arreglo entre los dos gobiernos, los ministros ingleses se habían secretamente comprometido á devolver Puerto Egmont á España, ó al menos á retirar todas las fuerzas inglesas del punto dentro de un corto periodo después que hubiese sido formalmente restituido según los términos de la declaración. Una insinuación de la existencia de tal secreto convenio aparece en la carta de Junius arriba mencionada, y fue distintamente aducida como muy probable por Pownal, el 5 de marzo de 1771, en su moción de censura contra el Ministerio. Después de pasar en revista los títulos alegados por el gobierno español, y los reclamos y pretensiones aducidas en la declaración, Pownal insiste en que “permitir á la corte española razonar sobre tales fundamentos, -admitir tales datos en la negociación -no obviar por ninguna contravención o protestas á estas proposiciones y doctrinas -era, en cuanto estaba en el poder del ministerio, reconocer en efecto estos derechos y pretensiones (á la exclusiva soberanía de Sud América, y de las islas en los mares adyacentes, y á la exclusiva navegación de estos mares,) resignar el derecho á las Islas Falkland, y a renunciar á todo derecho nuestro para hacer cualquier establecimiento en aquellos parajes; y cualquiera que fuese la presente forma ostensible de la convención, marcaba bien el fin, -acabará por nuestra parte, ó en la actual cesión de la isla, ó en un abandono gradual de ella. Sin alguna idea como esta por ejemplo, -que tan pronto como se haga reparación á nuestro honor, por el modo violento y hostil en que fuimos arrojados de aquella isla, y que seamos puestos en situación de evacuarla, de nuestro motu propio queda tácitamente entendido que hemos de cederla, - sin alguna idea tomo esta, el todo de la negación es inexplicable é ininteligible, pero tomando este camino para arribar á un punto mutua mente entendido, toda ella es llana, definida, y susceptible solo de una interpretación.” A este cargo directo, hecho por un miembro influyente, no se dio contestación alguna por parte de los ministros, cuyo silencio en tal ocasión está ciertamente calculado para confirmar la sospecha, de que no era sin fundamento.
La creencia de que tal secreto compromiso para evacuar á Puerto Egmont fue hecho por el gobierno británico, en enero de 1771, ha sido distintamente afirmada por todos los historiadores ingleses y españoles,(2) Que han tratado de estas transacciones. Está sin embargo fuertemente confirmado por los hechos, que en 1772 la fuerza inglesa en las Malvinas fue reducida á un solo buque pequeño, con cerca de setenta y cinco hombres y que en 1774, las islas fueron enteramente abandonadas por los ingleses; y todavía mas adelante se confirma por Jhonson que, en una edición de su panfleto publicada después de este abandono, presenta una triste pintura de la isla y de las miserias sufridas por la guarnición durante su ocupación; añadiendo, "á todo esto el gobierno ha dado ahora amplio crédito, porque la isla ha sido desde entonces abandonada, y que fue solo conservada para aquietar clamores, con la intención, no entonces enteramente escondida, de abandonarla en breve tiempo."
Al revistar todas las circunstancias ligadas con estas transacciones, aparece no haber razonable motivo para dudar que el gobierno inglés prometió remover sus súbditos de las islas, dentro de un corto tiempo después que hubiesen sido entregadas por España, según sus compromisos. Por otra parte. Lord Palmerston, secretario británico de los negocios extranjeros, en una carta (mencionada abajo) sobre el asunto de las Malvinas, dirigida en 1834 al enviado de Buenos Aires en Londres, presenta un numero de extractos de documentos oficiales que permanecían en los archivos de su departamento, que, él concibe, presentan prueba concluyente de no haber existido tal secreta inteligencia. Las partes de esta carta relativas á la cuestión que ahora se examina serán noticiadas aquí.
Con respecto á los documentos citados por Lord Palmerston, se observará en primer lugar, que son, con excepción de la declaración, la contra declaración, y la orden de la corte de Madrid para la restitución de Puerto Egmont, meramente extractos de comunicaciones que pasaron entre los ministros ingleses y sus propios enviados ó agentes; y que entre todos, hay muy pocos que arrojan, ó se podía haber esperado que arrojasen luz alguna sobre la cuestión. No es fácil adivinar á que propósito su señoría habría citado los tres papeles arriba indicados, ó las tres líneas dirigidas al encargado de negocios inglés en Madrid, acompañando la declaración y contra declaración, inmediatamente después de su canje; ó la carta de Lord Rochford á los lores del almirantazgo, detallando los arreglos que deben observarse en la reocupación de Puerto Egmont; ó la exposición acerca de la conclusión de aquel asunto hecha por el capitán Slott al almirantazgo; ó el despacho del embajador inglés en Madrid, diciendo que él había dado la noticia de la restitución al ministro español que pareció bien complacido, pero no entró en conversación acerca do esto: ó la carta de los lores del almirantazgo á Lord Rochford informándole del reemplazo de los almacenes que habían sido removidos del establecimiento al tiempo de su captura por los Españoles. De estos papeles, los únicos importantes se habían presentado al mundo desde el día que fueron firmadas; y los otros meramente presenten detalles de ningún valor, respecto de asuntos que ninguno ignoraba.
Los otros documentos citados en la carta de Lord Palmerston, son todos extractos de despachos que pasaron entre Lord Rochford y los representantes diplomáticos de la Gran Bretaña y Madrid, desde febrero de 1771 á febrero de 1774. El 14 de febrero de 1771, Mr. Harris, encargado de negocios inglés en Madrid, escribe á Lord Rochford que los ministros españoles guardan la declaración tan secreta cuanto les es posible, y refieren que han recibido una segundad verbal de que las Islas Malvinas serán abandonadas por los ingleses dentro de dos meses. Lord Rochford, el 8 del siguiente mes, informa á Mr. Harris de los preparativos hechos para volver á tomar posesión de Puerto Egmont. que había ya comunicado al Príncipe de Masserano, él entonces continúa: "Creo propio informaros de que el embajador español me urgió á darle algunas esperanzas de nuestro convenio en un mutuo abandono de las Islas Malvinas, á lo que repliqué que me era imposible entrar en aquella materia con él, pues la restitución debía preceder á todo discurso relativo á estas islas. Os esforzareis en todas ocasiones en inculcar el absurdo de que la España tenga ningún recelo por el estado en que Puerto Egmont estaba antes de su captura, ó á causa de la fuerza enviada allí ahora, de la intención de S. M. de hacer uso de ella en perjuicio de sus establecimientos en el mar del Sud, y que nada puede estar mas distante del ánimo del rey, que sinceramente desea consevar la paz entre las dos naciones."
El 6 de marzo de 1772, Lord Rochford informa á Lord Crantham, embajador inglés en Madrid, "que S. M. había determinado reducir sus fuerzas sobre las Islas Malvinas á una pequeña Corbeta, con cerca de cincuenta hombres y veinticinco marineros en tierra; lo cual satisfará al fin de conservar la posesión, y al mismo tiempo debía remover todo recelo de la corte de España de que nuestro establecimiento en ellas les cause perjuicio;" y el último papel citado es un despacho del mismo ministro al embajador, datado á 11 de febrero de 1774, declarando la intención de su gobierno de remover todas sus fuerzas de las islas, "dejando allí las propias mareas y señales de posesión, y de que pertenecen á la corona de la Gran Bretaña”; y mandando al embajador que pusiese esta intención en conocimiento de la corte de Madrid, en donde indudablemente causaría placer, pues "era conveniente para alejar toda sospecha de designios, que ahora deben ver claramente, que nunca entraron en nuestro ánimo. Espero que no sospecharán; "continúa Lordd Rochford," ó sufrirán que se les pretenda hacer creer que esto fue hecho á solicitud, ó para satisfacer el mas distante deseo de la corte francesa; porque la verdad es que no es mas ni menos que una pequeña parte de un reglamento naval económico."
Por los papeles citados en los dos precedentes párrafos, viene á ser probable que los ministros ingleses no hayan informado á las personas con quienes tuvo lugar la correspondencia, de que habían prometido evacuar á Puerto Egmont inmediatamente después de su restitución; y cierta mente no era menester tal revelación si habían hecho la promesa, sino por el contrario era ciertamente esencial, para su continuación en el poder, que suprimiesen toda prueba de haber ellos tomado un compromiso que toda la nación inglesa habría mirado como deshonroso. No es ciertamente una novedad en diplomacia, que los enviados y agentes de un gobierno sean tenidos en ignorancia de asuntos entendidos ó en discusión entre sus propios ministros de estado y los del país cerca del cual están acreditados. La historia ofrece numerosos ejemplos de tales transacciones: y hemos visto que la negociación por la cual se arregló la disputa que ahora se agita, fue conducida por parte de la Francia por el secretario de su embajada en Londres, mientras su embajador misino no tenia conocimiento de ella. -Sabemos sin embargo positivamente por los papeles citados por Lord Palmerston que el gobierno español en marzo de 1772 instó por "el mutuo abandono de las Malvinas", y recibió la contestación de que "la restitución debía preceder á todo discurso relativo á ellas;" y debemos inferir que el gobierno francés expresó su deseo por la retirada de los ingleses di aquellas islas. El secretario británico de los negocios extranjeros debió ciertamente haber mostrado distintamente si tal discurso tuvo lugar ó no; y si lo tuvo cual fue el resultado; sobre estos puntos, sin embargo, nada aparece en su nota.
Lord Palmerston, también concibe que "la reserva contenida en la declaración española no puede admitirse que posea ningún peso sustancial, en cuanto no se hiciese mención alguna de ella en la contra declaración británica, con que fue cambiada..." Sobre este punto debe observarse, en adicción á lo que ya se ha expuesto que muy diferentes miras con respecto á reservas de derecho á territorios restaurados, fueron mantenidas por el gobierno británico en 1826; cuando la reserva que se aseguraba haber sido hecha, era en favor de la Gran Bretaña. Astoria un establecimiento en la boca del rio Columbia, que había sido tomado de los ingleses á los americanos durante la guerra en 1813. fue de acuerdo con el tratado de Gante restaurado á los Estados Unidos en octubre de 1818. Los únicos papeles cambiados entre los comisionados de las dos potencias en aquella ocasión fueron un acto ele entrega, y un acto de aceptación. Por el primero, el establecimiento es sencillamente restaurado, "en conformidad al primer articulo del tratado de Gante" y "en obediencia á las órdenes del Príncipe Regente, significadas en un despacho del Conde Bathursl; y es aceptada de !a misma incalificable manera; no conteniendo ninguno de los papeles la mas ligera alusión á ningún derecho ó reserva le derecho por la Gran Bretaña. Sin embargo ocho años después, en una exposición oficial presentada por los comisarios ingleses, los Señores Huskesson y Addengton. á Mr Gallatin, el plenipotenciario de los Estados Unidos en Londres, durante una negociación relativa al territorio así entregado, se asegura(3) que "se había tenido particular cuidado en la ocasión de la entrega de evitar toda mala inteligencia acerca de la extensión de la concesión hecha por la Gran Bretaña" y como prueba de este particular cuidado, se citan dos despachos de los ministros ingleses á sus propios agentes, nunca antes publicados ó comunicados de ningún modo al gobierno de los Estados Unidos. Uno de estos despachos es el de Lord Bathurst, mencionado en el acto de entrega, en que parece que Su Señoría había insertado en un paréntesis las palabras:" sin admitir no obstante, el derecho de aquel gobierno á la posesión en cuestión: el otro despacho es dirigido el enviado ingles en Washington, instruyéndole para sostener el derecho de la Gran Bretaña al mismo territorio; cuya instrucción, se dice, fue verbalmente ejecutada. "Los documentos arriba indicados, concluyen los comisionados ingleses "ponen el caso de la restauración del Fuerte Astoria en una luz demasiado clara para requerir ulterior observación. Así vemos al gobierno ingles en 1826, pronunciando válida una reserva, que si fue hecha por una parte nunca fue comunicada á la otra; y en 1834, negando la fuerza de una semejante reserva abiertamente inserta en un papel oficial, dirigida y formalmente recibida como suficiente por la otra parte.
Para concluir con respecto á la ocupación y abandono de Puerto Egmont por los ingleses: -Aquel establecimiento no fue probablemente fundado por ninguna otra razón, sino porque los franceses habían hecho un establecimiento en Puerto Luis; y nada sino el orgullo podría haber inducido á los ministros ingleses á mantenerlo tan largo tiempo á tan grandes expensas, después que su inutilidad había sido demostrada. Que prometieron á los españoles retirarse de él luego que hubiese sido restaurado, parece haber fuerte motivo para creerlo; y si así es, merecen ciertamente ser alabados censurados por obrar así. Todo el asunto del arreglo en disputa parece á la verdad haber sido una farsa diplomática, cuyo objeto era más bien la restitución del pueblo inglés al buen humor, que la restitución de Puerto Egmont al rey de Inglaterra. El punto fue restaurado solamente para que pudiese ser abandonado; los españoles reservaron su derecho á él con condición que el derecho de la Gran Bretaña no fuese cuestionado; y Bucareli cuyos actos habían sido repudiados por su soberano, fue luego recibido con distinción por aquel soberano en Madrid, y en 1775 fue elevado al virreinato de Méjico, uno de los mas altos y mas lucrativos puestos del imperio español.
1) . El Conde de Guisnes, embajador «le Francia en Landres, estaba al mismo tiempo empeñado en una correspondencia regular y ostensible sobre la materia con el ministerio británico, y se cree haber estado enteramente ignorante de la otra y "real" negociación seguida pon su secretario, quien agrega, se dice haber empleado la información que poseía en su propia ventaja personal, especulando ampliamente sobre lo fondos ingleses. -Véase. Anécdotas de la vida de Lord Chatham. Capítulo -muchas particularidades curiosas relativas á este negocio.
2) Véase las historias de Inglaterra por Belsihan, Miller, Coote, Hughes y Wade y las Anécdotas de la vida de Lord Chatham, en que se contienen muchas circunstancias curiosas relativas á la disputa. En la última obra, capítulo 39. encontramos- la siguiente relación de la conclusión del negocio.
"Mientras Lord Rochford estaba negociando con el Príncipe Masserano, Mr. Stuart Mackenzie estaba negociando con M. Francóis. Al fin, como una hora antes de la reunión del parlamento, el 22 de enero de 1771, una declaración fue firmada por el embajador español por órdenes francesas, y una indemnización francesa para restitución de las Islas Malvinas á Su Majestad Británica, pero la importante rendición por la cual se obtuvo esta declaración, no fue mencionada en la misma. -Esta condición era, que las fuerzas inglesas evacuasen las Islas Malvinas luego que fuese conveniente después de ser puestas en posesión del Puerto y Fuerte Egmont, y el ministerio inglés se obligó, como una prenda de su sinceridad, á guardar la promesa, de que serian el primero en desarmar.
"Estos hechos son confirmados por el Conde de Guisnes, en su memorial contra los señores Tort, Boger y Depelch, que le habían inculpado de jugar en los fondos ingleses.
"Durante olí mes de febrero de 1771, el ministro español en Madrid insinuó á Mr. llarris. (encargado de negocios de la Gran Bretaña,) la intención de la corte de España de requerir del ministerio inglés el cumplimiento de empeños, como estaban mutuamente entendidos. El despacho de Mr. Harris, conteniendo esta insinuación, fue recibido por el ministerio el 4 de marzo. Tres días después, llegó un mensajero español, con órdenes al Príncipe Masserano, para hacer una positiva demanda de la cesión de las Islas Malvinas al rey de España. El embajador español comunicó primero su aviso de estas ordenes al embajador francés, con la mira de saber si concurría con el en hacer la demanda. El 14 tuvieron una conferencia con Lorf Rochford sobre el asunto. La contestación de su señoría fue consonante con el espíritu que él había uniformemente mostrado. En consecuencia de esta contestación, se enviaron mensajeros a Paris y Madrid. La respuesta de España no alcanzó á Londres hasta el 29 de abril. Entre tanto, los ministros tuvieron varias conferencias con M. Stuart Mackenzie. El resultado de todo fue, que los ingleses dieron ejemplo de desarmar, y las Islas Malvinas fueron totalmente evacuadas, y han estado desde entonces en posesión de los Españoles
3) Documentos que acompañaban el Mensaje fiel Presidente Adams de 15 de marzo de 1828—pág. 57.


28 May 2011 09:09
Grumete
Grumete
Nuevo mensaje Re: Islas Malvinas. Combates e Historia.
Esta es la cuarta y ante última parte.

Esta nota se encuentra en “La Revista de Buenos Aires”
Año V; Número 51
Fecha de edición Julio 1867
El texto esta entre las páginas 352 a la 360 la dirección web
https://books.google.es/books?pg=PA357&i ... q=&f=false
Parte IV

Ocupación de las islas Malvinas por España.

Después de la evacuación de Puerto Egmont por los ingleses en 1774, aquel punto permaneció y todavía permanece desierto. Cualquiera que haya sido el valor original del derecho de los ingleses á aquel punto, ó las circunstancias que condujeron ó acompañaron su abandono, ninguna objeción parece haberse hecho en ningún tiempo por parte de la Gran Bretaña, á la posesión de Soledad por los españoles, que continuaron allí en no interrumpido ejercicio de todos los derechos de soberanía, no solo sobre la Malvinas Oriental, sino sobre todo el grupo, hasta cerca del año de 1808. Tentativas se hicieron también en este tiempo para formar establecimientos sobre la costa de Patagonia pero fueron todas infructuosas.

De la extensión del establecimiento español en Soledad durante este periodo no tenemos noticias distintas. Los restos de la plaza muestran (pie aunque pequeña, estaba tolerablemente bien edificada, y provista de una casa de gobierno, iglesia, almacenes y fuertes. Todo de piedra. Esta estaba bajo la superintendencia de un oficial llamado Comandante de las Malvinas, que era dependiente del virrey de la Plata; y buques de guerra eran de tiempo en tiempo enviados de Buenos Aires, á cruzar entre las islas, y prevenir á todos los buques de otras naciones que no ocupasen las costas.

Estos avisos parecen haber producido muy poco efecto; porque las Malvinas fueron muy frecuentadas por los buques loberos y balleneros, especialmente por los de los Estados Unidos, que empezaron á acudir á ellas por el año de 1786, para pescar ú obtener agua, y algunas veces para cazar el ganado bravío que abundaba en la Malvinas Oriental. Muchos buques americanos ciertamente llevaban cartas de los enviados y cónsules españoles en los listados Unidos, recomendando que no fuesen molestados si se dirigían á las islas para obtener agua; pero los comandantes no prestaron atención á tales cartas, y uniformemente mandaron salir los buques; mientras los americanos, por otra parte, parecen haber uniformemente desatendido estas órdenes. No tenemos sin embargo noticia de la captura ó actual mal tratamiento de ningún buque americano en aquellos mares por los españoles, cuyos avisos fueron probablemente calculados por su gobierno meramente como aserciones del derecho de soberanía sobre les territorios adyacentes. (1)

En 1790, otra disputa se suscitó entre la Gran Bretaña y España, en consecuencia de la captura por un oficial español, de algunos buques ingleses, y de una pretendida factoría inglesa en Nootka Sound, (2) sobre la costa noroeste de Norte América, durante el verano de 1789. Los principios envueltos en esta disputa eran casi los mismos que los que habían sido discutidos entre los dos gobiernos en 1770, con respecto á las Islas Malvinas; y el asunto por algún tiempo tomó el mismo camino. El gobierno español rehusó ceder sus pretensiones á la navegación exclusiva de los Océanos Pacífico y del Sud, y á la soberanía de las porciones vacantes de América que limitan aquellos mares; y el rey Católico llamó en su auxilio á su primo de Francia, en conformidad al Pacto de Familia, para resistir las demandas de la Gran Bretaña. Pero el estado de cosas en Francia era muy diferente del que existía en 1770; ya el rey no era absoluto, y la asamblea, nacional, á la cual fue referida la solicitud del monarca español, abrazó la ocasión de anular el Pacto de Familia, y despojar á la corona de algunos de sus mas esenciales atributos. Mientras los debates sobre estos puntos seguían adelante en la Asamblea, el gobierno español, desesperando de auxilio por aquella parte, presentó, como en 1770, una declaración, en que el rey Católico se obligaba á restituir los buques y establecimientos sobre la costa noroeste de América, que pudiese probarse haber sido tomados por sus oficiales contra súbditos ingleses; con la reserva de que esta concesión no afectase la cuestión del derecho de soberanía sobre estos territorios: y el gobierno inglés como en 1770, retornó una contradeclaración, en que Su Magostad Británica prometía aceptar este compromiso, y el cumplimiento de él, como suficiente reparación á la injuria sufrida, por él; sin hacer mención de la reserva del rey de España. Los españoles sin duda esperaban que el negocio terminaría en este punto; pero Mr. Pitt, que entonces gobernaba la Gran Bretaña, había al principio anunciado por medio del discurso del rey, la determinación de Su Majestad á requerir de España un distinto reconocimiento del derecho de los súbditos ingleses á navegar y pescar en cualquiera parte de los Océanos Pacífico y del Sud, y traficar con los aborígenes ni cualquiera parte de las costas de aquellos mares no previamente ocupadas por alguna otra nación civilizada; y para sostener estas demandas, había preparado vastos armamentos navales, que en el caso de una repulsa por España, habrían sido empleados en conquistar ó revolucionar sus dominios españoles. Entre tanto, la Francia había también empezado á armar, y los principios revolucionarios antimonárquicos que invadían aquel reino se desparramaban sobre los países circunvecinos. Los gobernantes de la Gran Bretaña y España empezaron á sentir que la paz y unión entre sus naciones eran esenciales para ponerlas en capacidad de apartar la tormenta que amenazaba; y como los caudillos del movimiento en Francia no estaban de ningún modo ansiosos de guerra con ninguna de estas potencias, comunicaciones privadas, con el objeto de ajustar las dificultades, se establecieron entre los tres gobiernos.

El resultado de estas negociaciones fue el firmarse, el 28 de octubre del 1790, una convención comúnmente llamada el tratado de Nootka, entre la Gran Bretaña y España, en que esta última reconoció los derechos de súbditos británicos, como se requería por Mr. Pitt; pero el reconocimiento era caracterizado por condiciones y limitaciones con respecto al ejercicio de estos derechos, que casi, sino enteramente, destruían el valor de la concesión. Así quedó convenido que los buques ingleses no navegasen ó pescasen dentro de diez leguas de ninguna de las castas ocupadas por España -cuyas costas según el tratado se extendían continuamente, sobre el Pacífico al norte hasta el grado 38 de latitud norte; -y que los súbditos de ambas partes tendrían libre acceso y libertad de tráfico, en cualquier establecimiento formado por uno ú otro al norte de aquella latitud. Por el artículo sexto, quedó convenido también que ninguna de las dos partes hiciese en lo futuro ningún establecimiento sobre las costas oriental ó la occidental de Sud América, ó las islas adyacentes, al sud de las partes de las mismas costas é islas entonces ocupadas por España; aunque los súbditos de ambas estaban en libertad para desembarcar sobre cualquiera de estas costas é islas, y levantar habitaciones temporarias solamente para los objetos de su pesca. Por este artículo es evidente que los ingleses fueron excluidos de ocupar parte alguna de las Malvinas, mientras esta estipulación permaneciese en vigor, y esta cuestión por tanto ocurre cuanto tiempo la convención de 1790 ligaba ambas partes?

La España declaró la guerra á la Gran Bretaña, en octubre de 1795, desde cuyo periodo, no aparece haberse hecho por ninguna de las dos partes alusión distinta á la convención de 1790, en sus documentos públicos ó sus compromisos concluidos con la otra. El único arreglo para la renovación de pactos primitivos entre ellas, está contenido en el primero de los tres artículos adicionales al tratado de Madrid, firmado el 28 de Agosto de 1814, en que, '"se conviene que durante la negociación de un nuevo tratado de comercio, la Grau Bretaña será admitida á negociar con España sobre las mismas condiciones que existían anteriormente á 1796, siendo ratificados y confirmados todos los tratados de comercio que en aquel periodo subsistían entre las dos naciones." Pero este artículo se habría referido solamente á tratados de comercio entre los Dominios europeos de ambas partes; porque en primer lugar ningún comercio existía, según el tratado entre una y otra parte, ó sus colonias y las colonias de la otra antes de 1796, y al contrario, otro artículo en el mismo tratado de, Madrid provee, que en el caso que el comercio de las colonias hispano americanas se abra á las naciones extranjeras. Su Majestad Católica promete que á la Gran Bretaña será partido traficar con estas posesiones como á las más favorecidas naciones."

Así parecería que la convención de octubre de 1790 entre la Gran Bretaña y la España, expiró en octubre de 1795, y no ha sido renovada hasta entonces; y que si tal cosa aconteciese, la Gran Bretaña y la España se mantendrían con respecto á las Malvinas, como si nunca hubiese sido concluida.

Fue sin embargo sostenido por los comisionados ingleses en su exposición presentada á Mr. Gallatin durante la negociación en Londres en 1826, respecto á costas noroeste de Norte América que la convención de 1790 ligaba para siempre á ambas partes, ó á sus representantes y “que todos los argumentos y pretensiones ya reposen sobre, prioridad de descubrimiento ó se deriven de cualquiera otra consideración habían sido definitivamente zanjadas por la signatura de aquella convención."."Cualquiera" dice la exposición "que haya sido el título ó por parle de, la Gran Bretaña ó por parte de España anterior á la convención de 1790, no debía en adelante trazarse en vagas narraturas de descubrimientos, algunas reconocidas por apócrifas, sino en el texto y estipulaciones de aquella misma, convención" Los comisionados, insistiendo en que el solo derecho á los territorios sobre las costas nordoeste poseídas por los Estados Undos eran los derivados de España por el tratado de 1819, pasan á decir—''con estos derechos los Estados Unidos necesariamente sucedieron á las limitaciones por las cuales eran definidos y á las obligaciones bajo las que habían de ejercerse, y de estas obligaciones y limitaciones como contraídas hacia la Gran Bretaña, esta no es de esperarse que redima gratuitamente á aquellos paises, solo porque los derechos de la parte originariamente obligada han sido transferidos á una tercera potencia." Ahora todo lo que aquí se ha dicho de las costas noroeste de América se aplica y debe aplicarse en la misma extensión, á las costas mas al sud del continente, y las islas adyacentes; y si el consentimiento de ambas partes ó sus representantes fuese necesario para la posesión exclusiva por una ú otra de la costa occidental, el consentimiento de ambas partes ó sus representantes debe ser también necesario para la ocupación por una de ellas de cualquier punto en Patagonia, Tierra del Fuego, Malvinas, ó cualesquiera otras islas en su vecindad, no ocupadas por ninguna de ellas antes de 1790.

La España abandonó las Malvinas antes de 1810, y desde aquel año no ha pretendido directamente derecho á ellas. La parte que aparece representando á la España en su título á estas islas como á Patagonia y Tierra del Fuego, es el Gobierno de Buenos Aires.

Malvinas reclamadas por Bunos Aires.

Cuando se trastornó la supremacía española en el virreinato de la Plata, aquellos territorios, á excepción del Paraguay, fueron convertidos en una república, bajo el nombre de Provincias Unidas del Rio de la Plata: y Buenos Aires, la capital del virreinato, vino á ser el asiento del gobierno de la República. La unión entre estas provincias fue, sin embargo de corta duración; y pronto se levantaron disensiones en cada parte de ellas, que conducían á constantes guerras civiles. Al fin. en 1825, las provincias del norte separándose de las otras, vinieron á ser la República de Bolivia ; y en el año siguiente la porción al sud del primitivo virreinato, tomó el nombre de República Argentina, cuyo territorio, sin embargo, ha sido desde entonces subdividido en varios estados independientes. Buenos Aires es nominalmente al fin la capital de la República Argentina, y el partido que ejerce allí el poder, temporalmente toma el título de gobierno argentino.

La primera aserción de un derecho á la posesión de las Islas Malvinas, por parte del gobierno de Buenos Aires, fue hecha en noviembre de 1820, por el capitán Daniel Jewett, natural de Pensilvania, que entonces mandaba la fragata Heroína, al servicio de las Provincias Unidas. El 6 de aquel mes Jewett desembarcó en el lugar primeramente ocupado por la colonia española de Soledad, y en presencia de los oficiales y tripulaciones de varios buques balleneros ingleses y americanos surtos en aquella sazón en Berkeley Sound, tomó solemne posesión de todo el grupo de islas en nombre, y como él aseguraba, por comisión espacial del gobierno de las Provincias Unidas. El capitán Weddell, comandante del bergantín inglés Jane, que estaba presente á esta ceremonia y que desde entonces ha publicado una narrativa de sus viajes en el Océano del Sud, ridiculiza todo el procedimiento; insinuando su creencia, de que Jewett había meramente entrado al puerto para obtener refrescos para la tripulación, y que la toma de posesión estaba principalmente calculada para asegurar un derecho exclusivo á los restos del buque francés Urania que había pocos meses antes fondeado á la entrada de Berkeley Sound. El número de buques de varias naciones que estaban entonces sobre las costas de las islas no eran menos de cincuenta, la mayor parte de los cuales eran de los Estados Unidos.

Cualesquiera que hubiesen sido los motivos de Jewett, ó el valor de la declaración de derecho hecha por él, su acto no fue por algún tiempo oficialmente adoptado como propio por el gobierno de Buenos Aires. Aquel gobierno el 22 de octubre de 1821, expidió un decreto regulando la pesca sobre la costa patagónica, y sujetando á todos los extranjeros que concurrían á ella á pesados derechos: pero ninguna alusión se hace á las Malvinas, Tierra del Fuego, ó á ninguna otra costa ó territorio que el de Patagonia. Al fin, en 1824, un alemán, llamado Luis Vernet, que había residido largo tiempo en los Estados Unidos, y había después pasado á Buenos Aires donde se casó con una señora de aquel país, obtuvo de1 gobierno en pago de alguna deuda á la familia de su mujer una concesión de los exclusivos privilegios de pesca, de matar ganado y hacer establecimientos en la Malvina Oriental, mientras al mismo tiempo un tal don Pedro Areguati era nombrado Comandante de las Malvinas. En virtud de esta concesión, Vernet y algunas otras personas se reunieron para alistar una expedición á fin de formar un establecimiento en la isla. El esfuerzo sin embargo no fue feliz, y otro hecho en 1826 falló también, en consecuencia, como Vernet presumía, de su falta de poder para impedir á los colonos y extranjeros el frecuentar las costas.

1)Muchas curiosas particularidades respecto al grupo de las Malvinas pueden encontrarse en las narraciones publicadas de algunos de estos viajes en busca de ballenas; como por ejemplo en los de los a americanos, Barnard, Fanning, y Morell; en el del capitán Wenddell, inglés que pasó muchos años en los océanos atlánticos del sud y Pacifico. Barnard, el capitán del bergantín Nanina de Nueva York, con cuatro hombres, fue dejado en una de las mas occidentales de las islas, llamada Isla Nueva, en el invierno (julio) de 1813, por la tripulación del buque inglés "Isabella" al cual había encontrado allí después del naufragio de su buque: y que le recompensó apoderándose de su bergantín mientras él y los otros hombres estaban en tierra. Estas personas permanecieron en la isla, subsistiendo con penguines y huevos, hasta noviembre del siguiente año; cuando fueron tomados por un buque inglés, á cuyo capitán había pedido el almirante inglés en Rio mirase por ellos. El interesante diario del viaje del bergantín "Hops" de Boston, escrito por su capitán, Joseph Ingraham, que se conserva en la librería del departamento de estado, en Washington, contiene una noticia de la visita de aquel buque á Berkeley Sound, en enero de 1791; ella obtuvo allí un suplemento de came del comandante español, quien sin embargo evadió todas las tentativas de Ingraham para visitar á Soledad.

2)Una completa noticia de todas estas circunstancias se encostrará en una memoria sobre la costa noroeste de Norte América, por el autor del presente escrito, la cual fue publicada en 1840, por orden del Senado de los Estados Unidos, y subsiguientemente por Mesars. Wiley y Putnam de Nueva York.


Un abrazo


05 Jun 2011 12:05
Grumete
Grumete
Nuevo mensaje Re: Islas Malvinas. Combates e Historia.
Esta nota se encuentra en “La Revista de Buenos Aires”
Año V; Número 52
Fecha de edición agosto 1867
El texto esta entre las páginas 500 a la 526 la dirección web

https://books.google.es/books?pg=PA357&i ... q=&f=false

En la nota final lean con detenimiento, lo interesante es que las personas que escribieron el informe en 1840 no reconocen la soberanía inglesa sobre Malvinas, si la española, reconocen que las Provincias Unidas del Rio de la Plata son las herederas del territorio que abarcaba el virreinato del Rio de la Plata, pero cuestionan que las Malvinas, la Patagonia e islas de Tierra del Fuego pertenecían al virreinato del Rio de la Plata.


Memoria descriptiva, histórica y política
(Conclusión.)

Para remediar estos males, Vernet obtuvo del gobierno de Buenos Aires un decreto datado en enero 5 de 1828, por el cual la Malvinas Oriental y Tierra Staten le eran cedidas en completa posesión, junto con el derecho de pesca sobre las costas de Patagonia, Tierra del Fuego y las Malvinas, por veinte años. En la última parte del mismo año, el general Lavalle habiendo expelido de Buenos Aires á las autoridades, constituidas, y fusilado al gobernador Dorrego, se colocó el misino á la cabeza del Estado argentino; y de su administración, Vernet obtuvo otros dos decretos, ambos datados en junio 10 de 1829, que le dieron todos los poderes necesarios para llevar su plan á efecto. Por el primero de estos decretos todas las Islas Malvinas y Tierra del Fuego, debían colocarse bajo la dirección de un gobernador militar y político, que debía residir en Soledad, y hacer que las leyes y reglamentos de la república, especialmente los que respectasen á la pesca de lobas sobre la costa, fuesen rígidamente observados; y por el otro decreto, el mismo Vernet era nombrado gobernador político y militar de las islas. Pocos días después que estos documentos habían sido firmados. Lavalle y sus adictos fueron á su turno derribados por una revolución, su administración declarada intrusa (1) y anulados sus procedimientos, Sin embargo, logró Vernet alistar en su servicio un pequeño número de personas, con quienes salió de Buenos Aires; é hizo su entrada pública en la capital de Soledad el 30 de agosto de 1829.

Vernet, en esta ocasión, apareció como propietario de la Malvinas Oriental, y como gobernador de las islas en virtud de los decretos de junio 10. En el preámbulo al primero de estos decretos, el título de Buenos Aires á la posesión de las islas es presentado apoyándolo en las razones de que en 1810, cuando las provincias unidas del Rio de la Plata se separaron del dominio de España, esta nación poseía las islas en cuestión por el derecho de primer ocupante, por el consentimiento de los principales poderes marítimos de Europa, y por la proximidad de las islas á la parte del continente que formaba el virreinato de Buenos Aires, de cuyo gobierno dependían; y que el gobierno de la república, habiendo sucedido á todos los derechos que la España poseía y sus virreyes ejercían sobre las provincias, habían continuado ejecutando actos de dominio en aquellas islas, aunque varias circunstancias le habían impedido extender á ellas el cuidado que merecían.

Como Patagonia no es mencionada en el decreto, y es la parte del continente á que las islas están próximas, debemos inferir que el gobierno de Buenos Aires miraba este territorio como si hubiese sido incluido en el virreinato de la Plata cuando las Provincias Unidas se declararon independientes; y á la verdad se han hecho repetidamente aserciones á tal electo por la República Argentina. Que las costas de Patagonia y las islas estaban colocadas bajo la protección del virrey de Buenos Aires, no hay duda; pero no se sigue que ninguno de estos territorios formaron de hecho parte de aquel virreinato; porque la costa Mosquito fue de igual modo colocada bajo la protección del virrey de Nueva granada, mientras el territorio, de que aquella costa es el límite, estaba bajo la jurisdicción del Capitán General de Guatemala. Alcedo en su diccionario de América, á la verdad, hace el estrecho de Magallanes, el límite sud de aquel virreinato; y la misma idea de su extensión es presentada por Mr. Graham, uno de los comisionados enviados por el gobierno de los Estados Unidos á Buenos Aires en 1817. Mr. Bland, otro de los comisionados, que en su relación describe los límites de la Plata con gran minuciosidad, sin embargo, da como su límite sud el paralelo de treinta y ocho y medio grados de latitud sud. "Este territorio, dice Mr. Bland, está en la actualidad enteramente poseído por varias tribus de patagones salvajes, sobre quienes el gobierno colonial no ejercía autoridad ni pretendía ningún otro derecho, que el de una anterior posesión y establecimiento en su territorio, contra todas las naciones entrañaras; á cuyas derechos y beneficios el gobierno independiente pretende haber sucedido.” El señor Passos, natural del virreinato, sin embargo, empieza sus cartas dirigidas en 1819 al Honorable H Clay de la cámara de representantes de los Estados Unidos, asegurando que: ''La República de las Provincias Unidas de Sud América comprende, con algunas excepciones, el misino territorio que el virreinato del Rio de la Plata, que fue establecido en 1778: se extiende desde el 16 al 45 grados de latitud sud (cerca de diez grados al norte del estrecho de Magallanes) desde la margen izquierda del Lago Titicaca por el norte, hasta la costa de Patagonia por el sud:" y los mismos límites son trazados en el mapa que acompaña á la obra. La última autoridad que citaremos sobre este punto, es la historia ultra realista de las revoluciones de Sud América por Torrente, que tuvo acceso á todas las mejores fuentes de conocimientos por parte de la España, y que ciertamente no muestra disposición á ceder ó abandonar ningún derecho de su soberano. En la introducción á esta obra el virreinato de la Plata es representado extendiéndose hacia el sud á la latitud de 41 grados; y en el mapa que la acompaña, una línea tirada desde los Andes hacia el este hasta los manantiales del rio Colorado, y remontando esta corriente hasta su boca en el Atlántico, cerca del grado 40, se da como el límite entre el virreinato y Patagonia.(2)

Aun admitiendo que la Patagonia y las islas cerca de su extremidad sud eran consideradas por el gobierno de España corno partes del virreinato de la Plata, en el periodo del principio de las revoluciones en Buenos Aires, de ningún modo se sigue que estos territorios debiesen llegar á ser la propiedad de todos ó alguno de los estados en que aquella sección del imperio español ha sido dividida. En el periodo arriba mencionado, la España no poseía la soberanía de estas países de facto, porque no había un solo oficial español ú otra autoridad en ellos; ni por el consentimiento de otras naciones porque su derecho á ellos era universalmente negado. Ella tenia á la verdad derecho á ocuparlos, que era mas fuerte quizá que el de ninguna otra nación, en consecuencia de su proximidad á sus dominios establecidos. Así, ella podía haberse quejado con justicia del establecimiento de extranjeros en aquellas costas, mientras ninguna otra nación podía haberse razonablemente opuesto á que ocupase cualquiera parte de ellas; por el principio general de que todo gobierno está obligado á proveer por la paz y seguridad de sus ciudadanos ó súbditos, teniendo á distancia á las que pudiesen turbarlas. Pero no mas allá se extendía el derecho de España con respecto á aquella parte de América; y no mas, si tanto, seria de concederse al estado argentino ó algún otro adyacente á los puntos no poblados de las costas de aquellos territorios. Aquel derecho lo asumió ciertamente la España, con otros muchos igualmente injustos, que se mantuvieron mientras otras naciones no creyeron prudente disputarlos. Pero como el poder español declinaba, otras naciones reclamaron sus imprescriptibles derechos; insistieron en navegar en todos los puntos del mar abierto, y de sus estrechos y puertos no ocupados, con las limitaciones solamente que cada una quisiese admitir por tratado con otra; y se dirigieron á las costas de América, del Pacífico al Norte, para comerciar y establecerse y á las orillas mas al sud del continente para la pesca de lobos, sin consideración á las exclusivas pretensiones de España á la soberanía de esas regiones. De los cientos de buques, casi todos americanos, que anualmente frecuentaban las costas y mares arriba mencionadas, después de 1789 ninguno fue capturado ó detenido por las autoridades españolas; y mucho antes que empezasen las revoluciones en Sud América, los decretos prohibitivos de la corte de Madrid y de sus gobernadores, relativos á aquellas partes del mundo, habían venido á caer en desuetud y los avisos de sus oficiales eran tratados como chanzas.

El derecho común de todas las naciones á navegar y pescar en el mar abierto, y en sus indefendibles estrechos, y usar de sus orillas no habitadas para objetos temporarios, está admitido ahora entre los principales poderes marítimos; y las estipulaciones de los tratados sobre esta materia están calculadas para evitar disputas con respecto á cuales costos han de considerarse como no colonizadas -que estrechos son indefendibles, -dentro de que distancia de una costa poblada el mar cesa de ser abierto etc. Los gobiernos de las repúblicas hispano-americanas han manifestado sin embargo en muchos casos una fuerte indisposición á conformarse con estas y otras reglas de la ley nacional, aunque claramente fundadas en la justicia y la razón, y calculadas claramente en beneficio de los débiles, á cuya clase todos ellos pertenecen. Todo lo que la España, en la plenitud de su poder, cuando el sol nunca se ponía sobre su imperio, quiso dictar para alguna sección de sus dominios americanos, el gobierno del estado en que aquella sección ha sido convertida, parece considerarse también garantido para asumir la misma deliberación como un derecho justo; y frecuentemente vemos algún decreto extravagante ú opresivo de la corte de Madrid, ó de alguno de sus virreyes sacado de los archivos en que yacía por un siglo, y gravemente citado por algún Ministro hispano-americano, en sostén de una pretensión absurda por parte de su república. A la verdad, de las tentativas para sostener tan envejecidos derechos, ó para mantener reglas, usos y prerrogativas igualmente en contradicción con la civilización de la época, han nacido casi todas las disputas de estas nuevas naciones una con otra, y con el resto del mundo.
Hasta este periodo las declaraciones y decretos del gobierno argentino respecto á Patagonia y las islas adyacentes no parecen haber atraído seriamente la atención de ninguna otra potencia y fueron probablemente, donde eran conocidos fuera de Buenos Aires, consignados á la misma clase que otras pretensiones extravagantes que son de cuando en cuando avanzadas por los gobiernos de las repúblicas hispano americanas. Cuando, por lo tanto Vernet, en virtud de los decretos de 10 de Junio arriba mencionados, partió para el asiento de su gobierno, y se entendía que él había determinado sostener las reglas exclusivas respecto á estas costas, vino á ser necesario para otros poderes prever á la protección de sus súbitos ó ciudadanos ocupados en navegar los mares del sur. En consecuencia el 19 de noviembre de l829. Mr. Woodbine Parish, cónsul general de la Gran Bretaña en Buenos Aires, dirigió una nota, al ministro de negocios extranjeros, en que él mismo se declaró instruido por su gobierno para protestar contra los procedimientos de la República Argentina con respecto á las islas Malvinas. A esta nota se dio inmediatamente un simple acuse de recibo por el ministro de Buenos Aires; pero ninguna contestación se hizo á ella, y fue mantenida enteramente secreta por el gobierno.

En un sumario del contenido de esta nota, inserto por Lord Palmerston en su comunicación al ministro de Buenos Aires, datada en enero 8 de 1834, se dice que Mr. Parish declaró al gobierno de Buenos Aires

"-lº Que la autoridad que aquel gobierno había así asumido era considerada por el gobierno británico como incompatible con los soberanos derechos de la Gran Bretaña sobre las Malvinas.

-2º Que aquellos soberanos derechos que estaban fundados sobre el descubrimiento original y subsiguiente ocupación de estas islas, habían adquirido una sanción adicional por el hecho de que Su Majestad Católica había restaurado el establecimiento británico, que había sido tomado violentamente por una fuerza española en el año de 1771.

-3º Que la retirada de las fuerzas de Su Majestad de las Malvinas en 1774, no podía invalidar los justos derechos de la Gran Bretaña, por que aquella retirada tuvo lugar solo en prosecución del sistema de economía adoptado en aquel tiempo por el gobierno de Su Majestad.

4º Que las marcas y señales de posesión y de propiedad dejadas sobre las islas, flameando siempre la bandera británica, y todas las otras formalidades observadas con ocasión de la partida del gobernador, estaban calculadas no solo para sostener los derechos de propiedad, sino para indicar la intención de reasumir la ocupación en algún periodo futuro. Sobre estos fundamentos Mr. Parish protestó contra las pretensiones alegadas, de la parte Argentina y contra todo acto practicado en perjuicio de los justos derechos de soberanía hasta allí ejercidos por la corona de la Gran Bretaña." Lord Palmerston, en adición á este resumen, dice en su nota: "El derecho de la Gran Bretaña á la soberanía de las Malvinas habiendo sido inequívocamente sostenido y mantenido durante estas discusiones con España en 1770 y 1771, que casi condujeron á una guerra entre los dos países y habiendo la España juzgado propio poner fin á estas discusiones, restaurando á Su Majestad los puntos de que súbditos británicos habían sido expelidos, el gobierno de las Provincias Unidas no podía razonablemente haber esperado que el gobierno británico, permitiese á ningún otro estado ejercer un derecho como derivado de España, que la Gran Bretaña había negado á la misma España."

No será dificultoso demostrar que la mas material de estas aserciones, de la cual á la verdad dependen todas las otras, es enteramente destituida de fundamento. Ninguna prueba se ha presentado todavía de que el derecho de la Gran Bretaña á la soberanía de las Malvinas fue de ningún modo sostenido á mantenido durante las discusiones con España, en 1770 y 1771, ó antes ó después de aquel periodo. Los ingleses en 1770 pidieron la restauración de Puerto Egmont y en 1771, Puerto Egmont fue restaurado por España; y la restitución de aquella sola plaza fue especialmente declarada y admitida como una suficiente reparación para todas las injurias que la Gran Bretaña había sufrido de España. Ni en la declaración, ni en la contra declaración, ni en la orden para la entrega, de Puerto Egmont -los únicos documentos publicados que pueden considerarse como autoridades respecto á la extensión de las compromisos concluidos entre las dos naciones en 1771 -aparece ninguna referencia á ninguna parte de las islas excepto Puerto Egmont; y aun con respecto á aquella plaza, se permitió á España insertar una reserva formal de su derecho de soberanía, en el mismo acto que prometía la restitución. España nunca fue requerida para evacuar á Soledad ni su derecho á aquel ó cualquier otro punto en las Malvinas, excepto Puerto Egmont, cuestionado por la Grán Bretaña en ninguna comunicación entre los dos gobiernos que se halla todavía publicado. Por el contrario sabemos que la autoridad española fue inequívocamente sostenida y mantenida en Soledad, y declarada sino mantenida sobro todo el grupo, por más de treinta años después de la evacuación de Puerto Egmont.

Estos son hechos que no pueden ser destruidos por declaraciones ó comunicaciones de autoridades británicas ó asientes que se dirigían uno á otro, ni las razones porque Puerto Egmont fue abandonado, ni las banderas, marcas ó señales que se dice haber sido dejadas allí en aquella ocasión, serian consideradas como materias en que algún interés tiene el resto del mundo. Si el derecho de poseer un territorio derivase de ocupación, ciertamente aquel derecho se consideraba como renunciado por el abandono del territorio por un largo periodo; y ninguna, pretensión parece estar mas en contradicción con la razón y la justicia que esta avanzada por el gobierno inglés, según la cual, un país no habitado ha de ser para siempre inutilizado para el mundo -virtualmente aniquilado -porque una bandera inglesa había una vez quedado flameando sobre él. Cualquiera que sea el título que se establezca en favor de la Gran Bretaña á la soberanía de Puerto Egmont, ó las Malvinas Occidentales, por tales violentas interpretaciones de reglas envejecidas y arbitrarias de ley nacional -reglas que su gobierno siempre ha repudiado con firmeza siempre que han sido citadas contra sus derechos -ella no tiene justo derecho á Soledad, ó la Malvinas Oriental, que por las mismas reglas son mas claramente la propiedad de España.

La atención del gobierno de los Estados Unidos fue primero dirigida á estos procedimientos de los argentinos en 1830 en consecuencia de haber un buque americano, destinado á la pesca de lobos llamado la Harrielt de Stonington, recibido orden de Vernet de salir de las Malvinas; y se permitieron instrucciones á Mr. Forbes, encargado de los negocios de los Estados Unidos, cerca del gobierno argentino, para dirigir "una eficaz representación contra cualesquiera medidas que pudiesen haber sido adoptadas por aquel gobierno, incluso el decreto y carta circular referida si fuesen genuinos, que sean calculados en el mas remoto grado para imponer cualesquiera restricciones sobre la empresa de los ciudadanos de los Estados Unidos ocupados en las pescas en cuestión, ó para menoscabar su indudable derecho al mas libre uso de ellas.'' Desgraciadamente, Mr. Forbes murió á mediados de 1831, sin haber cumplido con esta instrucción. Si tan eficaz representación hubiese sido dirigida en tiempo, habría con toda probabilidad evitada la ocurrencia de acontecimientos, cuyos efectos han sido serios y lamentables. (3)

Entretanto, Vernet estaba aumentando su establecimiento en Soledad. Según una relación de una visita hecha allí por un oficial naval inglés, en la última parte de 1831, el número de personas en la colonia, era como de ciento, incluso veinticinco gauchos (4) , y cinco indios, que cazaban ganado; unas pocas familias holandesas y alemanas, principalmente ocupadas en hacer manteca y queso; y quince negros, cuyos servicios Vernet había comprado por un término de años del gobierno de Buenos Aires. Los otros eran ingles, franceses, españoles y portugueses. Las casas de los habitantes eran las que habían sido ocupadas por los españoles, y que solo necesitaban nuevos techos. Vernet residía en la habitación del primer comandante, un largo edificio bajo, de un piso con espesas murallas de piedra: en su sala de recibo había una buena librería de obras inglesas, alemanas y españolas, como también un hermoso piano, en que la señora Vernet ejecutaba música de Rossini con mucho gusto. Al gobernador mismo se le describe como un hombre de facciones agradables, y gentil talante, dotado de instrucción, y que hablaba corrientemente varias lenguas. "Sus oficiales y asistentes eran dos ingleses: uno de los cuales. Enrique Metcatf, hacia las veces de comandante durante su ausencia, y el otro Mateo Brisbane, un viejo capitán, inspeccionaba los negocios comerciales de la colonia. Vernet había dividido la isla en once secciones, una de las cuales, conteniendo como diez millas cuadradas de superficie, vendió al teniente Langdon de la marina inglesa, con la condición de que formase un establecimiento en ella dentro del periodo señalado. El escritor de la narración que visitó la isla con Langdon, pinta todo con colores de rosa, y fuertemente recomienda el país á emigradas de Inglaterra, por poseer grandes ventajas para establecerse. Por otras noticias sin embargo parece que los habitantes estaban en la miseria, y se quejaban amargamente de los engaños practicados por Vernet, para inducirlos á acompañarle, como de su tiránica conducta después de su llegada."

Vernet, sin embargo, empezó á estar ansioso por reportar mayores provechos de su colonia, no tenia medios de llevar adelante por sí mismo la pesca de lobo y de ballena, y encontrando que los buques americanos ocupados en estas faenas cerca de las islas desobedecían sus avisos, determinó usar de sus poderes, para obtener la sumisión á sus órdenes, y llenar su propia bolsa. De consiguiente el 30 de julio de 1831, se apoderó de la goleta Harriett de Stonington (la misma que había mandado salir en 1829) y la llevó en calidad de presa a Berekelay Sound; y al mes siguiente, de igual modo capturó las goletas Breakawater y Superior de Nueva York: la primera de las cuales fue retomada por una parte de su tripulación y llevada á los Estados Unidos.

Los cueros de lobo á bordo de la Harriett y Superior fueron inmediatamente transferidos al almacén de Vernet, y las provisiones de estos buques vendidas en remate, en beneficio del gobierno, después de lo cual Vernet anunció su determinación de enviar ambos á Buenos Aires para ser juzgados. Él sin embargo cambió su opinión sobre el último punto, y propuso á los capitanes americanos que uno de los buques solo fuese enviado á Buenos Aires con todos los papeles requeridos para el juicio de ambos; mientras el otro hiciese un viaje para pescar lobos, cuyas ventajas debían pertenecer á Vernet, si eran condenados y á sus dueños, en caso de ser absueltos. Los americanos consintieron en esta propuesta como la única alternativa, mientras Vernet sabía, como él dijo después, que los buques serian infaliblemente condenados. La Superior, en consecuencia, partió bajo su capitán Congar, á este viaje de pesca, como se había convenido. La Harriett, en vez de ser enviada á la vez para sufrir el juicio, fue empleada por algún tiempo en un crucero entre las islas, bajo el mando de Brisbane, que parece haber sido la persona mas activa en todos estos procedimientos: á su vuelta á Soledad, Vernet misino se hizo cargo de ella y pasó con su familia y el capitán Davison á bordo, á Buenos Aires De las tripulaciones de estos buques, algunos fueron alistados voluntariamente, y otros por fuerza para navegar; otros enviados en un buque inglés á Rio Janeiro, y otros dispersos por varias partes. Antes de su partida de las islas, Vernet, sin embargo obligó á cuatro marineros de un buque americano naufragado á emplearse en su propio servicio, acusándolos de una conspiración contra el gobierno, para evitar cuyo juicio, estuvieron contentos con trabajar, construyendo para él una corbeta.

La Harriett llegó á Buenos Aires el 20 de noviembre; á cuyo tiempo, Mr. G. W. Slacum, cónsul de los Estados Unidos era el único representante oficial de sus intereses en la República Argentina. A él acudió el capitán Davison por consejo y auxilio: y Mr. Slacum con este motivo dirigió una nota al ministro de negocios extranjeros, estableciendo brevemente las circunstancias, y pidiendo ser informado de si el gobierno intentaba aprobar y sostener la captura de los buques. Después de algunos días, el ministro replicó, que el caso de la Harriett estaba ante el departamento de guerra y marina y que después de observarse los trámites de estilo, seria presentado al gobierno. En retorno de esta contestación evasiva, el cónsul dirigió inmediatamente una enérgica representación y protesta al gobierno contra todas las medidas que habían sido adoptadas, en sostén del derecho de la República Argentina á las costas é islas mencionadas en el decreto de 10 de junio de 1829, y contra todas las personas que tomaron parte, bajo tal autoridad, en la captura de la Harriett y Superior. Una semana después del recibo de está última nota de Mr. Slacum el ministro repitió su declaración á aquel caballero; de que el caso del buque estaba todavía en consideración: anunciando sin embargo al mismo tiempo, que el gobierno no podía recibir la comunicación del cónsul como una protesta del gobierno de los Estados Unidos, por cuanto el cónsul no tenia poder para hacer tas protesta, y los Estados Unidos no tenían derecho á las Malvinas, ó la pesca en ellas, á que el título de la República Argentina era incuestionable.

Entretanto, Air. Slacum había comunicado también estas circunstancias al capitán Silas Duncan, comandante de la corbeta de guerra Lexigton de los Estados Unidos, surta entonces en el Rio de la Plata, y después de una consulta entre ellos, el cónsul se dirigió otra vez al gobierno de Buenos Aires, el 6 de diciembre, declarando que la Lexington iba á pasar á las Malvinas, en protección de los ciudadanos americanos ocupados allí en la pesca, pero que aguardaría tres días por cualquier comunicación que el gobierno creyese propio hacer, "que tuviese referencia á la inmediata suspensión del derecho de captura de buques de los Estados Unidos, que pudiesen encontrarse pescando dentro de los límites asignados á la jurisdicción ó autoridad de Mr. Vernet, y a la inmediata restitución de la Harriett, y la propiedad ilegalmente tomada de ella, á sus legítimos dueños." Al siguiente día. Sin embargo el capitán Duncan pidió formalmente que Vernet fuere entregado á los Estados Unidos para ser juzgado, como reo de piratería y robo, ó fuese preso y castigado por las leyes de Buenos Aires. El 9 del mismo mes, el ministro negó otra vez el derecho del cónsul americano á intervenir en la materia, que él declaró ser un asunto litigioso privado, y declaró la determinación de su gobierno á quejarse formalmente al de los Estados Unidos, en caso que el comandante de la Lexington hiciere algo que tendiese á anular el derecho que la República Argentina posee á las Malvinas, y otras islas adyacentes al Cabo de Hornos, y á prohibir en ellas las pescas de lobos." Esta última nota fue entregada en la noche del día de su fecha; pero en la mañana del mismo día, la Lexington dio á la vela para las Malvinas, llevando al capitán Davison, que amenazado de arresto, se había refugiado á bordo el 7.

En toda esta larga correspondencia, el ministro de Buenos Aires muy cuidadosamente evitó el asumir ninguna responsabilidad para su gobierno, con motivo de los actos de Vernet; y él siempre trató el caso de la '' Harriett" como un asunto privado pendiente entre Vernet y Davison, que había de ser decidido por el gobierno según las leyes del país. En un caso Vernet es llamado por el ministro comandante de las Malvinas, en todos los otros puntos en que es mencionado su nombre, excepto en las recapitulaciones del contenido de las notas de Mr. Slacum, él aparece solo como un individuo privado.

Así estuvo el comercio de los Estados Unidos expuesto á depredaciones, por personas de cuyos actos ninguna satisfacción pudo nunca obtenerse. A toda demanda de reparación dirigida por el gobierno de los Estados Unidos al de Buenos Aires, el último replicara -que los decretos, en virtud de los cuales Vernet pretendía obrar, habían emanado de una autoridad intrusa é ilegal, y nunca habían sido reconocidos por los poderes constitucionales del estado sino que habían, por el contrario, sido anulados mucho antes que las agresiones que formaban el motivo de la queja hubiesen sido cometidas: y ningún otro recurso se habría dejado á los ciudadanos Americanos injuriados por estas agresiones, que perseguir á las personas que las cometieron como individuos, ante los tribunales de Buenos Aires. En tales circunstancias, considerando también el dilatado lapso de tiempo que debía transcurrir antes que se recibiese ninguna comunicación de Washington, y la importancia de las injurias que pudiesen en el intervalo cometerse sobre ciudadanos americanos, no puede haber duda que el Capitán Duncan habría faltado á su deber, si hubiese descuidado el tomar medidas para castigar á los autores de tales actos, y para evitar que en lo sucesivo fuesen cometidos.

Relaciones de la captura de la Harriett y Breakawater fueron llevadas á los Estados unidos por el último buque en noviembre 1831, y fueron comunicados por el Presidente Jackson al congreso, en su primer mensaje, el 6 del siguiente mes. El presidente al mismo tiempo declaró "que se había usado del nombre de la república de Buenos Aires para cubrir con una sombra de autoridad, actos injuriosos al comercio de los Estados Unidos, y á la propiedad y libertad de sus ciudadanos; por cuya razón, había dado órdenes para el despacho de un buque armado para reunirse á la escuadra americana en los mares del sud, y ayudar á prestar toda la protección legal al tráfico de la Unión, que fuese necesaria y que enviaría sin demora un ministro á Buenos Aires, para examinar la naturaleza de las circunstancias v también de la pretensión adelantada por aquel gobierno á las Malvinas."

En ejecución de la intención aquí expresada por el presidente. Mr. Francisco Baylies, de Massachusetts fue en enero de 1832, nombrado encargado de negocios de los Estados Unidos en Buenos Aires, para cuyo destino dio á la vela á principios de Marzo, poco después de la llegada á Washington de la noticia de que la Lexington se había dirigido á Malvinas. Como sus instrucciones no han sido publicadas, no hay medios de saber lo que eran en ningún respecto las miras del gobierno Americano sobre los puntos en cuestión. Vernet, sin embargo, en una exposición ó memoria al gobierno de Buenos Aires fecha el 10 de agosto de 1832, declara que en contestación á una carta sobre la materia dirigida por un amigo suyo en los Estados Unidos al honorable Eduardo Livingston, secretario de estado, inmediatamente después de la aparición del mensaje del presidente, aquel caballero dijo -"Se habían tomado medidas para averiguar sobre que fundamento descansaba el reclamo de jurisdicción sobre las islas, pero la enfermedad y muerte de Mr. Forbes, había temporalmente interrumpido la investigación. Nuestro derecho de pesca, sin embargo, en aquellos mares, el gobierno lo considera indisputable, y se dará el encargo al ministro que se envié allí, de representar y pedir satisfacción de todas las interrupciones del ejercicio de aquel derecho. “

La cuestión se había complicado mas sin embargo antes de la llegada de Mr. Baylies á Buenos Aires. La Lexington llegó á Berkeley Sound el 28 de diciembre y estuvo surta á la entrada, durante un recio temporal, hasta el 31, en que entró y ancló frente al puerto de Soledad. Se mandaron inmediatamente á tierra botes con marineros armados, que hicieron prisioneros á Brisbane, Metcalf, y algunas otras personas, y las remitieron á bordo; los cañones montados delante de la plaza fueron al misino tiempo desmontados, algunas de las armas y municiones destruidas, y las pieles de lobos y otros artículos tomados de la Harriett y Superior sacados de los almacenes y puestos en la goleta Dash que los condujo á los Estados Unidos. El capitán Dumcan entonces dio noticia á sus habitantes, de que la pesca de lobo en aquellas costas habían en lo futuro de ser libre para todos los Americanos; y que la captura de todo buque de los Estados Unidos seria considerada como un acto de piratería; y ha hiendo fijado una declaración por escrito á aquel efecto sobro la puerta, de la casa de gobierno partió el 22 de enero de 1832 llevando consigo en la Lexington, Brishane, y otras seis personas en clase de prisioneros, con muchos de los negros y colonos como pasajeros.

La Lexington entró en el Rio de la Plata el 2 febrero, y el capitán Duncan, habiendo desembarcado sus pasajeros en Montevideo, dirigió una nota al gobierno de Buenos Aires, avisando que soltarían á los prisioneros, si el gobierno asumía la responsabilidad por los actos que ellos habían practicado. El ministro de Buenos Aires replicó el 15, que habiendo Vernet sido nombrado gobernador militar y político de las Malvinas, en virtud del decreto de 10 de junio de 1829, él, y los individuos bajo sus órdenes serian responsables solo a sus propias autoridades. Al recibo de esta declaración, que aun que ambigua podía si hubiese sido dada dos meses antes, haber evitado muchas dificultades. Brisbane y los otros prisioneros fueron desembarcados en Montevideo. El gobierno argentino había entretanto expedido una proclama, expresando su horror de la escandalosa conducta de los Americanos, y su determinación á obtener amplia satisfacción; y Mr. Slacum había sido oficialmente informado de que toda relación con él seria suspendida.

La relación de estos procedimientos, dada en los periódicos de Buenos Aires, especialmente las de un diario inglés, llamado el "British Packet", está llena de denuncias de los americanos, aduciendo su conducta como inhumana y rapaz; y el capitán Fitzroy, con la prontitud habitual de los oficiales ingleses á referir todo lo desfavorable á los Estados Unidos, ó sus ciudadanos, toma ocasión, en muchas partes de la narrativa de su viaje, de comentar severamente los actos del capitán Duncan, y defender los de Vernet, hacia quien muestra mucha piedad sincera. El á la verdad insiste fuertemente en el exclusivo derecho de la Gran Bretaña á las islas, y habla de los colonos que fueron con Vernet, como de una pobre gente engañada, que nunca soñó tener ningún negocio allí, sin haber obtenido el permiso del gobierno Británico; y admite que "Mr. Vernet puede en realidad haberse portado de un modo injustificable para con los buques pertenecientes á los Estados Unidos;" pero añade, "debe recordarse que él tenia una comisión del gobierno de Buenos Aires, autorizándole para obrar como gobernador civil y militar de las Malvinas; que él creía la autoridad de Buenos Aires válida, y no tenia duda en su propia conciencia de que, hacia bien. Mr. Vernet por tanto no era ladrón -ni pirata -como era llamado por el capitán Duncan, porque se esforzaba en mantener su posición é impedir que su establecimiento fuese robado por un pueblo que no tenia derecho alguno sobre las islas. Por muy sin razón que hubiesen sido los actos de Vernet, era responsable por ellos á su gobierno; y los que obraron bajo su mando, teniendo él una comisión legal, ciertamente no merecían ser tomados como piratas, puestos en cadenas, y llevados así al Plata. Ni era justo (dejando aparte toda consideración de humanidad) destruir la naciente colonia, romper ó despedazar puertas y ventanas, registrar las casas, gavetas y cajones, pisar los jardines, derribar cercados y maltratar á los desamparados inermes habitantes á tal grado, que por muchos meses después, siempre que se divisaba una nave de guerra, los atemorizados colones huían en tropel á lo interior, no sabiendo como iban á ser tratados."

Estas son ciertamente muy extraordinarias observaciones, considerando que proceden deliberadamente de un oficial de una nación civilizada. El capitán Fitzroy manifiesta está bien informado de todos los procedimientos del capitán Duncan, como de los de Vernet, y aun de las opiniones privadas y convicciones del último. Asegura, positiva, no hipotéticamente, que Vernet creía que la autoridad de Buenos Aires, bajo la cual él ejercía su comisión de gobernador de las Malvinas, era válida; y que él no tenia duda, de que obraba bien en apoderarse de los buques americanos y forzar á sus oficiales y soldadas á entrar en contratos para trabajar en su propio beneficio individual. "Por muy sin razón que hubiesen sido los actos de Vernet, era responsable á su gobierno." dice el capitán Fitzroy: quien sin embargo, al mismo tiempo sabia ó debían saber, que el gobierno de Buenos Aires no había aceptado responsabilidad de aquellos actos; y que las procedimientos del capitán Duncan en Berkeley Sound fueron solo en consecuencia de que aquel gobierno no la tomase sobre sí, cuando á ello era urgido repetidamente. Respecto á los cargos contra los Americanos de innecesaria dureza y falta de piedad para con la población en Berkoley Sound, la contestación es sencilla. Los objetos del capitán Duncan al ir í aquella naciente colonia, eran recobrar propiedad, que él creía haber sido ilegalmente y por violencia arrebatada de ciudadanos americanos: apoderarse de las personas que habían cometido estos actos, y enviarlas á los Estados Unidos para ser juzgados, si el gobierno de Buenos Aires persistía en eludir una declaración de su responsabilidad; y evitar la repetición de tales agresiones. Como en caso de este género, las llaves de almacenes y depósitos de papeles, no siempre se presentan en el momento que se piden, y las personas que han de arrestarse algunas veces resisten ó se esfuerzan para escapar, es muy posible que los americanos en Soledad hayan derribado una puerta ó una ventana, y registrado una casa, y destrozado un cerco, y pisoteado un jardín; todos cuyos actos alarmaron probablemente á los habitantes. Pero la aserción de que algunos actos duros ó crueles fueron cometidos por americanos en aquella ocasión, es directamente contradicha por el testimonio de Melcalf, y otras personas, que fueron llevadas de Soledad a bordo de la Lexington, tomado en Buenos Aires y publicado por el gobierno, el 15 de diciembre. El capitán Fitzroy admite que su información la obtuvo casi enteramente de Brisbane, á quien encontró en Soledad, en l833; y él ciertamente debía haber hecho investigaciones por otro conducto antes que diese publicidad á censuras tan agrias contra los americanos -Volvamos á la narración.

Mr. Baylies. encargado de negocios de los Estados luidos llegó á Buenos Aires á mediados de junio de 1832; y la negociación (6) empezó el 20 del mismo mes, por una nota, de aquel caballero al gobierno, en que negaba el derecho de la República Argentina á interrumpir á ciudadanos americanos en su navegación, ó su pesca, sobre las costas de Patagonia. Tierra del Fuego, ó Malvinas; y pedía, en nombre, de los Estados Unidos, restitución de toda la propiedad tomada de sus ciudadanos, y reparación de todas las pérdidas é injurias sufridas por ellos, en consecuencia de los actos ilegales cometidos por Vernet y sus secuaces, bajo una pretendida comisión del gobierno de Buenos Aires. El también al mismo tiempo se quejaba de la suspensión de relación con el cónsul de los Estados Unidos, y sugería como paso previo á la renovación de relaciones amistosas entre ambos gobiernos, que Mr. Slacum, que había vuelto á Buenos Aires fuese reinstalado en el ejercicio de sus funciones. En sus subsiguientes comunicaciones Mr. Baylies entró en un examen de los derechos de varias potencias á la posesión de las Malvinas; en el curso de las cuales él admitía y sostenía la validez del titulo de la Gran Bretaña,(7) aunque insistía sobre el derecho de los americanos al constante y no interrumpido uso de las orillas de aquellas islas para su pesca. Con respecto á la pesca, Mr. Baylies defendió el derecho de los ciudadanos de los Estados Unidos á usar para aquel objeto el océano, y todas sus bahías, abras y estrechos, cuya entrada no puede ser fortificada, como también las costas de regiones no habitadas ó habitadas solo por salvajes: sostenía que un constante y no interrumpido uso de aquellas costas haría aquel derecho perfecto y entero, aunque subsiguientemente se hiciesen establecimientos en las costas; y admitiendo hipotéticamente, el derecho de Buenos Aires á excluir á los americanos de la costa de Patagonia, y las islas adyacentes, mostraba que algunos actos preliminares, ninguno de los cuales había sido practicado por el gobierno argentino, se requerían, antes que ninguna captura ó detención de ciudadanos ó buques de los Estados Unidos, ocupados en la pesca, pudiese ser justificable. El ministro argentino, por otra parte, sostuvo que el derecho de su república á la exclusiva posesión de las Malvinas, como heredadas de la España, era notorio é incuestionable; y —evitando siempre cuidadosamente todo lo que semejase á un reconocimiento de la legalidad de los decretos de 10 de junio de 1841 -se detuvo sobre el atrevido y cruel ultraje cometido en aquellas islas por el capitán Duncan, destruyendo en tiempo de paz, con rencorosa furia, y de un modo igualmente pérfido y feroz, un establecimiento fundado por el gobierno de la república." "Este acto bárbaro, "concluye el ministro" en menosprecio de los usos establecidos de las naciones civilizadas, y de la cortesía que invariablemente observan entre sí es el punto que debe preceder en la consideración de ambas partes;" y él por tanto anunciaba la determinación de su gobierno á no entrar en la discusión de ningún otro punto, hasta que amplia satisfacción, reparación é indemnización se hubiese obtenido por Buenos Aires, de todas las injurias y pérdidas causadas por el capitán Duncan. El ministro sin embargo presentó al mismo tiempo á Mr. Baylies un extenso documento significando ser una exposición del gobernador civil y militar de las Malvinas, y firmado por Vernet, en que todas las cuestiones tocadas por el encargado de negocios americanos son discutidas detenidamente. Esta soy disant exposición de Vernet; fue inmediatamente devuelta por Mr. Baylies, sin ninguna observación; y como vino á ser cierto que ningún beneficio podía derivarse de la continuación de la negociación, fue terminada por mutuo consentimiento, á principios de setiembre. El encargado de negocios americano poco después partió para los Estados Unidos á donde llegó en diciembre, acompañado por Mr. Slacum, á quien el gobierno de Buenos Aires rehusó recibir otra vez en un carácter consular.

El 21 de diciembre de 1832, inmediatamente después del regreso de Mr. Baylies á su país, se expidió una resolución por la cámara de representantes, pidiendo al ejecutivo comunicar la correspondencia con el gobierno argentino, relativa á las Malvinas, a lo cual el presidente Jackson contestó, que tal comunicación no seria compatible con los intereses públicos, pues se creía que la negociación estaba únicamente suspendida, habiendo el gobierno argentino anunciado oficialmente su intención de enviar un ministro á los Estados Unidos, con poderes para tratar sobre la materia. Toda la correspondencia había sin embargo ya sido impresa en Buenos Aires, de orden de la legislatura; y después se ha publicado en inglés, en Londres, aunque no ha aparecido en los Estados Unidos.
Con respecto á la continuación de la negociación, ningún representante diplomático ha sido enviado por el gobierno de los Estados Unidos á Buenos Aires, desde la vuelta de Mr. Baylies; aunque un cónsul americano ha residido constantemente en aquella ciudad. El general don Carlos Alvear, distinguido oficial de la República Argentina, ha estado por algún tiempo en Washington, como enviado de su gobierno; pero nada ha traspirado aun sobre los objetos de su misión.

Las Malvivas nuevamente reclamadas y ocupadas por la Gran Bretaña.

Antes de la negociación en 1832 entre los Estados Unidos y Buenos Aires, la protesta del gobierno inglés contra el reclamo de la última república á las Malvinas, había sido tenida secreta por ambas partes: y el ministro de Buenos Aires no vaciló en asegurar en una nota al cónsul americano, el 9 de diciembre de 1831, que el derecho de su nación á las islas nunca había sido cuestionado. Mr. Baylies, sin embargo obtuvo una copia de la protesta, y del acuse de su recibo, del Honorable H. E. Fox, entonces ministro plenipotenciario británico en Buenos Aires, que fueron incluso con su nota de 10 de julio al gobierno argentino, y fueron publicadas por orden de este á la conclusión de la negociación. Cualquiera que hubiese sido la determinación de la corte de Londres con respecto al sostén de su reclamo antes del periodo de esta publicación, lo cierto es, que inmediatamente después, el almirante británico en la costa del Brasil dictó medidas para tomar efectiva posesión de las islas; cuyas medidas fueron puestas en ejecución sin demora, como se mostrará después.
El gobierno argentino, en el verano de 1832, había despachado un francés á las Malvinas, como comandante en lugar de Vernet con cerca de veinte soldados para sostener su autoridad; y una pequeña goleta armada, llamada la Sarandi fue también enviada bajo el mando del capitán Pinedo para cruzar entre las islas, y hacer salir todos los buques extranjeros. Esta goleta en el mes de noviembre, encontró al Sun, buque pequeño americano ocupado en la pesca de lobos mandado por T. P. Trott, y lo obligó á abandonar su rumbo, después de hacer fuego sobre él y tratar á sus oficiales y tripulación con gran insolencia. El capitán Trott regresó al Plata, con esperanzas de encontrar un buque de guerra americano para protegerle en su negocio; pero luego de su arribo allí, la Sarandí misma entró al rio, trayendo noticias que hacían innecesarios ulteriores procedimientos sobre él.

Casi al mismo tiempo que el Sun era atacado, los soldados en Soledad, hallándose descontentos con su comandante francés, que la tenia constantemente en disciplina, se amotinaron y lo mataron. Los principales amotinados fueron luego aprehendidos por los oficiales y tripulación de la Sarandi, que iba á darse á la vela con ellos para Buenos Aires, cuando el 2 de enero de 1833, la corbeta de guerra inglesa Clio entró en Berckeley Sound. y su capitán, Onslow, declaró inmediatamente su intención de tomar posesión de las Malvinas para su soberano. El comandante de la Sarandí representó contra este proceder, pero el inglés, sin escuchar sus representaciones, requirió de él instantáneamente remover toda la propiedad de Buenos Aires de aquel punto, y partir. Pinedo se vio obligado á hacerlo así; aunque él creyó propio al mismo tiempo protestar contra el acto del capitán Onslow, y conferir el mando de las islas á Simón, el capataz francés, ó jefe de los gauchos, que en un momento poco feliz, aceptó el cargo. Al siguiente día el comandante inglés desembarcó en aquel punto, donde arrió la bandera argentina, que había quedado flameando, é izó la de su propia nación en lugar de aquella; y habiendo hecho todos los arreglos que creyó necesarios, partió, dejando su bandera bajo el cuidado de un irlandés, que había sido mozo del almacén de Vernet.

Esta última providencia para asegurar la paz del país parece haber sido ineficaz; porque el 26 de agosto de 1833, los gauchos, en ejercicio de su derecho como los mas fuertes, mataron al irlandés abanderado y á su jefe Simón, y á varios otros individuos, incluso Brisbane, el inglés que había sido enviado de Buenos Aires; para hacerse cargo de los intereses de Vernet. Los asesinos fueron algunos meses después tomados por los oficiales y tripulación del buque de guerra inglés Challanger, y llevados á Inglaterra donde se dice fueron ejecutados.

Por este tiempo tuvieron lugar las visitas del capitán Fitzroy, cuyo buque, la Beagle, varias veces ancló en Berekeley-Sound, mientras se efectuaba la exploración de las regiones magallánicas por aquel oficial. En una de estas visitas en 1834, el capitán Fitzroy informó al capitán Trott, cuyo nombre ha sido ya mencionado que el reclamo de Vernet á la posesión del suelo de la Falkland Oriental había sido concedido por la Gran Bretaña; y que los derechos de este individuo á las pescas, ganado, y otros privilegios y propiedad en las islas y cerca de ellas serian protegidos en cuya observancia el capitán Trott fue requerido de no recoger leña en la ribera para combustible, hasta que hubiese obtenido permiso del agente de Vernet. Si los americanos ocupados en navegar ó pescar en aquella parte del océano, han estado sujetos á cualesquiera restricciones serias ó prohibiciones desde el ataque hecho sobre sus buques por los argentinos en 1831, no puede aquí positivamente aseverarse; han recibido ciertamente intimaciones de buques de guerra ingleses, para no cazar el ganado en la Malvina Oriental; pero aquella isla es rara vez visitada por los americanos, y los cruceros ingleses no aparecen frecuentemente sobre las costas occidentales. Hay también razón para creer que el oficial inglés, residente como gobernador en Berkeley Sound, ha expedido órdenes para que buques de ninguna otra nación tomasen ballenas ó lobos en las costas de ninguna de las islas ó cerca de ellas pero no se ha obtenido ninguna noticia de tentativa alguna para llevar adelante tales órdenes contra ciudadanos americanos.

La toma de las islas por los ingleses fue comunicada en un mensaje del ejecutivo de Buenos Aires á la legislatura el 24 de enero de 1833; una nota fue al mismo tiempo enviada al encargado de negocios inglés, protestando contra las pretensiones de aquel gobierno á las Malvinas, y contra el insulto hecho á la bandera de la república: y el señor Moreno, ministro argentino en Londres, recibió instrucciones para instar en la demanda de la restitución de las islas, y de la reparación de la injuria y dañas ocasionados por la captura. A este fin, el señor Moreno se dirigió al gobierno inglés el 17 de junio. La contestación de Lord Palmerston, secretario británico de negocios extranjeros, datada el 8 de enero de 1834, ha sido ya frecuentemente mencionada en las anteriores páginas, y cada punto particular en ella ha sido examinado detenidamente; era probablemente nada mas que una de aquellas estratagemas diplomáticas para repeler importunidades de un solicitante sin poder; en que muchas páginas se emplean para disfrazar el significado de las pocas palabras sic voló sic jobeo. Como documento de estado en justificación de los actos de la Gran Bretaña ante el mundo, es en todos respectos poco satisfactorio; siendo á la verdad un mero tejido de aserciones erróneas, prueba insuficiente, y deducciones ilógicas. Los que lo lean, deben guardarse de dar su asentimiento á ninguna de sus proposiciones; y comparar las ideas de ley política sentadas en él con las expresadas en la exposición que emanó del mismo gobierno en l826, durante la negociación con los Estados Unidos relativa á las costas noroeste de Norte América.

La captura de Soledad por los ingleses fue en efecto completamente injusta; y su título á la posesión de las Malvinas fue tan infundado como el de los argentinos para prohibir á otras naciones el frecuentarlas. Este último gobierno había sin embargo colocándose tan manifiestamente en la sinrazón, por sus ilegales y arbitrarios procedimientos respecto á aquellas islas, que sus quejas no excitaron simpatía en ninguna parte, y sus opositores, cualesquiera que fuesen, estaban seguros de tener en su favor las prevenciones del resto del mundo. Si los argentinos se hubiesen contentado con establecerse en las islas, sin procurar privar á otros de ventajas que ellos no tenían medios de apropiarse á sí mismos, y que, por razón, justicia y el consentimiento de todas las naciones civilizadas, eran comunes á todos, es mas que probable que sus derechos así ejercidos habrían sido tácitamente reconocidos, y que su establecimiento podría haber llegado á ser provechoso á ellos mismos y benéfico á todas las demás naciones. Pero su imprudente y rapaz conducta, en intentar revivir las injustas y añejas prohibiciones que la España no había podido sustentar atrajo sobre ellos la indignación de mas poderosos estados, y los sujetó á Iluminaciones á cuya reparación no tienen título.

F I N


(1) Después de la expedición de Lavalle y sus adictos, la legislatura que había sido forzosamente disuelta por él en diciembre de 1828, fue reunida de nuevo, habiendo sido declaradas ilegales, las elecciones hechas subsiguientemente y fue expedido un gran número de decretos contra los anarquistas -termino aplicado al partido vencido -por uno de los cuales, datado en marzo 13, de 1830:
"Toda persona que fuese considerada como autor, sabedor, ó cómplice, en la conjuración de 1º de diciembre de 1828, (fecha del principio de la usurpación de Lavalle) ó de cualquiera de los ultrajes hechos á las leyes, por el gobierno intruso y que no hubiesen dado inequívocas pruebas de que abominaban estos procedimientos, seria castigada como culpable de rebelión."
El partido que expidió estos decretos ha estado desde entonces en posesión de Buenos Aires, de cuya república, el general Rosas, el afortunarlo rival de Lavalle, es ahora jefe; el último, después de repetidas tentativas para ganar el ascendiente, fue enteramente aniquilado y muerto en octubre de 1841.

(2) El escritor no ha podido consultar ninguna edición de la Recopilación de Leyes de Indias, ó conciliación de las leyes que gobernaban loa dominios españoles fuera de Europa, de facha posterior á 1774: procedamos á otras admisiones. Suponiendo que la República Argentina haya real é incuestionablemente heredado de España la soberanía de los territorios adyacentes al sud, y las islas contiguas, aquel gobierno carecía así mismo del derecho de extender sus reglamentas sobre la pesca de lobos'', poro no es probable que la obra arroje ninguna luz sobre la cuestión pues el gobierno español siempre evitó cuidadosamente, en lo posible, toda enunciación distinta do limites.

(3) Véase la carta de G. W. Slacum, cónsul de los Estados Unidos en Buenos Aires, al gobierno argentino, datada a 15 de diciembre de 1831, publicada por aquel gobierno.

(4) Los gauchos son pastores que habitan las vastas llanuras llamadas Pampas, al sudoeste del Rio de la Plata. Se dice que son los mejores jinetes del mundo, y sus faenas requieren que sean fuertes y valerosos, é insensibles á la fatiga y privaciones. Sus principales armas son los lazos. El lazo es una cuerda con un nudo corredizo en una punta, que ellos arrojan de la distancia de muchas yardas sobre los cuernos de un buey, ó el pescuezo de un hombre á caballo. La bola consiste de tres cuerdas, cada una cuatro pies de largo, en una de cuyas puntas está fija una bala de hierro, mientras las otras puntas de todas las cuerdas están unidas por un nudo; el gaucho tiene el nudo en su mano, mientras balancea el resto del instrumento al rededor do su cabeza, y entonces lo arroja a las patas de un buey, que son generalmente en un instante sujetas.

Los gauchos llevados á las Malvinas por Vernet eran principalmente españoles, aunque su capataz ó jefe era un francés llamado Simón. Se les representa como salvajes, que parecían bandidos, que pasaban todas sus horas de ocio en jugar, con sus grandes ponchos y sombrero al lado, anillos en las orejas y narices, espeso, crespo y enmarañado el cabello que colgaba hasta los hombros, y sus puñales al cinto, vistos con la luz opaca de una vasta lámpara colgada del techo, formaban un grupo, tal cual es descripto en los antiguos romances italianos, como en una orgia en las profundas cavernas de las montañas, después de una aventura desesperada, pero próspera.

(5)Publicada originalmente en el " London United Service Journal," de enero de 1833, y reimpresa poco después en el Museo de Littell, en Filadelfia. Las lisonjeras descripciones en esta narración son copiadas por el capitán Fitzroy en su diario, para dar fuerza á sus censuras sobre los Americanos, por sus procederes acerca de promover establecimientos.

(6)Todo lo que públicamente se sabe respecto á esta negociación, es derivado de la correspondencia, como ha sido impresa por orden del gobierno de Buenos Aires, inmediatamente después de la conclusión de la negociación; ningunos documentos relativos á esta cuestión se han publicado nunca por el gobierno de los Estados Unidos.

(7). Mr. Baylies, en su nota se 10 de julio, como ha sido publicada, después de recapitular las particularidades de la disputa entre la Gran Bretaña y España, relativa á las Malvinas, en 1770, dice -"El abandono de posesión fue negado por España, y el territorio restaurado por convención solemne. Ella, sin embargo, reservó sus anteriores derechos. La reserva fue nulidad; por cuanto ello no tenia derecho, ni por anterior descubrimiento, anterior posesión, anterior ocupación, ó aun la sombra de un nombre. La restitución de Puerto Egmont, y la negativa del acto por el cual ella fue temporalmente desposeída, después de discusión, negociación, y solemne convenio, dio al titulo de la Grán Bretaña una estabilidad y una fuerza; por que fue un reconocimiento virtual, por parte de la España, de su validez. La Gran Bretaña podía entonces haber ocupado, y hecho establecimientos en todas las islas, y fortificado todos sus puertos, sin dar á la España ninguna justa causa de recelo. Con sus derechos nuevamente reconocidos, levantados los emblemas de soberanía nuevamente y reasumida posesión por una fuerza militar y naval, la Gran Bretaña abandonó voluntariamente estos dominios distantes, tomando toda precaución posible, cuando ella obraba así, de probar al mundo que aunque ella abandonaba no por eso los perdía. Es cierto, que han corrido mochos años, desde que bajo estas circunstancias, ella cesó de ocupar las Malvinas; pero el lapso del tiempo no puede privarla de reasumir posesión, si su propia máxima de ley está bien fundada—"xaillun tempus occurrit yegi."



Espero que le hayan interesado, saludos

Ricardo Corino (Quequén Grande).


12 Jun 2011 11:40
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Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com